martes, 17 de agosto de 2010

LOPEZ-DAWSON, Carlos: ESPCIALIDADES DEL ESTUDIO JURIDICO

LOPEZ-DAWSON, Carlos: ESPCIALIDADES DEL ESTUDIO JURIDICO

LOPEZ-DAWSON, Carlos: ESPCIALIDADES DEL ESTUDIO JURIDICO

LOPEZ-DAWSON, Carlos: ESPCIALIDADES DEL ESTUDIO JURIDICO

DERECHO POLITICO, CARLOS LOPEZ DAWSON

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APUNTES DE HISTORIA DEL DERCEHO

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martes, 26 de mayo de 2009

martes, 1 de abril de 2008

DERECHO POLITICO

Apuntes para un
Curso de Derecho Político.

Profesor: Carlos López Dawson.







Ediciones Nacionales S.A.
2007





Programa del curso


1. LA POLITICA (10 hrs

• Introducción

• Conceptos y objetivos

• Teoría de la Sociedad:
• Concepciones mecanicistas y organización de la sociedad.
. La sociedad humana y la sociedad animal.

2. INTRODUCCION A LA TEORIA POLITICA (10 hrs.)
La política como actividad y sus fases
La política como objeto de conocimiento
Teoría, doctrina, filosofía y ciencia política y Derecho.

3. LAS INSTITUCIONES POLITICAS (10hrs.)
La sociedad política
El hombre, ser político
Teorías acerca de] origen del Estado
Las formas políticas
Teoría de la Institución
Concepto y teorías
Instituciones Jurídicas e Instituciones Políticas
Institución y cambio social.

4. TEORIA DEL ESTADO (20 hrs)
* Concepto
• Elementos (o condiciones de existencia) del Estado

• El grupo humano
El poder
El territorio
Los fines
. Origen de la soberanía y del poder
• Formas de Estado
Unitario
Federal
Uniones de Estado


5. TEORIA DEL GOBIERNO (23 hrs)
Concepto
Limitaciones al poder de los gobernantes
La separación de funciones.
• Ejecutiva
• Legislativa y jurisdiccional
Clasificación de los regímenes de Gobierno
Régimen Presidencia
Régimen Parlamentario
Sistema Político y Régimen de Gobierno
Clasificación de los Sistemas Políticos
- Democracia y Autocracia
Generación de los gobernantes.

6. TEORIA DE LA CONSTITUCION (24 hrs)
• Definición
Tipología y conceptos
• Clasificación de Constituciones
• Supremacía Constitucional: Material y formal
• Tendencias constitucionales contemporáneas.

7. FUERZAS POLITICAS (22hrs)
Conceptos y clasificaciones
Opinión pública
Partidos políticos
Grupos de presión
Burocracia
Fuerzas Armadas.

8. IDEAS POLITICAS 0 DOCTRINAS POLITICAS (20hrs)
Liberalismo y Neolibéralismo
Socialismo y Marxismo
Doctrina Social de la Iglesia
Nacionalismo.

I.- Indice temático de la ASIGNATURA.
1. LA POLITICA
• Introducción
• Conceptos y objetivos
• Teoría de la Sociedad:
• Concepciones mecanicistas y organización de la sociedad.
. La sociedad humana y la sociedad animal.
2. INTRODUCCION A LA TEORIA POLITICA (10 hrs.)
La política como actividad y sus fases
La política como objeto de conocimiento
Teoría, doctrina, filosofía y ciencia política y Derecho.


1. - PRIMERA PARTE: Introducción al derecho político
1.1.a. -Nociones generales de derecho político
1.1.b. -Conceptos sobre derecho político
1.1.c. -Objetivos del derecho político
1.1.d. - Política y ciencia política.
1.1.d.1. -El auxilio de las ciencias sociales.
1.1.d.2. -Métodos y teorías.

1.1.2. - Reseña histórica sobre su desarrollo
1.1.2.1. -Origen.
Fuentes del Derecho
Fuentes materiales
Medioambiente, geografía, recursos naturales, economía
1.1.6. - Historia política de Chile.

Fuentes formales
1.1.2.2. -Principales cartas fundamentales.
1.1.2.3. -Estado de Derecho
1.1.3. - Relaciones entre derecho político y otras ramas del derecho.
1.1.3.1. -Derecho administrativo
1.1.3.2. -Derecho penal
1.1.3.3. -Derecho procesal.
1.1.3.4. -Derecho civil
1.1.3.5. -Derecho Internacional
1.1.4.A- Derecho político y la política
1.1.4.B. - Derecho Político
1.1.5. - Fuentes formales del derecho político
a.- constitución. b.- Ley. c.- Decretales. d.- Interpretaciones judiciales. e.- Actos jurídicos de derecho público. f.- Instrumentos internacionales.

DETALLE DEL INDICE TEMÁTICO DE MATERIAS

1. - PRIMERA UNIDAD
1.1. - Nociones generales de derecho político
1.1.1. -Conceptos sobre derecho político
1.1.2. -Objetivos del derecho político

1.2. - Reseña histórica sobre su desarrollo
1.2.1. -Origen.
1.2.2. -Constitución y sistema político-económico
1.2.2. -Principales cartas fundamentales.
1.2.3. Estado de Derecho.
1.2.3.1. - El orden jurídico
1.1. Imperio de la ley.
1.2. Protección de los Derechos Humanos.
1.3. Autodeterminación del pueblo.
1.2.3.2. - Fuentes del derecho.-
2.1. La función legislativa.
2.2. La costumbre.
1.2.3.3- Los objetivos del derecho.-
3.1. El orden.
3.2. El bienestar.
3.3. La seguridad jurídica.
3.4. La paz.
1.2.3.4. - Ley y justicia.
4.1. La concepción Tomista.
4.2. El derecho de rebelión.
1.2.3.5. - Origen de la ley.-
5.1. Autoritario.
5.2. Democrático.
1.2.3.6. - Contenidos de la ley.
6.1. Expresión de doctrinas.
6.2. Expresión de intereses clasistas.
6.3. Compatibilidad con el Derecho Internacional.
1.2.3.7. - El formalismo jurídico.
1.2.3.8. - Regulación de conflictos.
1.2.3.9. - Origen de conflictos.
9.1. Entre particulares.
9.2. Entre el individuo y los poderes sociales.
9.3. Entre el individuo y el Estado.
1.2.3.10. - Solución de conflictos.
10.1. El contrato.
10.2. El arbitraje.
10.3. La administración de justicia.
10.4. El agotamiento de las vías internas.
1.3. - Relaciones entre derecho político y otras ramas del derecho.
1.3.1. -Derecho administrativo
1.3.2. -Derecho penal
1.3.3. -Derecho procesal.
1.3.4. -Derecho civil
1.3.5. -Derecho Internacional
1.3.5.1. -Características del Derecho Internacional
1.3.5.2. -Los diferentes derechos internacionales
1.3.6. - El derecho internacional de los derechos humanos.
1.3.6.1. - Origen de los Derechos Humanos.
1.3.6.2. - El hombre social.
1.3.6.2.1. Poderes y contra poderes.
1.3.6.2.2. Los poderes emergentes.
1.3.6.2.2.1. El derecho romano.
1.3.6.2.2.2. Los fueros medievales.
1.3.6.2.2.3. La Carta Magna.
1.3.6.2.2.4. La Declaración de Filadelfia.
1.3.6.2.2.5. Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano.
1.3.6.2.2.6. Proscripción de la esclavitud.
1.3.6.2.2.7. Declaración Universal.
1.3.6.3. - Cultura y conflicto social.
1.3.6.3.1. Las revoluciones burguesas.
1.3.6.3.2. Las revoluciones independentistas.
1.3.6.3.3. El surgimiento de la clase obrera.
1.3.6.3.4. El aporte de la filosofía clásica.
1.3.6.3.5. El aporte cristiano-judeo.
1.3.6.3.6. Los enciclopedistas.
1.3.6.3.7. Los liberales.
1.3.6.3.8. Los socialistas utópicos.
1.3.6.3.9. Los anarquistas.
1.3.6.3.10. Los marxistas.
1.3.6.3.11. El pensamiento cristiano.
1.3.6.3.12.El fin de la confrontación.
1.3.6.4. - El fenómeno del fascismo y del militarismo.-
1.3.6.4.1. La ideología totalitaria y su práctica.
1.3.6.4.2. La reacción antifascista.
1.3.6.4.2.1. La creación de NN.UU.
1.3.6.4.2.2. Los principios de Nuremberg.
1.3.6.4.2.3. La declaración y los pactos.
1.3.6.5. - Universalización de los Derechos Humanos.
1.3.6.6. - Los mecanismos de NN.UU.
1.3.6.6.1. la Asamblea.
1.3.6.6.1.1. El Consejo Económico y Social.
1.3.6.6.1.2. La Comisión de los Derechos Humanos.
1.3.6.6.1.3. Las Comisiones
1.3.6.6.2. El consejo de seguridad.
1.3.6.6.3. Las recomendaciones y las sanciones.
1.3.6.6.3.1. Caso de Rhodesia.
1.3.6.6.3.2. Caso de Sudáfrica.
1.3.6.6.3.3. Caso de Unión Soviética.

1.3.6.6.3.4. Caso de Chile.

1.3.6.7. - Las instancias regionales.
1.3.6.7.1. OEA
1.3.6.7.2. Convención Europea.
1.3.6.7.3. Acuerdos de Helsinki.
1.3.6.7.4. Otros acuerdos regionales.

1.4.A. - Derecho político y la política
1.4. - Sociedad Civil y Sociedad Política.
1.4.1. Lucha Ideológica.
1.4.2. Toma del poder.
1.4.3. El problema de la hegemonía.
1.4.4. - La política como acción y derecho.
1.4.4.1. El Estado y los derechos.
1.4.5. - Teoría de Regímenes Políticos.
1.4.5.1. - Democracia.
1.4.5.2. - Totalitarismo.
1.4.5.3. - Socialismo.
1.4.5.4. - Comunismo.
1.4.5.5. - Derechos Humanos y Regímenes Políticos.
1.4.6. - La Soberanía Popular.
1.4.6.1. - La autodeterminación del pueblo.
1.4.6.2. La representación.
1.4.6.3. La delegación.
1.4.6.4. La solución de la Declaración Universal.
1.4.7. - La Gobernabilidad.
1.4.7.1. Un concepto de orden público.
1.4.7.2. Un concepto de Seguridad Nacional.
1.4.7.3. El Desarrollo político.
1.4.7.4. La lucha de clases.
1.4.7.5. La política como ciencia.
1.4.7.5.1. La situación política.
1.4.7.5.1.1. Situación revolucionaria.
1.4.7.5.1.2. Seguridad nacional.
1.4.7.5.2. Correlación de fuerzas.
1.4.7.5.3. La política de consenso.
1.4.7.5.4. Los objetivos de los políticos y la carrera política.
1.4.7.5.5. Modernidad y modernización en la política.

1.4.B. - DERECHO POLÍTICO.
1.4.1. - Acción y derecho.
1.4.1.2. Definición de política.
1.4.1.3. Como acción.
1.4.1.4. Como derecho.
1.4.2. - Fundamentos y la libertad absoluta.
1.4.2.1. El humanismo y la solidaridad.
1.4.2.2. El socialismo y la participación como ciencia.
1.4.2.3. Negación de los derechos políticos.
1.4.2.4. La filosofía de la declaración universal.
1.4.2.5. Derechos humanos como ideología de consenso.
1.4.2.6. Características de las sociedades ideales.
1.4.2.6.1. Sociedad utópica: Moro.
1.4.2.6.2. Sociedad comunista.
1.4.2.6.3. Sociedad comunitaria (Mounier).
1.4.2.6.4. Sociedad Corporativa (Mussolini).
1.4.2.6.5. Sociedad Liberal (Mills).
1.4.2.6.6. Sociedad Socialista.
1.4.2.6.7. Sociedad Islámica.
1.4.2.6.8. Sociedad Anárquica.
1.4.2.7. Características sociedades reales.
1.4.2.7.1. Sociedad capitalista central.
1.4.2.7.2. Sociedad Capitalista Periférica.
1.4.2.7.3. Sociedad Socialista Real.
1.4.2.7.4. Sociedad Nacionalista islámica.
1.4.3. - Derechos Políticos.
1.4.4. - La Democracia.
1.4.4.1. La autodeterminación.
1.4.4.2. Derecho a ser elegido.
1.4.4.3. Derecho a elegir.
1.4.4.4. La participación política.
1.4.4.5. Ejercicio de soberanía.
1.4.5. - Democracia Pluralista.
1.4.5.1. Teoría de separación de poderes.
1.4.5.2. Formación del Estado.
1.4.5.2.1. Centralistas.
1.4.5.2.2. Federalistas.
1.4.5.3. Instituciones estatales.
1.4.5.3.1. Régimen presidencial.
1.4.5.3.2. Régimen parlamentario.
1.4.5.3.3. Asamblea popular.
1.4.5.3.4. Consejos de trabajadores.
1.4.5.4. Régimen de partido único.
1.4.5.5. Régimen de grandes partidos.
1.4.5.6. La alternativa en el poder.
1.4.6. - Fin de la política.
1.4.6.1. Agotamiento de las ideas políticas.
1.4.6.2. Mejoramiento de la economía.
1.4.6.3. Técnicos para una sociedad compleja.
1.4.6.4. Modernidad y sistema político.
1.4.7. - De nuevo la política.
1.4.7.1. El problema del poder.
1.4.7.1.1. Distribución de la riqueza.
1.4.7.1.2. Propiedad de los medios de producción y la plusvalía.
1.4.7.1.3. La vida cotidiana o las relaciones sociales.
1.4.7.2. Planificación y gestión democrática.
1.4.7.3. Democracia y derechos humanos.
1.4.7.4. Problemas de la política.
1.4.7.4.1 Sociedad Civil y política. El poder del Estado. Soberanía y participación.
1.4.7.4.2. -Regímenes políticos. Democracia y autoritarismo. El concepto de desarrollo político. Seguridad nacional y régimen político. Economía y política.

1.4.7.4.3. -Las condicionantes estructurales.
1. - Concepto de estructura.
1.1. Leyes sociales.
1.2. Normas jurídicas.
1.3. Modo de producción y fuerzas productivas.
1.3.1. Relaciones sociales.
1.3.2. Relaciones de producción.
1.4. La alienación.
2. - El estado.
2.1. El estado nación.
2.2. Estado, aparato de dominación.
2.3. Estado, Sistema de comunicaciones.
3. - La autonomía de la política.
4. - Las relaciones centro periferia.
4.1. La teoría de la dependencia.
4.2. La autonomía relativa del estado.
5. - Las violaciones a los derechos humanos como técnicas de gobierno.
5.1. El estado terrorista.
5.2. Objetivos buscados.
5.2.1. La tortura.
5.2.2. El asesinato político.
5.2.3. Los allanamientos masivos.
5.2.4. La censura.
5.2.5. La persecución ideológica.
5.3. Las consecuencias.
5.3.1. La mantención del poder.
5.3.2. La militarización de la sociedad.
5.3.3. La desnacionalización de la economía.
5.3.4. La agudización de la explotación.
5.3.5. El aislamiento político del estado.
5.3.6. El aislamiento social del poder represivo.
6. - La lucha por los derechos humanos.
6.1. La renovación de la política.
6.1.1 Conciencia individual y colectiva.
6.1.2. La política como acto de voluntad.
6.2. Los límites del poder.
6.2.1. Fin del Maquiavelismo.
6.2.2. Desconcentración y descentralización.
6.2.3. El derecho internacional como norma política.
6.2.4. La autonomía de la sociedad civil.
6.3. La institucionalización de la participación ciudadana.
6.3.1. El método democrático.
6.3.2. El método consensual.

1.5. - Fuentes del derecho político
a.- constitución. b.- Ley. c.- Decretales. d.- Interpretaciones judiciales. e.- Actos jurídicos de derecho público. f.- Instrumentos internacionales.

1.6. - Historia política de Chile.

1.1.6.1: El absolutismo.-
a)Consecuencias de la guerra de sucesión en España.
b)Las nuevas instituciones introducidas por la Casa Borbón en España e Indias y sus efectos en Chile (el Regente, los Intendentes, reforma de los Cabildos, las Reales Ordenes).
c) Fuentes formales del Derecho en España y Chile en el siglo XVIII.
1.1.6.2: La Ilustración.
a) El carácter de la ilustración y sus manifestaciones sociales, políticas, jurídicas y culturales.
b) Identificación de los efectos de la Ilustración en Chile, particularmente en el derecho y en la política.
c) Cultura, política e ideología en Chile del siglo XVIII.

1.1.6.3: Los aspectos jurídicos de la Ilustración.
a) El triunfo de la codificación.
b) La emergencia de los derechos individuales.
c) La Escuela clásica del Derecho Natural.
d) El Estado de Derecho.
e) El constitucionalismo clásico.

1.1.6.4: Los fenómenos jurídicos de la Independencia.
a) El proceso general en América del Sur.
b) El proceso emancipador en Chile.
c) Consolidación del Estado constitucional en Chile y la importancia de los proyectos constitucionales.
d) Las influencias ideológicas y los hechos políticos externos. Las ideas e ideologías politicas.



1.1.6.5: El Estado autoritario.
La oligarquía y el Estado.
Estructura social y sus efectos en la cultura y en la política.
Génesis de la Constitución de 1833.

1.1.6.6: Efectos de la Ilustración en el derecho chileno.
a) Fuentes del derecho en Chile (1810-1857): La ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina, la equidad, los principios generales del derecho.
b) La codificación del derecho en Chile: el constitucionalismo, las leyes civiles, las leyes penales.
c) Fuentes del derecho en Chile (1857-1890): La ley y las fuentes formales subsidiarias.
d) El fenómeno social y las regulaciones del derecho civil.
e) El desarrollo del Estado de Derecho en Chile.

1.1.6.7: Surgimiento del parlamentarismo en Chile (1861-1924):
a) Régimen político del período 1861-1891).
b) Régimen político del período 1891-1924).
c) La situación social e intelectual de Europa y sus efectos en la "inteligencia" latinoamericana en los períodos señalados.
d) La situación social en Chile en el período.
e) Las reformas constitucionales entre 1861 y 1924.
f) El estado de las fuentes del derecho en Chile 1861 y 1924. y las regulaciones.

1.1.6.8: Crisis del sistema oligárquico de gobierno y surgimiento de la modernidad
a) Crisis del régimen político (1891-1924).
b) Crisis de la institucionalidad.
c) la crisis económica y la modernidad.

1.1.6.9: La Constitución Política del Estado de 1925.
a) Génesis de la nueva Constitución.
b) Valores de la nueva Constitución, forma de gobierno, atribuciones de los poderes, derechos individuales y sus garantías, los estados de excepción.

1.1.6.10: La cuestión social y la ley.
a) El desajuste de la ley civil.
b) Introducción de la legislación laboral y de seguridad social.

1.1.6.11: La emergencia de las capas medias en la política (1932-1958):
a) Presidencia de Arturo Alessandri.
b) Gobierno del Frente Popular.
c) Gobierno de Gabriel González Videla.
d) Presidencia de Carlos Ibañez.
e) El sistema de partidos políticos.
f) Reformas a la Constitución de 1925.
g) Ajustes a la legislación civil y penal.


1.1.6.12: De las utopías a la dictadura militar.
a) El gobierno de Jorge Alessandri y la ambición tecnocrática.
b) El gobierno del Partido Demócrata Cristiano y la revolución en libertad.
c) El gobierno de la Unidad Popular y la revolución en la legalidad.
d) Sistema social y sistema político en el período.
e) Reformas constitucionales.
f) Fuentes del derecho: instrumento de conservación e instrumento de cambio (los D.L. y la emergencia del derecho internacional ).
g) Las nuevas regulaciones legales.
h) El fenómeno de la dependencia y de la intervención externa.

1.1.6.13: La violencia en la política: del cambio social a la dictadura.
a) La crisis del régimen de gobierno y del sistema político durante la Unidad Popular. b) El autoritarismo militar, la doctrina de Seguridad Nacional y el proyecto social y político del neoliberalismo.
c) Suspensión de la Constitución Política de 1925.
d) Las Actas Constitucionales de 1976.
e) Génesis de la Constitución de 1980.
f) Fuentes formales del derecho bajo el autoritarismo. El rol del Poder Judicial.

1.1.6.14: La recuperación de la democracia
a)Agotamiento del modelo autoritario.
b) La reforma constitucional de 1989.
c) La recuperación de la democracia y el nuevo orden jurídico. Los enclaves autoritarios.
d) Los poderes fácticos y la transición a una democracia plena. e) Estado de las fuentes formales del derecho.


PRESENTACIÓN

Estos apuntes de clases tienen por objetivo ayudar a los estudiantes que cursan la asignatura. Ellos han sido concebidos como un apoyo y por lo tanto su lectura no basta para conocer la asignatura.

Los materiales reunidos en estos apuntes son de distintas fuentes: parte copiados de trabajos de Silva Bascuñan, Neville Blanc, Mario Verdugo, Nogueira, Cumplido y Egaña. A los profesores citados les entrego mis excusas si no aparecen debidamente citados en el texto de los apuntes. Otra parte de estos apuntes son el resultado de las investigaciones y lecturas del autor. Los comentarios y conclusiones que se adelantan en ciertos capítulos son de exclusiva responsabilidad del autor.

También doy mis excusas a los estudiantes que emplearán estos apuntes debido a lo incompleto de los mismos. Es posible que con su ayuda podamos terminar una obra de mejor calidad y por lo tanto más útil para el estudio del derecho político.


Marzo, 2002.





Curso de Derecho Político.

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo desarrolla la materia de un curso de derecho político desde una perspectiva amplia que incursiona desde la historia, la ciencia política y el derecho en los distintos aspectos históricos, teóricos, doctrinarios y normativos. Es decir, desde un punto de vista integral.

Especial desarrollo tienen todas las materias referidas a los enfoques de ciencia política y derechos de las personas. Lo primero por que ello permite aclarar el contexto en el cual ha ido desarrollándose este derecho y la forma como se aplica una Constitución, en tanto que lo segundo constituye la motivación fundacional del derecho político y por lo tanto de las constituciones.

La política esta en función a la conquista del poder y a su mantenimiento (Maquiavelo) ¿Cómo controlar a los súbditos, como vencer a sus enemigos? Estas son interrogantes maquiavélicos. Los métodos de Maquiavelo carecían de sentimiento social.

Nada se evade de la acción del estado. Toda nuestra vida está relacionada con la política. Estamos condenados por la política y el estado es condicionado por la política del resto de los estados, la vida de los pueblos esta llegando a la internacionalidad o globalización, de lo cual la universalización de los derechos humanos es una expresión. En nuestros días la política es un proceso permanente de acceso al poder tanto nacional como internacional, aunque no es un fenómeno actual, ya que ha nacido con el nacimiento del hombre social. Las principales doctrinas políticas demuestran esta continua preocupación por la lucha hacia el poder. Según Platón la apetencia del poder sería causa de la inestabilidad social.

Los socialistas dicen que la humanidad se encamina hacia la no-competencia humana ya que la política busca solo un mejoramiento social.
El hombre social necesita del Estado, por cuanto, según Aristóteles el hombre no puede existir sin sociedad política excepto el degenerado y el ser superior.
Por lo tanto el hombre es un animal político; la tesis contradictoria dice lo siguiente: El hombre vivió en una época libre, sin estado y sin derecho (Juan Jacobo Rousseau).
Hobbes piensa que hubo un período presocial, pero los hombres no eran felices pero sí libres e iguales. Querían conquistar más bienes, más viene la guerra, con lo cual arriesgan la libertad y la vida misma. Para obtener seguridad deben entonces renunciar a la libertad y delegarla en un monarca quien ejercerá un poder absoluto, única forma de garantizar el orden.
Los marxistas sostienen que el estado es una creación del hombre, que ciertas circunstancias hicieron lo necesario para ello El estado COMO EXPRESIÓN DE UN SISTEMA DE CLASES SOCIALES es el organismo represor de clases, POR QUE EL ESTADO ES CONTROLADO POR LA CLASE DOMINANTE. Alguna vez en el futuro va a desaparecer la lucha de clases y así va a desaparecer el estado, niega así la teoría Aristotélica. En todo caso, el estado corresponde a una etapa histórica.
En una sociedad (Comunista) no hay conflictos, y al no haberlo desaparece el estado y por ende desaparece la política.
Fukuyama plantea una tesis similar al sostener que el desarrollo del modo capitalista de producción ha logrado internalizarse en la mayoría de los habitantes del globo terráqueo de manera que no hay posibilidad de un cambio y en consecuencia se esta frente al fin de la historia.

El poder y la política son analizados desde distintos puntos de vista característica de este análisis:
1) ciencia política: estudio con método
2) Doctrina política (propuesta de orden político)
3) Socialización política (métodos de la Sociología)
Todas estas disciplinas estudian la política no la realizan, son solo teóricos. El político neto es práctico.

Los fenómenos políticos copnstituyen la materia prima del derecho político, son su fuente material. Para analizarlo se requiere emplear métodos científicos.

1.- Historia de la Ciencia

Desde el comienzo de la era crisitiana hasta el siglo XII, en Europa, la ciencia se desarrolla bajo un modo de pensar denominado "PATRISTICA" derivado del pensamiento de los Padres de la Iglesia; en la que si bien el modo de pensar era racional no dogmático, salvo respecto a las acreencias religiosas, (como lo fueron antes del cristianismo Tales de Mileto, Democrito, Hipocrates, Aristóteles), los bárbaros y el imperio de Roma impedirán su desarrollo y luego se impondrá el dogma cristiano que se aplicará a todos los fenómenos del conocimiento, lo que dará origen a la "ESCOLASTICA" que va a desplazarla. Se trata de un sistema especulativo que gira en torno a las ideas cristianas, sus problemáticas son abstracciones, que prescinde de la práctica y que gira en torno al pensamiento dogmático.
Los temas de la escolástica son la política, la ética, la religión, lo jurídico y lo filosófico, es decir de aquellos aspectos del conocimiento humano donde es posible la especulación. El escolástico discurría racionalmente recurriendo a la lógica aristotélica
La razón aristotélica rechaza la experiencia como garantía de la verdad en el conocimiento, estimando que las verdades esenciales no dependen de las percepciones sensoriales, sino que son resultado del ejercicio de la razón. Sin embargo el Escolastismo recurre a la fe y por lo tanto al DOGMA, siendo este el límite de la RAZÓN.

El pensamiento escolástico está definido por su dimensión ética. Santo Tomás (1225 - 1274) complementa esta aproximación en el sentido de que, para conocer se debe recurrir también al método comparativo. De esta manera surge el SILOGISMO, el que parte de una afirmación general para llegar a una conclusión particular.

Ruptura epistemologíca .
La ciencia es también producto de la practica lo que da origen a muevas formas de pensamiento.
Descubrimiento de América, nuevos inventos (Timón, brújula, imprenta, etc.)
Religiosas: cuestionamiento de Bartolomé de las Casas a la aplicación del Derecho Común en las Indias, crisis de la unidad de la Iglesia, momento de la Reforma.
Teoría Heló estática de Copernico. Jordano Bruno y la infinidad del Universo, vida en otros planetas.
Descartes plantea cuestionarse metódicamente renunciando al argumento de autoridad: la duda Metódica.

Newton opta por el conocimiento del mundo físico, de la naturaleza, por innovar la obra, el producto, el resultado final, es decir al hombre y la naturaleza.

Primero: Concepto básico
1° Que son las ciencias sociales
Las ciencias que se ocupan del hombre en actividad.
Es necesario comprender que la ciencia nace de ¿Por qué? Se trata entonces de desarrollar la capacidad de construir buenas preguntas sobre los verdaderos problemas.
Una observación fina de la realidad permitirá conocer las cuestiones esenciales o claves y cuando estas, junto a las cuestiones secundarias, forman un conjunto coherente, ellas se separan del dominio más general donde se crearon u originaron.
Históricamente se reconoce que la primera ciencia social fue la filosofía. De ella se separa la sociología. De esta la psicología social, la demografía, el urbanismo. De cada ciencia surge una disciplina especializada ejemplo: de la sociología: la sociología del trabajo.
Jean Piayet propone que las ciencias sociales sean reagrupadas según su objeto:
1° Las Ciencias "nomotéticas" disciplinas que buscan desentrañar las leyes o las relaciones cuantitativas. Estas son la psicología científica, la sociología, la etnología, la lingüística, la economía y la demografía. Todas utilizan los métodos sea de experimentación estricta en el amplio sentido de observación sistemática, y por ese hecho son conducidas a observar pocas variables a un mismo tiempo.
2° Las ciencias históricas que reconstituyen el desarrollo de la vida social en el curso del tiempo.
3° Las Ciencias jurídicas, que realiza la lógica de las normas, su historia y contenido.
4° Las disciplinas filosóficas.

2.- La Investigación Científica

Presentación: Metodología y filosofía de la Ciencia, la filosofía inherente a la investigación científica, las herramientas lógicas - semánticas y psicológicas que son necesarias para el análisis filosófico de las Ciencias Sistemática de epistemología, recorrer ordenadamente el sendero íntegro de la investigación científica, desde el planteamiento del problema hasta la evolución de la solución las etapas del ciclo de la investigación son:
a) la hipótesis de trabajo
b) la hipótesis corroborada o ley
c) el sistema hipotético - deductivo o teoría
d) la explicación, y la predicción por medio de teorías
e) la acción fundada sobre teoría (o sea, la tecnología moderna)
f) los medios de comprobación de las ideas científicas
g) La evolución de las ideas a la luz de los hechos.
- Un cuento para empezar:
Los cinco sabios del reino de "O", de vuelta de una larga estancia en la República de "OO", se estaban quietos y temerosos ante su Soberana, la Reina: estaban informando a la Reina acerca de la Cosa Rara que existía en esa República.
La Reina solicita a cada sabio que le informe y le pregunta "que aspecto tiene la Cosa Rara".
- El 1° de los sabios (Protos) el más anciano le responde: " La Cosa Rara a lo que llaman Ciencia, puede registrar y comprimir todos los hechos. En realidad, la Ciencia es un enorme Registro".
La Reina, roja de ira, ordenó cortarle la cabeza, y dijo ¿cómo podemos creer que la Cosa Rara es una máquina sin pensamiento, cuando hasta nosotros tenemos ideas?
- El 2° de los sabios (Decíticos), a su turno, le respondió a su vez que ante la misma pregunta de la Reina:
"La Cosa Rara no es un registrador pasivo, sino un atareado molino de información: absorbe toneladas de datos en bruto y los elabora y presenta en orden. Mi decisión es que la Ciencia es un enorme calculador.
La Reina a su vez ordenó también cortarle la cabeza, podemos creer que la Cosa Rara es un autómata ¡si hasta nosotros tenemos caprichos y flaquezas!.
- Se dirige luego el 3° Sabio (Tritos) de mediana edad y le hace la misma pregunta: ¿qué aspecto tiene la Cosa Rara? Y éste dijo. "No hay tal Cosa Rara. Majestad. La ciencia es un juego esotérico. Los que lo juegan establecen sus reglas, y las cambian de vez en cuando de un modo misterioso. Nadie sabe a qué juegan ni con qué fin. Admitamos pues que la ciencia, como el lenguaje, es un juego".
De nuevo la Reina ordenó cortarle la cabeza. ¿Cómo podemos creer que la Cosa Rara no se toma las cosas en serio, cuando hasta nosotros somos capaces de hacerlo?.
- Se dirige luego el 4° Sabio (Tetartos), más maduro y le responde éste: "La Cosa Rara, es un hombre que medita y ayuna.
Tiene visiones, intenta probar que son erradas y no se enorgullece cuando no lo consigue. Yo creo que la Ciencia - y reto a todos que me refutan - es un Visionario Flagelante".
A su vez, la Reina ordena cortarle la cabeza, dice "Este informe es más sutil que los otros, pero ¿ Cómo podemos creer que la Cosa Rara no se preocupa de justificación ni gratificación cuando hasta nosotros podemos hacerlo?.
Tras lo cual se dirige al último y más joven sabio (Pentós). Pero Pentós, temiendo por su vida, había huido ya. Huyó hasta cruzar las fronteras del Reino de "o" y llegó a la oficina del autor, en la que trabaja desde entonces. Pentós ha terminado un voluminoso informe sobre la "Cosa Rara", pero desea permanecer en el anonimato, acosado por los recuerdos del Reino de "o".
Teme que esta exposición de la Cosa rara sea poco aceptada puesto que la gente prefiere sencillos credos en blanco y negro, y en los que pueda creer con certeza. Su información es que la Cosa Rara es mucho más complicada que los modelos del Registro, el calculador, el juego o el Visionario Flagelante, aunque reconoce su deuda con los 4 desgraciados y difuntos colegas.



El Método Científico

Método: es un procedimiento para tratar un problema, cada clase de problema requiere un conjunto de métodos o técnicas especiales.
Cada método especial de la Ciencia, es relevante para algún estudio particular de la investigación científica.
Lo mejor para darse cuenta de cómo funciona el método científico consiste en emprender una investigación científica, que sea tan amplia como para que los métodos o técnicas especiales no oscurezcan la estructura general.
Así, nos planteamos una pregunta, por ej. ¿Por qué diversos grupos humanos utilizan lenguas m/m diferentes?
De hecho la pregunta presupone una generalización empírica que necesita afirmación; esto es ¿a qué tipo de grupos se refiere?:
1) Étnicos - sociales, profesionales?, Viene entonces la investigación preliminar, que nos permite la formulación más precisa del problema. Hallado ese enunciado más preciso, se ofrece una serie de
2) conjeturas, relacionadas con la geografía, aspectos biológicos factores sociales, etc.,
3) Y estos diferentes son contrastados y se examinan sus consecuencias observables. Se reúnen entonces cierto pito de datos para averiguar cuál es la conjetura más verdadera, y si es posible, los datos deben ser controlados u obtenidos científicamente.
4) O sea, se estiman varias hipótesis, y en este proceso de estimación pueden sugerir nuevas conjeturas.
5) Por ñúltimo la solución del problema inicial puede hacer surgir nuevo conjunto de problemas, incluso de la investigación.



PROBLEMA HIPÖTESIS

DOCENCIAS
CONTRASTABLES NUEVO CUERPO
de
ESTIMACIÖN CONOCIMIENTO
HIPÖTESIS -
(NUEVO PROBLEMA)

TËCNICA DE
CONTRACTACIÖN EVIDENCIA

Planteamiento e instrumentos
Se empieza con una visión panorámica de los medios y fines que son peculiares al planteamiento científico.
Luego, se discute la semántica de los conceptos científicos y la lógica de algunas operaciones conceptuales, como la clasificación y la definición.
I.- El Planteamiento Científico
Tenemos que distinguir en la Ciencia, entre el Trabajo (o investigación y su producto final: el conocimiento.
El Conocimiento: Ordinario y Científico
La investigación científica empieza con la percepción de que el acevero conocimiento disponible es insuficiente para manejar ciertos problemas. No empieza borrando todo.
a) Parte del conocimiento previo que acarrea una investigación es conocimiento ordinario, o sea, conocimiento no especializado y
b) parte de él, es conocimiento científico, o sea, obtenido por el método de la ciencia, y que puede volver a someterse a prueba, enriquecerse, e incluso, según el caso, llegar a superarse nuevamente el mismo método.
A medida que la investigación figura, corrige o rechaza porciones del conocimiento ordinario, y así, éste se enriquece con los resultados de la ciencia. Luego, parte del sentido común de hoy día es resultado de la investigación científica de ayer.
La ciencia pues, cree partir del conocimiento común, el que rebasa.
De hecho, la investigación científica empieza cuando la experiencia y el conocimiento ordinarios dejan de resolver problemas, o hasta plantearlos.
La Ciencia no es mera prolongación o simple afinamiento del conocimiento ordinario. La Ciencia es un conocimiento especial, y trata primero, aunque no exclusivamente, de fenómenos inobservables e insospechados por el lego no educado, como: evolución de las estrellas duplicación de cromosomas, etc. La a inventa y arriesga conjeturas que van más allá del conocimiento común, como las leyes mecánicas cuántica.
La Ciencia elabora sus propios cánones de validez, y en muchos temas se encuentra muy lejos del conocimiento común.
1° Introducción
En ella se ofrece el 1° aspecto del esquema (concepto de la Ciencia y algunos instrumentos lógicos y semánticos.
2° Parte: Las Ideas Científicas
Es una exposición de la investigación científica literalmente dicha. El principio es el Problema. Luego se considera el intento de solución (o hipótesis) a un problema científico. Luego, se considera la hipótesis en cuanto se la supone reproducción de una estructura objetiva (o sea, es la ley científica).
Después se examina la construcción y el ejecutor del sistema de hipótesis y leyes - o sea, de teorías - y su contenido.
3° Parte: La Aplicación de las Ideas Científicas
Se trata de la aplicación de las teorías a la explicación. Después, su aplicación a la predicción y a la retrodicción. Luego, sobre la acción racional, que pertenece a la Tecnología.
4° Parte: La Contrastación de Ideas Científicas

Empieza estudiando la observación.
Se estudia después la medición y el experimento.
Termina con el estudio del paso de las conclusiones obtenidas de los datos a las hipótesis, y viceversa.
Cada conjunto de problemas ha sido ordenado a grandes rasgos por orden creciente de dificultad. Los últimos son ya problemas de investigación, y el distribuirlos, se debe precisar y tener presente el conocimiento previo que requiere cada caso.

I)- Introducción
1) El Planteamiento Científico
2) Concepto
3) Dilucidación
4) Problema
5) Hipótesis
6) Ley

II)- Las Ideas Científicas
7) Teoría: Forma
8) Teoría: Contenido
9) Explicación
10) Predicción.

III)- Aplicación Ideas Científicas
11) Acción
12) Observación
13) Medición
14) Contrastación
15) Experimento
16) Conclusión

Hay una discontinuidad entre la Ciencia y el conocimiento común en muchos aspectos, en especial en relación al método, pero no significa esto que deba ignorarse su continuidad en otros aspectos, ya que ambos conocimientos aspiran a ser racionales y objetivos, son críticos y coherentes (ó racionales) e intentan adaptarse a los hechos y no permiten especulaciones (o sea, es objetiva).
La racionalidad EN LA CIENCIA, se consigue mediante teorías, y éstas son el núcleo de la ciencia. (La racionalidad es la sistematización coherente de los enunciados, fundados y contrastables).
El Ideal de la objetividad (ó construcción de imágenes sobre la realidad impersonal), es formular hipótesis sobre objetos físicos más allá de nuestras pobres y caóticas impresiones.
El Sentido común sólo puede conseguir una objetividad limitada porque está muy vinculado a la percepción y a la acción, y cuando las rebasa, lo hace a menudo en forma de mito o dogmas.
El naturalismo (ó negativa a admitir cosas no naturales), es también un aspecto común de la Ciencia y el sentido común pero este último a veces ha tenido efecto paralizador de la imaginación científica, por ser reticente a todo lo inobservable, lo que no tiene la ciencia, ya que formula hipótesis que puede someter a prueba.
Los enunciados científicos; son opiniones pero ILUSTRADAS ( o sea, fundadas y que pueden contrastarse o probar). En sentido común, los enunciados, que se refieren por lo general a la experiencia, no se ponen en duda, salvo que se refieran a algo mas que la experiencia inmediata, en que si son dudosos.
En la Ciencia la duda es mas creedora que paralizadora, ya que estimula la investigación, la búsqueda de ideas que den razón de los hechos de modo cada vez mas adecuado. De allí que se produzcan abanicos de opiniones científicas, aun cuando unos están mejor mejor fundados que otros.
Luego: En principio, el objeto o tema no es lo que distingue a la Ciencia de la NO - Ciencia, aunque algunos problemas es difícil que se puedan formular fuera de la ciencia.
En consecuencia, es la forma (el procedimiento o método) y el objetivo (o finalidad) lo que distingue a toda ciencia.
De allí que el planteamiento científico está construído por el método científico y por el objetivo de la Ciencia.
Los focos principales de la aplicación del método científico:
1.- Enunciar preguntas bien formuladas y verocimilmente fecundas.
2.- Arbitrar conjeturas, fundadas y contrastables con la experiencia, para contestar a las preguntas.
3.- Derivar consecuencias lógicas de las conjeturas.
4.- Arbitrar técnicas para someter las conjeturas a contrastación.
5.- Someter a su vez a contrastación esas técnicas para comprobar su relevancia y la fe que merecen.
6.- Llevar a cabo la contrastación e interpretar sus resultados.
7.- Estimar la pretensión de verdad de las conjeturas y la fidelidad de las técnicas.
8.- Determinar los dominios en los cuales valen las conjeturas y las técnicas, y formular los nuevos problemas originados por la investigación.
En cuanto al tratamiento de los problemas científicos, de qué dirección debe dársele a una investigación, no hay reglas fijas, pero el autor enuncia algunas reglas, aunque no son infalibles:
a) formular el problema con precisión y, el principio, específicamente. Se trata de plantear una cuestión determinada.
b) proponer conjeturas bien definidas y fundadas de algún modo, (no suposiciones que no comprometan en concreto - ni ocurrencias sin fundamento visible). Esto es, se trata de amigar hipótesis que afirmen la existencia de ubicaciones bien definidas y entre variables netamente determinadas, sin que las hipótesis estén en conflicto con lo principal de la Ciencia.
c) Someter las hipótesis a contrastación dura, no blanda o laxa. Las tareas deben ser completamente nuevas para el sujeto sometido a experimentación.
d) No declarar verdadera una hipótesis satisfactoriamente sin confirmar. En el mejor de los casos, considerarla como fácilmente verdadera.
e) Preguntarse por qué la respuesta es como es, y no de otra manera (no tratar hallar generalidades, sino tratar de explicar a bases de formular leyes).
En todo caso hay que tener presente:
Que las reglas del método científico pueden sustituir a la inteligencia. No puede suplantar a la creación original.
Una regla de método está justificada teóricamente si, y sólo si es a la vez fundada y sistemática (Sistemática=miembro de un sistema basado en reglas).
Cuando se dice que se debe "formular el problema con precisión" proponer que se debe buscar sólo respuestas únicas, aún cuando puedan ser complejas.
En mayoría de los casos los científicos adoptan una actitud de ensayo y error respecto de las reglas de la investigación, y las que le resulten eficaces, se incluyen en la rutina de la investigación de modo que incluso no se registran conscientemente.
En Suma: el método científico es posible, puede prefeccionarse mediante la estimación de los resultados a los que lleva, o bien mediante el análisis directo.
Tampoco es autosuficiente: No puede operar en un vacío de conocimiento, ya que requiere de conocimiento previo aun cuando pueda o deba reajustarse y elaborarse.
La Táctica Científica.
El método científico es una simple estrategia de investigación y es independiente del tema en estudio, aun cuando las operaciones concretas del método dependan del objeto de estudio.
La Ciencia: es una disciplina que utiliza el método científico con la finalidad de hallar estructuras generales - formular leyes.
Si se limita a obtener simples datos, no se trata de ciencia (es el caso de la geografía).
Las técnicas científicas se clasifican en:
1.- Conceptuales: tácticas que permiten enunciar de modo preciso problemas o conjeturas.
2.- Empíricas: de cierto tipo. Las matemáticas son las que sirven para arbitrar experimentos; para efectuar mediciones, construir instrumentos de medición o para elaborar datos.
El procedimiento interativo: Son los ensayos hechos paso a paso, con los que se obtiene un perfeccionamiento progresivo de una solución aproximada.
Así, cada solución se basa en la solución precedente de modo que con este procedimiento, se va perfeccionando el procedimiento a si mismo.
El conocimiento ordinario se desarrolla en tres direcciones:
1) conocimiento técnico: que es el conocimiento especializado, pero no científico, como el de las artes o las habilidades profesionales.
2) La proto-ciencia: o ciencia embrionaria. Es un trabajo cuidadoso, pero sin objetivos teóricos, de observación o de experimentación.
3) La pseudo-ciencia: cuerpo de creencias y prácticas que se pretenden dar como ciencia por ser cultores pero que no tienen el planteamiento, ni técnica ni el cuerpo de conocimiento de una ciencia. Ej.: el psicoanálisis - el espiritismo.
Es básicamente falsa, pero también se niega a
a) Fundamentar sus doctrinas, cosa que tampoco puede hacer.
b) Se niega también a someter a contraste sus doctrinas por la experimentación, porque en sí misma es incontrastable, sólo tiende a interpretar todos los datos, y se confirma aun cuando haya sido demostrado el error.
c) Carece la pseudo-ciencia de mecanismos auto-correctores. No puede aprender nada de nuevas informaciones empíricas ni menos descubrimientos de la Ciencia. De allí que no progresa.
d) Sólo trata de influir en las cosas: seres humanos.



Etapas o pasos

1.- Concebir la idea de investigación
¿Cómo nace un proyecto? ¿Cómo se inician las investigaciones?
Función de las ideas - fuentes que inspiran ideas - como se desarrollan - como se llega a formular planteamientos de investigación científica.
La idea madre de toda investigación.
Fuentes: experimentación, material escrito, material fílmico (cine, TV), teorías, descubrimientos, conversaciones personales, observaciones, ciencias, presentimientos.
Como surgen: en los grupos congregados ( hospitales, bancos, industrias, colegios, asociaciones, sindicatos).
- Actos que requieren concurrencias masivas: juegos deportivos, espectaculos, etc.
- En hechos que pueden tener repercusiones en el público: política externa, relaciones con un país o grupo de países, política interna: relación entre actores, situación de la democracia.
- Fenómenos individuales que son comunes: el sexo, la información masiva, la familia, la juventud, la vejez, etc.

Vaguedad de las ideas originales: se requiere precisar la idea, el campo donde se ubica, a través del conocimiento - elementos relevantes, conceptos, teoría, descripciones, etc. Hacerse preguntas; ejemplo: relaciones entre dos países: ¿que aspectos influyen para que el país A y país B mantengan relaciones económicas y políticas fluidas y satisfactorias?.
Se requiere estudiar los factores que intervienen en la evolución de esta relación.
Se requiere delimitar el campo a investigar: elegir los factores: aquellos que tengan incidencia en el desarrollo de la relación satisfactoria.
Es necesario intercambiar información con expertos, diplomáticos, profesores, investigadores, etc.
Leer sobre el tema, etc.
Conocimiento de los antecedentes:
Estudios, investigaciones y trabajos anteriores (tesis, memorias, artículos, monografías, etc).
Con ello se evita:
1.- repetir
2.- Estructurar más formalmente la idea: mirarla desde diferentes ángulos, agotar las preguntas precisas que surgen de las entrevistas y lecturas.
3.- Seleccionar la perspectiva principal (enfoque principal científico) (ejem.: economía, política, relaciones internacionales, sociología, sicología, etc.).
Como generar ideas:
a) las buenas ideas intrigan .- atractivas aspecto personal: la inspiración del artista.
b) Ideas novedosas y ojalá originales.
c) Las buenas ideas de investigación pueden servir para elaborar teorías y la solución del problema.
2.- Planteamiento del problema: objetivos, preguntas de investigación y justificación del estudio:
¿Qué es plantear el problema de investigación?. Imaginar su ámbito y estructuración más formalmente de la idea de investigación. Concurren muchos factores para lograr el planteamiento: capacidades individuales y complejidad del tema. ¿Qué criterios existen de planteamiento del problema?
1°) El problema debe expresar una relación entre dos o más variables.
2°) El problema debe estar formulado con certeza como pregunta ¿causas y efectos? ¿condicionantes? ¿alternativas? ¿relaciones?
3°) El planteamiento implica la posibilidad de prueba empírica, observable en la realidad.
¿Qué elementos contiene el planteamiento del problema de investigación?
1) - Objetivos de investigación: soluciones, teoría, prueba empírica, guías del estudio. ..... objetivos principales y adicionales.
2) - Las preguntas de investigación resumen de lo que sera la investigación. Pasos y definiciones.
3) - Justificación del estudio, propósito, beneficios, probabilidad, conveniencia.
Criterios para evaluar el valor potencial de una investigación.
1.- Porqué sirve
2.- Proyección social
3.- Implicaciones prácticas
4.- Valor teórico
5.- Utilidad metodológica
6.-Viabilidad o factibilidad
- Información accesible
- Recursos
- Posibilidad real de realizarla.
- Consecuencias de la investigación
Factores éticos: por ejemplo, medir influencia de la TV en un grupo humano que la desconoce.
La Elaboración del marco TEORICO
a) Revisión de la literatura
b) Construcción de una perspectiva teórica.
1).- La Idea.
2).- El planteamiento del problema: objetivos, preguntas de investigación y justificación del estudio, viabilidad, consecuencias.
3).- Elaboración del Marco teórico.
3.- Marco teórico. Elaboración
- Revisión de la literatura
- Detección de la literatura
- Obtensión
- Consulta
- Extracción y recopilación de la información de interés
- Construcción del Marco teórico

Funciones del marco teórico
- Ayuda a prevenir errores que se han cometido en otros estudios
- Orienta sobre como habrá de llevarse a cabo el estudio, gracias a las experiencias de otros (guías - diseños - tratamientos
- Amplía el horizonte del estudio y permite encontrar el enfoque y los objetivos principales.
- Conduce al establecimiento de hipótesis o afirmaciones que más adelante deberá someterse a prueba
- Inspira nuevas líneas y áreas de investigación
- Provee de un marco de referencia para interpretar los resultados del estudio.

Etapas de la elaboración
- Resumen de la literatura
- Adaptación de una teoría
Tipos de fuentes de información
- Primarias o directas: artículos, libros científicos, revistas id., tesis, ponencias, documentos apropiados, testimonios, observaciones directas, TV, Cine, etc.
- Secundarias: problemas que reprocesar, síntesis, información de trabajos, listados.
- Terciarias: Comprende las anteriores o entrega referencias sobre quienes están en el tema.
Bibliografía o referencias
Ficha Bibliográfica
Idea - o ideas - cifras - opinión, tésis - reproducción textual - resumen: simple o por procedimiento.

Como Construir el Marco Teórico
Resultado de la revisión:
- Existencia de una teoría completa
- Existencia de varías teorías completas
- Existencia de piezas o trozos de teoría aplicables al fenómeno en estudio
- Existencia de guías o ideas pero no de teorías
Que es la teoría: conjunto de constructos (conceptos), definiciones y programas relacionadas entre sí, que representan un punto de vista sistemático de fenómenos especificando relaciones entre las variables, con el objeto de explicar y predecir los fenómenos.

Funciones de la teoría:
- Explicar
- Sistematizar el conocimiento (logro) criterios
- Predecir, precalificar
Utilidad: describe, explica y predice y organiza el conocimiento. Inutilidad o inoperancia
Estructura del Marco Teórico:
- Según el objeto; teorías que lo explica por guías.
4.- Definición del tipo de investigación
Definir si la investigación se inicia como exploratoria, descriptiva, correlacional, explicativa y hasta que nivel llegará.
Tipos de estudios existentes
- Estudios explorativos: no hay trabajos específicos
- Estudios descriptivos: especificar las propiedades predominantes incipientes.
- Estudios correlacionados: medir grado de relación que existe entre 2 o más conceptos o variables.
- Conclusiones previas
- Estudios explicativos: causalidad
- Investigaciones aplicadas: realizadas con propósito prácticos (resolver problemas, tomar decisiones, desarrollar nuevos programas, evaluarlos, rehacerlos, etc.)
5.- Formulación de Hipótesis
- Detectar variables
- Definir las variables conceptualmente
- Definir las variables operacionalmente
6.- Diseños experimentales de investigación
- Plan estrategia
7.- Diseño no experimentables.

- Que son las hipótesis?
Proposiciones tentativas acerca de las relaciones entre dos o más variables que se apoyan en conocimientos organizados y sistematizados.
Generales o precisas. Dos o más variables requieren comprobación empírica
- Que son las variables?
Una VARIABLE es una propiedad que puede VARIAR y es medible.
Las variables adquieren valor científico cuando pueden ser relacionadas con otras (FORMAR PARTE DE UNA hipótesis o teoría) (CONSTRUCTOR o construcciones hipóteticas )
- De donde surgen?
De un postulado de una teoría, del análisis de esta, de generalizaciones empíricas pertinentes al tema y de estudios revisados o antecedentes consultados.
La hipótesis son propuestas tentativas a las preguntas de investigación.
Al revelar los objetivos y preguntar de investigación - guían el estudio.
Resultado de la revisión de la literatura o trabajos previos.
- Características de una hipótesis
- referirse a una situación social real. (consecuencia de empirismo)
- la variables deben ser comprensibles precisas y concretas
- La relación entre variables debe ser lógica.
- Observables y medibles las variables
- Las hipótesis deben estar relacionadas con técnicas disponibles o herramientas
- Instrumentos para recolectar datos
- Diseños
- Análisis estadísticos o cualitativos, etc.
- Tipos de Hipótesis
1) Hipótesis de investigación
2) Hipótesis nulas
3) Hipótesis alternativas
4) Hipótesis estadísticas
- Hipótesis de Investigación
Proporciones tentativas acerca de las posibles relaciones entre dos o más variables que cumplen con los requisitos - Hipótesis de Trabajo.
1) Hipótesis descriptiva de valor de variables que se va a observar en un contexto o en la manifestación de otra variable.
La ansiedad de los funcionarios públicos aumenta hasta en 70% antes de los cambios de gobierno.
Hipótesis Correlacionales
Especifican las relaciones entre dos o más variables
Aumentan ambas variables: mayor distribución de la riqueza mayor aumento de los índices macro económicos ..> X > Y <- Una aumenta la otra disminuye: A mayor consumo menor ahorro. No hay causalidad, el orden puede ser inverso, es una relación. Correlación binaria y correlativa múltiple es distinto en hipótesis aislada: dependiente e independiente. 3) Hipótesis de la diferencia de grupo Comparar grupos: los fenómenos del grupo de funcionarios de la empresa A: Sufren mayor nivel de stress que los de la empresa B durante los períodos eleccionarios. Los exportadores fruteros se angustían más que los industriales durante los procesos de negociación de acuerdos de libre comercio. Hipótesis que establecen relaciones de causalidad afirman las relaciones entre 2 o más variables y proponen un sentido de entendimiento. Una es consecuencia de la otra: Variable independiente (causal) y variable dependiente (efecto) Cambio de Gobierno Independiente Dependiente X1 X2 y (ó y Y, Y2 etc.) X3 VARIABLE INTERVINIENTE: Independiente Dependiente X --------------------------------------------------->Y
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|


Z
Interv.
4) Hipótesis Nulas (HO)
Proposiciones acerca de la relación entre variables que sirven para refutar o negar lo que afirma la hipótesis de investigación.
"Los exportadores de frutas le atribuyen más importancia a los subsidios empresariales en países con los que se negocia una integración que los productores industriales".
La nula "Los exportadores no le ..."
6) Hipótesis alternativas
Diferentes de las de investigación y nulas: TERCERISTA.

7) Hipótesis ESTADISTICAS
Hipótesis transformadas en símbolos Estadísticos:
Hipótesis Estadísticas de estimación Hee
Hipótesis estadística de correlación (en tesis estadística)
Hipótesis estadística de la depresión de medio u otro valor
Prueba de hipótesis de credibilidad: aplicación de un diseño de investigación

La investigación no experimental es aquella que se realiza sin manipular deliberadamente variables, observación de fenómenos y los analizamos. Requiere imposibilidad de manipular.
Ej.: Efecto de un proceso negociador de interés económico entre los productores agrícolas.
Un enfoque experimental: asegurar al azar los objetos o grupos a investigar. Supongamos 4 grupos: A1 A2 A3 A4 , a cada uno se le preguntan diferentes situaciones. Los investigadores medirán las respuestas con relación a su objetivo.
Un enfoque NO experimental: haría una encuesta general común a productores agrícolas.
Tipos de Diseño no experimental
1 Investigación transaccional o transversal. Recolectan datos en un solo momento, en un tiempo único. Su propósito es describir variables, analizan su insidencia.

i) Diseño Transaccional descriptivo: incidencia y, los valores en que se manifiestan: una o más variables. Descriptivos, estado de la cosa X1
Ej.: preferencias electorales
Opinión sobre un tema
Estudios sobre cantidad de personas en determinadas situaciones
ii) Diseño transaccional : Correlacionales/Causales: describen relaciones entre 26 TV. En un momento determinado. Relaciones de V1 y V2
α1 - X2
Ej.: Relación ante la modernización de la agricultura y el aumento de la exportaciones en su país, para ver que variables macro sociales mediatizan tal relación (causal).
a) Investigación longitudinal: cambios a través del tiempo en determinadas variables o en las relaciones entre estas.
i) De tendencia
ii) De evaluación de grupo o estudios
Examen de cambios de jugos vinculados (edad, sexo, ocupación, etc.)

8) La muestra
1) Definir los sujetos que van a ser medidos .
2) Delimitar la población - objetos recursos
3) Elegir el tipo de muestra: sub grupo
i) Probalística* : simple, estratificada y por racimos
ii) No probalística: sujetos voluntarios, experimentos sujeto - tipo y por cuotas**
4) Definir el tamaño de la muestra
5) Aplicar el procedimiento de selección
6) Obtener la muestra

9) Recolección de datos
- Seleccionar un instrumento de medición; con posibilidad y validez
- Aplicarlo
- Preparar las mediciones obtenidas (codificación)
- Encuestas: tipos de preguntas
10) Análisis de los datos
- La computación
11) Elaboración del reporte de investigación
-
El análisis de contenido (de la comunicación) es una técnica de investigación pata la descripción objetiva, sistemática y cuantitativa, del contenido manifiesto de las comunicaciones, con el objetivo de interpretarlas.

Cualidades o condiciones que debe reunir: 1) objetividad
2) utilización: para todos los fenómenos.
3) Histórico: desarrollo del método.


Diversos tipos de análisis del contenido:
Análisis de exploración y de verificación

Verificación de una hipótesis
Las técnicas vivientes
La entrevista: relación oral entre dos personas. Es un proceso de investigación científica, utilizando un procedimiento de comunicación verbal, para recoger información, con relación al objetivo fijado.
El entrevistado ignora los mecanismos
Clasificaciones: - momento de la investigación: ....., exploración, final (tiempo y desarrollo)
- tipo de investigaciones y del objetivo: empleo, encuesta de opinión, médicas.
Entrevistas informales.
Pauta para la investigación de un proyecto de una investigación

Epistemología: es la disciplina que estudia la creación y validación de los conocimientos científicos. En la antigüedad se identificaba con la teoría del conocimiento (gnoseología) y la lógica.
A partir de la "Crítica de la razón pura “(1781) de Emmanuel KANT, el término Epistemología señala la orientación hacia el estudio de los fundamentos del conocimiento válido o científico.
Para comprender mejor este desarrollo debe recordarse que hasta la patristica, dominada por Aristóteles, Platón, etc. y la escolástica Santo Tomás, los científicos (filósofos), creían que las ideas representaban realidades objetivas, mientras que en Kant estas van a surgir como resultado de una construcción del sujeto a partir de los datos de la realidad.
Para Kant la epistemología es esencialmente un estudio de las condiciones de posibilidad del conocimiento valido (es decir universal y necesario).
Para Comte (August), la ciencia aparece como un fenómeno social.
Para K. Marx es también un fenómeno social, pero además se rige por una lógica dialectica denominada "Materialismo Dialéctico".
Comte y Marx asumen la ciencia como representación de la naturaleza objetiva, pero ambos analizan el conocimiento científico como un proceso social.
De Comte y Marx surgen dos enfoques: el positivista del primero y materialismo dialéctico del segundo.
Es necesario no confundir la EPISTEMOLOGÍA con la METODOLOGÍA o con la TEORÍA DE LA CIENCIA ni tampoco con la FILOSOFÍA de la ciencia.
ETIMOLOGICAMENTE epistematología significa ESTUDIO DE LA CIENCIA y mas precisamente estudio del EPISTEMA es decir de la base de la ciencia.
No hay consenso sobre su contenido: los Empiristas lógicos y los filósofos analíticos consideran que la ciencia es fundamentalmente un lenguaje que resume reglas y proposiciones validadas. Se trata por lo tanto de un consenso idiomático, de un discurso común, en desarrollo.
Desde ese punto de vista la Epistemología debería ocuparse del lenguaje científico y sus reglas.
Para Piaget (Epistemología Genética) ésta es el estudio del pasaje de los estados de menor conocimiento a los estados de conocimiento más vanzados (tratado de logíca y conocimiento científico Básicos, (Piaget, Paidos, 1979); introduce la idea de la ruptura epistemológica.

Etapas fundamentales en la puesta a prueba de una hipótesis :

Supuestos epistemologicos en tipos de investigación.
1) La investigación referida al análisis de totalidades globales y/o totalidades componentes, en la cual el estudio de estructuras y procesos concretos, históricamente determinados, constituyen propiamente el objetivo de análisis.
2) La investigación analítica centrada en el análisis de variables; para su tratamiento estadístico, esas variables son aisladas de la totalidad compleja y concreta de la cual forman parte este último tipo de investigación completa la anterior.








1. - Nociones generales de derecho político

El derecho político se origina precisamente en las normas destinadas a regir las relaciones entre la autoridad y los gobernados. En toda comunidad a lo largo de la historia ha existido un conjunto de normas cuyo propósito es asegurar e imponer la autoridad, incluso los autócratas más extremos, que no tienen un conjunto de valores socializados, tienen a lo menos su propio mando como norma constitucional o fundamental, si no fuera de ese modo no hubiese orden ni las personas que los siguen tendrían a que atenerse. Los casos extremos pueden ser aquellos en que dementes han podido acceder al mando supremo de una comunidad organizada.

La palabra constitución viene del latín •constitutio•, que significa estructura, parte fundamental de una cosa.


1.1.1. -Conceptos sobre derecho político.
Toda comunidad para ser reconocida como tal, se articula en torno a normas de relación y conducta. Si estas no existieran no podrían convivir. Este hecho es independiente de las formas que estas normas adquieren o de las funciones que puedan ser cumplidas por los roles de autoridad. El derecho político se ocupa de establecer el modo de funcionamiento de la comunidad, particularmente de definir los roles de autoridad, sus atribuciones y su interrelación con los miembros de la comunidad. En el Estado el derecho político es la parte del derecho que se ocupa del orden estatal, de las funciones de administración, de policía, de justicia y de legislación. Establece y o reconoce los derechos de los miembros de la comunidad: derechos esenciales o fundamentales, derechos humanos, derechos ciudadanos, derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales.
El derecho político establece los órganos estatales, su funcionamiento, sus atribuciones, sus limites y sus relaciones.
Históricamente surge como un acuerdo entre la autoridad y el pueblo, por el cual el primero reconoce al segundo derechos.
Con el surgimiento de la soberanía radicada en el pueblo se crean las constituciones. Éstas pueden ser escritas o basadas en la costumbre. En este último caso las personas conocen de la misma por los precedentes judiciales (jurisprudencia).

Ciencia política:

Recoge los hechos tal como los realizan los políticos y pretenden hacer con ellos un análisis científico. Estudia las normas de conducta política, la opinión pública, los grupos y los partidos políticos. Además presta atención a grupos, tales como los grupos de presión o de interés y estudia las conexiones de ellos con los partidos políticos. El método o los métodos principales que utilizan los grupos de presión para condicionar al estado, la opinión pública y la prensa, son materia de estudio. Así mismo estudia la burocracia y a los grupos que intervienen en la política internacional. Describe y trata de enunciar principios generales, cosa hasta hoy no posible.
Algunos autores incluyen la doctrina dentro de la Ciencia.

Doctrina Política:

Es aquella disciplina que estudia y analiza las teorías, doctrinas y filosofías que han elaborado en el campo de la política. Es además, un conjunto coherente de principios sistematizados que rigen la vida política.
(Oscar Wilde = ensayos sobre socialismo y autores capaces de construir sistemas políticos: Platón Hobbes (grupos de obras tendientes a crear un sistema político y filosófico) Marx, etc.

Sicología Política:

Se incorpora a nuestro campo con el pesar de muchos. La sicología reaplica a la vida política del individuo. Es una sicología aplicada por lo cual es una disciplina científica, aunque se descarta la capacidad de enunciar leyes exactas, se hacen propuestas principios generales e hipótesis. Estos son métodos propios de investigación se encuentran las encuestas, la entrevista, el sondeo a la opinión pública, etc. (Ej. : de grupo de prensa: sindicato, gremios, sindicatos, etc.).

Contenido de la ciencia política:

La ciencia política es una ciencia descriptiva. El contenido de la ciencia política es el estudio de la forma de gobierno estudia la organización de los partidos políticos, los grupos de presión, la lucha por el poder. La ciencia política tiene precedente entre los griegos. Se cree ver en Aristóteles al padre de la ciencia política.

LAS FUENTES DEL DERECHO POLITICO
En América Latina las fuentes históricas del Derecho son: las Leyes de Indias, Derecho Romano y el Código Napoleónico.
La doctrina enseñada en este continente señala como fuentes formales del Derecho formal las siguientes: 1.- La Ley, 2.- La Costumbre, 3.- La Doctrina y 4.- La Jurisprudencia.
La Ley:
Así, cabe preguntarse ¿cómo se origina la Ley? Aquí entramos a un tema más complejo, porque la ley a lo largo de la historia de la humanidad se ha originado de muy diversas maneras.

Por lo general, cuando hablamos de ley en la naturaleza estamos hablando de una necesidad, es decir, algo que se da porque es necesario que así sea. Ej: la fórmula química del agua. En contraste a lo anterior, la necesidad humana que genera leyes no siempre es una necesidad, sino una convención o una imposición.

¿Qué se entiende por ley?
Para los juristas positivistas la ley es toda norma que tiene una disposición que debe cumplirse y que tiene una sanción en caso que no se cumpla.

Descartes decía (1648 +o-, antes de la Ilustración) de que la ley debería ser igual que un teorema geométrico. Con esto decía que la ley debería ser científicamente redactada.

Pero lo anterior no resuelve el tema del origen de la ley; podemos tener una ley científica perfecta, pero ¿cómo se origina la ley? La ley se origina por actos humanos. Primero, por la dictación de la ley; disposición que responde a una necesidad, pero también responde a un ideal.

La ley se origina efectivamente por una necesidad, la necesidad del orden. El tirano o la comunidad, que deciden dictar una ley lo hacen porque necesitan del orden, pero eso no significa que todas las leyes respondan a la necesidad, aunque todas si responden al orden, pero no al orden necesario. ¿Qué es el orden necesario? Este es un tema de la filosofía política.

Hay muchos actos normativos (legislativos) que carecen de racionalidad. Así, leyes que no tienen ningún provecho, carecen de racionalidad. Ej: Leyes de excepción.

El orden sólo tiene sentido, en una sociedad democrática, cuando ese orden es concebido por la comunidad. Así, cuando el fundamento de la ley es el orden, ese fundamento tiene que estar dado por la actividad legislativa del pueblo (de la sociedad).

El artículo 26 de la Declaración Universal dice: “La ley será la expresión de la voluntad soberana”. Este mismo concepto se establece en el artículo 1º del Código Civil. Lo anterior quiere decir que la ley es la voluntad del pueblo. Con esto estamos descubriendo uno de los orígenes de la ley, el origen democrático de la ley, es decir, la actividad legisladora del pueblo, el que seguramente constituye el origen más importante de la ley.

Jean-Jacques Rousseau en su libro “El contrato social” señala que la soberanía es la expresión de las soberanías individuales de la sociedad. Es la suma de todas las soberanías. Rousseau reflexiona diciendo: “la ley tiene que ser expresión de la soberanía”; luego señala “es imposible que todos legislemos”. Por lo anterior es que surge la necesidad de delegar la soberanía, para que un representante pueda legislar. De acá surge la idea de la asamblea, idea que había sido anunciada por John Locke, a quien se le atribuye ser el padre del parlamentarismo. La asamblea, que es la expresión representada de la soberanía, es la cámara legislativa del pueblo.

Entonces, una de las fuentes del Derecho es la ley, luego una de las preguntas es ¿cómo se origina la ley?

La jurisprudencia:
Es probablemente la fuente más antigua que existe. Hoy en día entendemos como jurisprudencia a un fallo judicial sobre una materia (jurisprudencia judicial). La jurisprudencia se asocia a los fallos judiciales interpretan la ley de una manera tal que parece insuperable, por lo tanto, todo lo que los jueces hagan después será ajustándose a esa interpretación. Esta sería la forma más tradicional del verla.

Hoy en día, existen dos sistemas de alcance universal para considerar la jurisprudencia:
1. Sistema Anglosajón: La jurisprudencia tiene valor de ley, y por consiguiente se aplica en todos los casos análogos.
2. Sistema español: La jurisprudencia sólo tiene valor para el caso en que se aplica, es decir, del asunto sometido a conocimiento del juez. Este es el sistema utilizado en Chile.

En el Derecho romano los jurisconsultos eran los que redactaban opiniones jurídicas, ejercían la opinio juris, es decir, daban una opinión jurídica con valor de ley, y al igual que en el sistema anglosajón, esa opinión jurídica podía ser aplicado a casos similares o análogos. Este concepto de la jurisprudencia va variando en el tiempo, decayendo, pasando a ser doctrinaria, es decir citable, pero no obligatoria.

Como ya se ha señalado, la otra jurisprudencia que existe es la doctrinaria. Esta se refiere a la labor de los juristas, aquellos que escriben sobre el Derecho. Es decir, es una opinión jurídica que los pares estiman relevante e importante para el progreso del Derecho.

El periodo más rico de la jurisprudencia doctrinaria se produce en la alta edad media con la glosa, donde se escribían interpretaciones de la norma jurídica, y de acuerdo donde se escribía esta glosa tenía un significado distinto. Un tipo de glosa era la brocarda la que tenía un carácter filosófico. Una vez que se agota la capacidad creadora del glosador aparece el comentario el que corresponde a una interpretación de la glosa.

Los Principios Generales del Derecho

Son las ideas fundamentales que informan el Derecho general o sea aquellas directrices que sirven de base a las leyes de una sociedad y en un momento concreto.

Se aplican ante la falta de ley y de costumbre, ahora bien están presentes en todas las decisiones, debemos resaltar su carácter informador respecto a todo el ordenamiento jurídico.

Los Actos Jurídicos.
Los actos jurídicos no son fuente de Derecho en estricto rigor porque los actos jurídicos nacen de la ley, por lo tanto, la fuente es la ley.
La costumbre es la más antigua de las Fuentes del Derecho y su origen corre paralelo a las comunidades jurídicamente organizadas, donde, dada su importancia y su frecuencia, ocupaba el mismo papel que hoy tiene la legislación.

El antecedente de la costumbre es la voluntad popular espontáneamente expresada a través de cierto tiempo. No interviene en su elaboración la autoridad, ni está establecida en Códigos o recopilaciones legales, pero bien puede, sin embargo, redactarse y ordenarse, sin que por ello desaparezca su carácter no escrito.

La Costumbre Jurídica es una Fuente Formal del Derecho a través de la cual se producen normas jurídicas que emanan de la reiteración constante, pública y uniforme que de una determinada conducta realizan los integrantes de una comunidad, estando ellos convencidos de que esta conducta es jurídicamente obligatoria, es decir, que la inobservancia de ella trae aparejada la aplicación de sanciones específicamente jurídicas, es decir, coactivas.

La costumbre:
La costumbre puede ser definida como una actividad humana que se mantiene en el tiempo. Luego, ¿cuándo esa costumbre pasa a tener fuerza de ley? Cuando la comunidad la asume como ley, considerando incluso que la no observancia de la costumbre, de esta “ley”, trae aparejada una sanción que puede ser aplicada por la fuerza.

La costumbre es un acto que repetido en el tiempo es asumido por la comunidad como norma jurídica o se le otorga efectos jurídicos.

El principal origen de la costumbre jurídica está en el comercio. De hecho, hay dos importantes fuentes históricas en esto: una es la costumbre comercial de los fenicios, que se incorporaba en los contratos; y las costumbres de los mercaderes marítimos (que van a ser recogidas por los fenicios, romanos y los españoles). Ejemplo de esto último son las llamadas “leyes rodias”.

La costumbre puede clasificarse de acuerdo al siguiente esquema:

 La costumbre es ley por si misma: la comunidad ha aceptado en que sea considerada ley, incluso si es contaría a la ley, es decir, prima la costumbre incluso si la ley dice otra cosa. Esta es la forma tradicional de la costumbre jurídica.
 La costumbre jurídica sólo tiene validez si no es contraria a la ley
 La costumbre sólo tiene validez jurídica si la ley la acepta como tal.


Costumbre en contra de ley: cuando el derecho consuetudinario, expresado en costumbre jurídica, tenga gran valor es cuando se le reconoce valor en contra de ley, es decir, la costumbre jurídica en contra de ley es capaz de derogar una ley.

Costumbre en silencio de ley: costumbre jurídica reconocida en un ordenamiento jurídico como fuente formal del derecho aún cuando la ley no diga nada respecto de ella.

Costumbre según ley: La costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella. Es decir, para que la costumbre tenga valor la ley debe señalarlo expresamente.



¿Es la costumbre una fuente de Derecho?

En Chile, la costumbre está tan acotada que realmente la fuente del Derecho es la Ley, dado que ésta es la que permite que determinadas costumbres tengan este carácter.

Lo anterior está basado en el Artículo 2º del Código Civil, el cual señala:

“La costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella”.


LA JURISPRUDENCIA.

¿Es la jurisprudencia una fuente del Derecho?
En muchos países es una fuente de Derecho. De hecho, en el sistema anglosajón es una fuente importante de Derecho, tan importante como la Ley. En Chile, la jurisprudencia no constituye fuente de Derecho; sólo sirve para el caso específico del que se aplica.

Así nos dice el Artículo 3° del Código Civil:

“Sólo toca al legislador explicar o interpretar la ley de un modo generalmente obligatorio.

Las sentencias judiciales no tienen fuerza obligatoria sino respecto de las causas en que actualmente se pronunciaren”.

No obstante, puede ser citada la jurisprudencia desde el punto de vista doctrinal, pero nada más que eso.

Desde el punto de vista técnico, el inciso primero del Artículo 3° nos habla del concepto de “Interpretación Legislativa”.

CARÁCTER OBLIGATORIO DE LA LEY.

¿Por qué la Ley obliga?
Porque es coercitiva, es decir, existe una sanción por incumplimiento de la Ley, o en otros términos, la no observancia de la ley trae a aparejada una sanción.

¿Quién tiene el monopolio de la sanción?
En estos términos, el monopolio de la sanción lo tiene el Estado.

¿Cuándo obliga la Ley?
El Artículo 6° del Código Civil nos señala:

“La ley no obliga sino una vez promulgada en conformidad a la Constitución Política del Estado y publicada de acuerdo con los preceptos que siguen”.

Esto quiere decir simplemente que si una ley no es publicada, no obliga.

El Artículo 7° del Código Civil estable los siguientes preceptos respecto de la ley:

“La publicación de la ley se hará mediante su inserción en el Diario Oficial, y desde la fecha de éste se entenderá conocida de todos y será obligatoria

Para todos los efectos legales, la fecha de la ley será la de su publicación en el Diario Oficial.

Sin embargo, en cualquiera ley podrán establecerse reglas diferentes sobre su publicación y sobre la fecha o fechas en que haya de entrar en vigencia”.

Este último inciso involucra las siguientes consideraciones:

- Reglas diferentes sobre publicación: se refiere al hecho de que podría eventualmente no publicarse una ley, como es el caso de las “leyes secretas”. Ej: Una ley de seguridad de las fuerzas armadas, donde se establezcan “ciertas” compras de las fuerzas armadas, como armas. De esto también la dictadura abusó, dictando leyes (DL) secretas, que tenían que ver con los derechos de las personas, como por ejemplo DL sobre detenciones de personas.

- Reglas diferentes sobre la fecha de entrada en vigencia: se refiere al hecho de que una ley no necesariamente debe entrar en vigencia en el momento de su publicación, sino que es posible que en ella misma se establezca una fecha de entrada en vigencia posterior a su publicación. Ej: Lo ocurrido recientemente con la Ley de Tabaco.

¿Se puede alegar que se desconocía una ley?
No, dado que el Artículo 8° del Código Civil señala:

“Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia”.

Si esto no fuera así, estaríamos en el caos mismo; cualquiera podría alegar que no conocía tal o cual disposición. No obstante, en personas analfabetas se puede alegar como atenuante esta condición, con respecto al conocimiento de le Ley.

EFECTOS DE LA LEY.

En primer lugar, la ley sólo puede disponer para lo futuro, es decir, una ley comienza a tener efecto práctico, jurídico o real, desde el momento en que es publicada y desde la fecha en que se señala su vigencia.

En consecuencia, la ley no puede tener efecto retroactivo.

Así lo dispone el Artículo 9º del Código Civil, el cual señala:

“La ley puede sólo disponer para lo futuro, y no tendrá jamás efecto retroactivo”.

Además, este artículo señala lo siguiente:

“Sin embargo, las leyes que se limiten a declarar el sentido de otras leyes, se entenderán incorporadas en éstas; pero no afectarán en manera alguna los efectos de las sentencias judiciales ejecutoriadas en el tiempo intermedio”.

También sobre los efectos de la ley está el Artículo 10 del Código Civil, el cual señala lo siguiente:

“Los actos que prohíbe la ley son nulos y de ningún valor; salvo en cuanto designe expresamente otro efecto que el de nulidad para el caso de contravención”.

Esta disposición está en relación con el Artículo 11 que señala:

“Cuando la ley declara nulo algún acto, con el fin expreso o tácito de precaver un fraude, o de proveer a algún objeto de conveniencia pública o privada, no se dejará de aplicar la ley, aunque se pruebe que el acto que ella anula no ha sido fraudulento o contrario al fin de la ley”.

Esto señala que si un acto es declarado nulo, es nulo, aunque dicho acto tenga aspectos positivos.

El Artículo 12, siempre en relación a los efectos de la ley, señala que:

“Podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que no esté prohibida su renuncia”.

Esto nos indica que existen derechos que son irrenunciables, como por ejemplo el derecho a la previsión. Así, si un empleador no paga las imposiciones de un trabajador, ese trabajador no puede renunciar a ellas.

INTERPRETACIÓN DE LA LEY.

Uno de los elementos importantes de la aplicación del Derecho es como se interpreta la ley.

Los legisladores, después de un proceso de debate aprueban un texto y ese texto, que va a ser la ley, va en definitiva aplicada por la autoridad. De existir conflictos en la interpretación de la ley se recurre al juez, quien va a resolver de acuerdo con su entendimiento.

Ahora, desde el punto de vista teórico, la interpretación de la ley la puede hacer cualquiera autoridad que el orden jurídico se lo permita. Por ejemplo, los jueces, los legisladores, las autoridades administrativas.

Al respecto, El Código Civil entrega reglas de interpretación. Así, el Artículo 19 señala:

“Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu.

Pero bien se puede, para interpretar una expresión obscura de la ley, recurrir a su intención o espíritu, claramente manifestados en ella misma, o en la historia fidedigna de su establecimiento.”

El inciso segundo señala que, a falta de claridad de lo señalado en la ley (ya que no todos pueden entender lo mismo), debe ser observado lo que el legislador quiso decir cuando discutió la norma, vale decir, su intención o espíritu.

Por otra parte, el Artículo 20 señala lo siguiente:

“Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras; pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal.”

Este artículo hace referencia al desarrollo cultural del lenguaje, el que se define a través de consenso. Ha establecido claramente una pauta con respecto a la utilización de las palabras, las que deben entenderse en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas, salvo cuando el propio legislador le ha querido dar un significado distinto.

En relación a los términos técnicos que puedan estar contenidos en una norma, el Artículo 21 señala lo siguiente:

“Las palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que les den los que profesan la misma ciencia o arte; a menos que aparezca claramente que se han tomado en sentido diverso.”

Por su parte, el Artículo 22 señala que:

“El contexto de la ley servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

Los pasajes obscuros de una ley pueden ser ilustrados por medio de otras leyes, particularmente si versan sobre el mismo asunto.”

Siempre en la misma idea de armonía y de sentido de la norma, el Artículo 23 señala lo siguiente:

“Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley, se determinará por su genuino sentido y según las reglas de interpretación precedentes.”

Luego, como último elemento de interpretación, el Artículo 24 indica lo siguiente:

“En los casos a que no pudieren aplicarse las reglas de interpretación precedentes, se interpretarán los pasajes obscuros o contradictorios del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural.”

Así, la interpretación de la ley debe tener presente los siguientes elementos:

- Elemento gramatical.
- Elemento lógico e histórico.
- Elemento sistemático.
- Las reglas prácticas de interpretación (ya vistas).


Algunas reglas prácticas sobre interpretación:

- Existe un orden de prelación de las normas.
- Las reglas especiales rigen por sobre las generales, tal como se establece en el Artículo 4° del Código Civil.
- Las disposiciones de excepción deben interpretarse en forma restrictiva, prohibiéndose la analogía.
- En Derecho Civil cave aplicar la analogía, dado que ahí se aplica otro principio: “Donde existe la misma razón, debe existir la misma disposición”.
- Argumentación de contradicción o argumento “a contrario sensu” (del latín: en sentido contrario). quiere decir que si se manifiesta la voluntad en un sentido, cuando no se dice nada, se puede entender lo contrario. Por ejemplo, si se dice que Juan es muy inteligente, estoy afirmando lo contrario de los demás compañeros. “incluida una cosa se entienden excluidas las demás” – “quien dice de unos niega de otros”
- Argumento “a fortiori”: este argumento señala que “al que le está permitido lo más le está permitido lo menos”. Por otra parte, este argumento también señala que “al que le está prohibido lo menos, con mayor razón le está prohibido lo más”.
- Argumento del absurdo: es una regla de lógica simple, que consiste en rechazar los argumentos absurdos. (ab absordum: “debe rechazarse toda interpretación contraria a la lógica”).
- Donde la ley no distingue, tampoco nosotros debemos distinguir. (a generale sensu “donde el legislador no distingue no le es licito distinguir al interprete”)

¿QUÉ ES LA LEY?

Como ya hemos visto nuestro Código Civil en su Artículo 1° define ley como “una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda prohíbe o permite”.

Al respecto, Santo Tomás de Aquino (una de las definiciones clásicas) nos dice que “la ley es un ordenamiento de la razón para el bien común, promulgada por el que tiene al cuidado la comunidad”.

Otro jurista, llamado Marcel Planiol, define la ley de la siguiente manera: “la ley es una regla social obligatoria, establecida con carácter permanente por la autoridad pública, y sancionada por la fuerza.”

Así, la ley en una regla o norma, cuyo objetivo es regir en la comunidad, siendo de carácter obligatoria, y por lo tanto debe ser obedecida por todos, está establecida con carácter permanente y general, emana de la autoridad pública (autoridades que la Constitución establece al efecto), y finalmente es sancionada por la fuerza.

CLASES DE LEY.

Tal cual es señalado en el Artículo 1° del Código Civil, existen distintas clases de leyes, a saber:

- Leyes prohibitivas: Las que prohíben realizar determinados actos.

En relación a las leyes prohibitivas, éstas tienen una consecuencia muy importante: si la ley prohíbe algo, un acto o contrato por ejemplo, su contravención, es decir la violación de esa prohibición, trae como consecuencia la nulidad del acto o contrato. Por ejemplo, un contrato sobre esclavitud, sería un contrato nulo, dado que la esclavitud está prohibida.

Al respecto, el Art. 10 del Código Civil lo señala claramente: “Los actos que prohíbe la ley son nulos y de ningún valor; salvo en cuanto designe expresamente otro efecto que el de nulidad para el caso de contravención”.

- Leyes imperativas: Aquellas que ordenan hacer algo o que establecen un requisito.

En relación a lo anterior, cuando faltan estos requisitos o no se cumple con la orden, entonces ese acto también puede ser afectado por la nulidad. Ejemplo, la compraventa de bienes raíces, debe realizarse por escritura pública, si no se hace de esa manera, podría pedirse la nulidad.


- Leyes permisivas: Aquellas que toleran o declaran algún derecho.

Estas leyes confieren un derecho al arbitrio del titular, es decir, el titular del derecho puede o no hacer uso de dicho derecho.

ORDEN JERÁRQUICO DE LA LEY.

La ley tiene, como ya sabemos, un orden jerárquico que está encabezada por la Constitución.

Así, en el vértice superior de la “Pirámide normativa” (también conocida como pirámide de Kelsen) está la Constitución (o “Carta Fundamental”); debajo siguen las Leyes que de acuerdo con el ordenamiento jurídico pueden tener distintas jerarquías, por ejemplo las leyes de rango constitucional (están inmediatamente debajo de la constitución), las leyes de quórum calificado siguen más abajo, las leyes de quórum simple. También dentro de las leyes están los tratados internacionales, con excepción de los relativos a DDHH, los que tienen rango constitucional (así está dispuesto en el Art. 5°, inciso 2° de la Constitución); después están los Decretos (también presentan jerarquía), uno de ellos son los decretos supremos (firmados por el Presidente de la República), los decretos exentos (exentos del registro en la Contraloría General de la República); más abajo vienen las Resoluciones; los Instructivos; y los Fallos Judiciales, entre otros.


El orden jurídico de alguna manera se cobija en elementos que no son propiamente leyes, como por ejemplo, cuando la constitución habla de la tradición, de la nación, de los principios cristianos, es decir el orden jurídico toma como elementos cuestiones que no son normas positivas, sino que son más bien ideologías. Esta es la raíz del debate de argumentos entre el ius naturalismo por una parte y positvismo por otro lado.

Por lo general, las dictaduras que han surgido en distintos lugares del mundo han justificado su acción en determinadas fuentes jurídicas que no son positivas, que son más bien ideológicas. La historia nos muestra ordenes jurídicos que señalaban que el poder viene de Dios, o sea la ley o la fuente del Derecho es divina, en donde el monarca a la autoridad lo que hace simplemente es representar ese poder ante el pueblo. En este escenario, estamos haciendo uso de un discurso de carácter ius naturalista, o sea, no es de la comunidad de donde surge el Derecho sino que de un elemento externo, el que puede ser de carácter mágico, religioso o demagógico.

En este contexto, se dice que los Derechos Humanos tienen un origen más allá del Estado, dado que estos derechos vendrían con las personas, es decir serían un atributo de las personas. Esta es la visión ius naturalista sobre los Derechos Humanos.

Por otro lado, la visión positivista señala que es el Estado quién reconoce estos derechos en las personas. Es decir, es un reconocimiento de que las personas tienen derechos.

Es en estas dos corrientes donde se presenta un debate relativo a cuál es el fundamento de la norma, es decir cuál es la verdadera fuente (última) de la norma.


AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY.

Ámbito Territorial:
La ley se aplica, en primer término, en un ámbito territorial.

Recordemos que el Derecho romano era un Derecho personal, es decir donde iba el romano lo acompañaba el Derecho. El Derecho moderno en cambio, es un Derecho territorial, salvo excepciones. Ejemplo de esto último es que el Código Penal chileno señala que serán perseguibles en Chile los delitos cometidos por chilenos contra chilenos en el extranjero (es por eso que se pudo juzgar el homicidio de Letelier en Chile). Otro ejemplo es el matrimonio, éste sigue al chileno a fuera.

El territorio jurisdiccional de Chile comprende le territorio físico o continental, pero también tiene jurisdicción aérea como también hacia abajo, en ambos casos hasta donde alcance la fuerza. También Chile tiene jurisdicción marítima en dos rangos, jurisdicción marítima de las 12 millas y la jurisdicción marítima de las 200 millas. La primera es la jurisdicción propiamente tal y la segunda es una jurisdicción de carácter económica. Así, dentro del las 12 millas ningún barco de bandera extranjera puede transitar sin autorización del Estado, así como también cualquier hecho que ocurra dentro de las 12 millas es de competencia de los tribunales chilenos.

Ámbito Temporal:
La aplicación de la ley en el tiempo tiene algunas reglas. En primer lugar la ley siempre rige para el futuro (salvo excepciones) (Art. 9 del Código Civil).

En Derecho Penal existe un principio básico que señala que “no hay pena si no hay ley” (nula pena sine lege). Esto indica que no existen leyes penales retroactivas.

También en materia penal existe el principio que no se puede aplicar una sanción ante un delito si la ley no ha establecido previamente dicha sanción.

Ámbito Personal:
El código civil señala en su Artículo 55 que “Son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición. Divídense en chilenos y extranjeros”.

Así la ley no reconoce diferencias entre chilenos o extranjeros en cuanto a la adquisición y goce de los derechos civiles que establece el propio Código Civil.

La propia Constitución, salvo en los textos de relativos a la ciudadanía, nacionalidad y los efectos que tienen ambas consideraciones jurídicas, tampoco establece diferencias. Es así que en su Art. 19 se señala que los derechos establecidos en la Constitución amparan a todos los habitantes del territorio (extranjeros o nacionales).

Sin embargo existen algunas diferencias respecto de las personas. El Código Civil nos dice en su Art. 58 que hay una diferencia entre domiciliados y transeúntes.

La importancia del domicilio radica en la jurisdicción de los tribunales, entre otras consideraciones.

SUJETOS DE DERECHO.

Son Sujetos de Derecho:

- Personas Naturales: Ser humano propiamente tal.

- Personas Jurídicas: Agrupaciones de personas que la Ley les reconoce un carácter jurídico.

Personas: Desde el punto de vista filosófico: “ser moral”; desde el punto de vista jurídico: “Sujeto de Derecho”.

FUENTES FORMALES DEL DERECHO POLITICO.


LAS FUENTES MATERIALES DEL DERECHO POLITICO

La doctrina política y el estudio de ciencias.

Fenómenos fundamentales: la evolución social, estratificación, la existencia de 3 clases. Concibe Aristóteles que un cierto régimen político consiste en darle preponderancia a una clase sobre las otras.
A Maquiavelo se le considera el padre de la Ciencia Política Moderna, le quita al análisis de la política el elemento moral y religioso. Según Maquiavelo debe quedar la ciencia política liberada de estos elementos. Ésta es la ruptura epistemológica que experimenta esta ciencia.

En los EE.UU. se producirá un gran desarrollo de la Ciencia Política, con estudio sobre problemas particulares, especialmente sobre la Democracia de grupo.
Lipset es un destacado científico de la política Americana.
En Europa sobresalen el francés Burdeaux autor del Libro "La Democracia" y Duverger autor de “Las dos caras de Janus”. Raymond Aron fue también un sociólogo experto en relaciones políticas internacionales, autor de "Paz y Guerra en las relaciones Internacionales".
Para los norteamericanos la Ciencia Política se preocupa de la Democracia representativa, en que a las autoridades les basta la elección libre.

La Ciencia Política se preocupa del Análisis de la conducta electoral de los individuos, por ejemplo en la obra de André Sigfred.

Estudios de comportamiento electoral, sociología electoral.

Sociología electoral chilena. "Geografía electoral de Chile" Cruz Coke (46)
La sociología electoral esta dictada por elementos causados. Explica las razones de porque se ha producido un cambio.
Es una ciencia causal, trata enunciar leyes, no hay ninguna ley social permanente.
El Centro de la investigación de la ciencia política es la Lucha por el poder. Se interesa por describir el fenómeno.
Sociología de las Revoluciones:
Supone un cambio, derramamiento de sangre, cambio de la estructura, una Etapa Violenta, que es la lucha por el poder; lucha del Terror, por mantener la revolución; período de la restauración, en que se restauran algunas instituciones del régimen anterior.
Una Sociedad sin conflicto no permite el estudio de la Ciencia Política.
Max Weber: El sabio y la Política
El fenómeno político es el fenómeno de la lucha por el Poder. Cuando más civilizada es una sociedad más se encuentra el fenómeno político.
Nuestra sociedad política.
Según algunos autores, el derecho es en definitiva una manifestación del poder.
Hoy en día el poder de represión la tienen ciertas instituciones que actúan en nombre del derecho, en nombre de la paz social.
Hobbes: El Estado Contemporáneo es una organización política que monopoliza el poder.
El Estado dicta normas jurídicas para conservar valores sociales que diferencian un estado de otro.
En consecuencia podemos decir que el derecho es represión, es manifestación del poder.
Escuela de la Fuerza: El que más lo enfatiza es Max Weber.
El derecho positivo: Público y privado, se desentiende de esta división porque se dice que el privado es una emanación del público, en todo caso todo derecho es público.

El Derecho privado es la trama del derecho que se preocupa de las relaciones de los particulares.
El Derecho público es la que se preocupa de las relaciones entre las instituciones y los particulares, o entre las instituciones.
El Derecho constitucional establece principios fundamentales en lo que se basa la sociedad:
1 Derecho y poder o política
2 La política es el Concepto quimérico en el que nadan el concepto o los conceptos del derecho.
Nadie a sostenido que haya una sociedad sin cierta forma de Derecho.
Platón es el único filosofo que imagina una sociedad sin represión.
Aristóteles nos dice que el Derecho y el Estado existen antes que el individuo.
Locke expresa que cuando los hombres eran libres se regían por el Derecho de la naturaleza.
La expresión estado se usa desde Maquiavelo.
Los griegos vivieron en pequeñas polis o ciudades, nunca quisieron federarse ni integrarse.
Se busca el origen de la ciencia política dentro de la cultura griega, porque la especulación filosófica y política EUROPEA tiene su cuna en esta cultura.
En política no se comienza a buscar en los principios de la cultura sino, cuando ya la civilización griega ha caminado mucho.
En el Siglo V a. C. surge entre las diferentes escuelas Filosóficas, la Escuela de los Sofistas, son estos profesores ambulantes que enseñan el saber mediante un pago y difieren de las otras escuelas filosóficas porque estudian al hombre, con lo que inauguran la filosofía social, los fenómenos vinculados al hombre.
Surge con ellos el estudio de los fenómenos políticos. Por eso en el Estudio de los comienzos de la Política, se comienza con el estudio de los filósofos sofistas y en el Siglo V a. C.
A causa de los Sofistas surge Socrates que critica a estos el hecho de enseñar por la paga, así el solo enseña por amor a la filosofía.
Aristofanes gran comediógrafo, retrata a Socrates en su obra "Las Nubes", como hombre que no ve la realidad.
El mayor auge de la filosofía Política transcurre en el Siglo IV y III a. C.
Características de la sociedad en que vivió Socrates.
Hay que hablar solo de la sociedad ateniense, ya que cada polis griega se diferencian una de otra.
Los filósofos que estudiamos viven bajo la sociedad Ateniense, aunque Platon recibe la influencia de Sparta.
Era una Aldea de vida rural con solo 200 mil habitantes, para ellos el ideal es la convivencia en pequeñas comunidades, sostienen Platon y Aristóteles, en pequeños estados, sólo así lograrían la felicidad.
Atenas es la capital del Imperio Atico. Su grandeza se debe a su poder Imperialista. Era capaz de Imponer presión sobre los demás Estados.
Su grandeza material le permite acuñar una grandeza intelectual.
El esplendor ateniense atrae a muchos pensadores, intelectuales, y artistas, como es el caso del filósofo Aristóteles.
Gracias a que Atenas era una ciudad mediterránea, con sus flotas logra el bloqueo en el mar.
Era una ciudad importadora de productos manufacturados y materias primas, y exportadora de cerámicas y artesanía.
Además explotaban las minas de plata, que les permite acunar una moneda dura, que gracias a su carácter imperialista las imponen universalmente.
Estas minas fueron su mayor ingreso y eran trabajadas por los esclavos, quienes vivían en forma deprimente.
En la guerra del Peloponeso ocurre en primer y mayor levantamiento de esclavos que se tiene noticias. 20.000 esclavos se levantan debido a que las restricciones recaen con mayor crudeza sobre ellos.
En resto de la ciudad no existe una concentración tal de esclavos. El amo no establece diferencia con el esclavo lo considera un elemento más del hogar Ateniense.
Se dice que los amos daban la libertad al esclavo a cambio de una renta.
Excepcionalmente un magistrado daba la libertad, manumisión, al esclavo cuando se comprobaba que este corría peligro o era mal tratado.
Hay categorías en la sociedad Ateniense:
Los Metecos o extranjeros que han llegado atraídos por el esplendor, tienen en sus manos el comercio y la industria.
Eran acogidos por la sociedad ateniense, pero no tenían acceso al Derecho de la propiedad del suelo y del subsuelo, además no podrán nunca llegar a ser ciudadanos. Estos dos derechos quedan suscritos a los ciudadanos.
Los ciudadanos quedan fuera del comercio, de las industrias y de la explotación de las minas, ya que preferían participar en la Mistoforía, donde eran elegidos "al azar". Allí recibían una renta llamada el Misto, que era inferior a un salario, pero les aseguraba un ingreso.
El cuerpo político tiene iguales derechos. Cada individuo tiene igual posibilidad de ser elegido al azar, con excepción de los generales que eran elegidos por nombre.
Una minoría ejerce una dominación sobre el resto de la sociedad. Pero esta es la definición de Democracia, en que todos se tratan con el mismo padrón.
La Democracia, por lo tanto, solo es para los griegos, aun más, solo para los atenienses y sólo para los hombres libres y solo para los varones.
Los demás son inferiores, los esclavos son considerados como bárbaros ya que no son capaces compartir la cultura griega. Es un pueblo racista.
Filosofía Socrática: surge con Socrates por primera vez la conciencia del espiritu, la libertad interior del hombre, que puede oponerse a las dictaduras del mundo.
Filosofía Platónica: es el teórico de la sociedad orgánica, en el sentido que no cabe pensar en individuos que actúan separadamente.
No planteó, Sócrates, el problema de la propiedad privada, Platón si lo hace.
Según Sócrates; el individuo debe alcanzar la perfección hasta donde es capaz y debe alejarse de la política sino se degradará.
El individualismo esta íntimamente ligado con la libertad interior del sabio y además solo deben gobernar los mejores.
Sócrates critica específicamente la institución del sorteo. Solamente tuvo una actuación pública, en el consejo de los 500, cuando juzgaron a unos generales vencedores de la batalla de las Argenosas, que habían dejado a unos náufragos, que luchaban contra las olas a causa de la tempestad, sin socorrer. La plebe pedía la pena de muerte. Socrates fue el único que se opuso a la presión de la plebe.
Este fue uno de los argumentos que después se usó en su contra cuando lo sentenciaron. El término que elije Sócrates demuestra lo consecuente de sus ideas. El hombre debe ser leal a sus convicciones. Pero debe respetar la ley.
Socrates inaugura la filosofía occidental y la filosofía socrática.

Platon desciende de una de las grandes familias aristocráticas de Atenas, por todo esto estaba destinado a las armas y a la carrera política. Y por tradición familiar debe ser un gran político. Pero atraído por Sócrates se va alejando de todo esto.
A diferencia de Sócrates, que era nacionalista ya que nunca se alejó de Atenas, Platón era internacionalista. A la muerte de su maestro, muy joven emprende un viaje que abarca Egipto, sur de Italia y otras regiones.
Sócrates vivió en el período de esplendor ateniense, en siglo de Pericles. Platon vive en la decadencia de Atenas, merced a un antagonismo de las clases sociales.
El primero no se mezcla en Política, el segundo sí. Platon describe los problemas de su época.
Sócrates se vincula a las grandes familias, gracias a la admiración que estos sentían por el genio. Sócrates rechaza la masa, curiosamente, era de cuna humilde. Socrates; critica todo, pero, manifiesta que un individuo no puede disentir del cumplimiento de las leyes, cuando ha participado en su proyecto o creación.
Platon después de su viaje instala una escuela de Enseñanza. En un sitio ubicado en un parque llamado Academo, en honor a un héroe. De allí deriva el nombre de Academia. Este era un lugar de reunión donde se juntaban alrededor de Platón, como antes lo hacían alrededor de Socrates. De sus viajes trajo muchos conocimientos, tanto matemáticos, geométricos como musicales, políticos y otros. Dentro de Grecia se vinculó a los Pitagóricos. Les cuenta a sus discípulos sus viajes y les imparte conocimientos. Hacían reuniones llamadas simposios, donde invitaban a comer a un personaje importante para que diera una conferencia, o respondiera a algo que ellos querían saber.
Platón concibió "la República", donde muestra como debería ser un Estado Ideal. Más tarde escribe "Las Leyes", a consecuencia de darse cuenta que la República era impracticable. En su primer libro excluye el Derecho en el segundo lo reconoce.
Platón vive hasta los 83 años más o menos.
¿Porque vive el hombre en Sociedad? - se pregunta Platón- Porque no se basta a sí mismo.
No se imagina o no considera probable que el hombre realice multiples funciones y que los haga bien. No puede haber un hombre dice Platón, que sea sastre, carnicero y librero. Tiene que formarse un hombre que se especializa en cada función. La Sociedad se complica, cada individuo va ocupando una especialización. Cuando a Platón se le considera como un precursor del marxismo, lo primero que lo rebate es esta idea de "La República", ya que Marx sostiene otra tesis ya que dice que el hombre será un hombre múltiple en la sociedad comunista, que va a rotar en diferentes especialidades ya que así el hombre será realmente e integralmente humano.
Dice Platón que debe haber un hombre dedicado a gobernar, un artífice, un profesional, los más capaces son quienes deben gobernar. Hay tres funciones básicas:
-Capacidad de alimentarse, de defenderse y de Pensar.
-La sociedad debe dividirse en estas tres funciones.
-Es esta concepción lógica y utópica, alcanzar la armonía y la justicia social.

La naturaleza humana, según Platón, es desigual, por lo tanto, la sociedad se define en estos tres grupos. Platón no concibe una sociedad sin clase, esta establecido una definición por la naturaleza misma del individuo, la sociedad es una consecuencia de los hechos vitales del hombre, en la medida que demos el orden a esta sociedad, permite desenvolverse al individuo de acuerdo a su naturaleza, es por lo tanto una sociedad orgánica, ya que cada uno ocupa su puesto. Esta es otra diferencia con el marxismo, ya que este concibe una sociedad sin clases.
El ideal de Platón es el ideal de un filósofo gobernante.
El cargo de gobernante es una carga, ya que señala condiciones rigurosas de vida, en cuanto ese hombre se debe a toda la sociedad, debe o deben llevar una vida rigurosamente frugal, les prohibe hacer vida privada, no pueden tener familia, en sentido de dedicarse a ella. Sus hijos deben ser educados por el estado y ocuparan el lugar que sus habilidades les consignen.
Otra diferencia entre Platón y Marx, es que el primero tiene una concepción pesimista de la historia y el segundo una concepción optimista, ya que ve un mundo del futuro que se desenvuelve sin necesidad del derecho.
El único fundamento en que se basan para sostener que Platón es el precursor del Marxismo sería el hecho de la lucha de Clase. Dice que en cada ciudad hay dos ciudades: la de los pobres, la de los ricos, en eterna lucha entre sí, y tanto le preocupaba esto, que la única solución para evitarlo sería un profundo cambio en la institución de la propiedad privada, abolirla por entero. Toda es preocupación deriva a que Platón creía que la lucha, rivalidades y egoísmos, de fracciones, partidos determinaban la inestabilidad del gobierno.

OBRAS DE PLATON

La República. En esta obra nos presenta una ciudad estado, ideal, donde la educación de la juventud, que es igual para todos los hijos, sin distinciones de ninguna clase, se basa en la filosofía, la música y la educación física. El cuadro social esta dividido según las capacidades del alma, que son 3: apetito, valor y razón. En el primero quedaban los mercaderes, labradores y artesanos, en el segundo los guerreros y por último los gobernantes filósofos. La propiedad privada que es la causante de los desequilibrios políticos, debe ser abolida por lo menos para la clase gobernante para la guerrera. Los matrimonios y la educación de los hijos son reglamentados.
Los hijos ocuparan el lugar en la sociedad que les consignen sus capacidades.
Pretende Platón en este libro buscar la verdadera noción de justicia en los primeros libros (capítulos) investiga las opiniones corrientes. Luego no admitiendo esas definiciones, busca la justicia en si, y luego de definirla, trata de ver en que condiciones puede realizarse. Luego ve como nace y prospera. Por último señala las ventajas o recompensas que el hombre obtiene aquí y en el otro mundo por practicarla. Cree en definitiva que la justicia es un principio General de orden de regularidad, unidad y legalidad. En la persona es la armonía de las diferentes potencias del Alma. Estudio proporción geométrica de las ciencias claras, cada cual.


El libro "La Política" es un conjunto de aportes. Dentro de esta obra trata de la ciudad y sus elementos. Tal como Socrates, Aristóteles se adhiere a la esclavitud y se refiere a la propiedad privada, defendiéndola. (Libro I)
En el libro II se hace mención a la república y a la constitución de las leyes.

Se le puede comparar con "El príncipe" de Maquiavelo, ya que usando un método comparativo llega a conclusiones y recomendaciones.
El libro III trata específicamente de la teoría del ciudadano.
Hace la clasificación de los regímenes políticos:
1 Clasificación que distingue 5 formas:
A Monarquía
B Autocracia
C Oligarquía
D Democracia
E República
Esta última es un gobierno mixto, una mezcla de elementos que se estiman indispensables. Cuantos más elementos hayan sido mezclados mejor es la república.



La política de Aristóteles

Libro IV De La Política
Felicidad y Régimen Ideal:
Régimen Mejor, punto de vista practico.
Característica de la población:
No mucha gente.
La ubicación del estado:
Lugar mediterráneo, lugar que le impida ser pieza fácil de los enemigos, y le permita tener contacto comercial con otros. Estima conveniente regular la población. Considera absurdo igualar la propiedad, y se preocupa de controlar la natalidad.
Podría suponerse que más importante que distribuir la propiedad es limitar la natalidad.
Libro V
Educación de la juventud:
No ofrece ninguna novedad con respecto a Platón. Da importancia a la Educación Física y a la Música.
Libro VI
Estudio de los Regímenes Políticos:
Se refiere a la República, el gobierno mixto, a la estructura interna de las instituciones, a la teoría de la deserción o Separación de poderes.
Libros VII y VIII
Continua con el Estudio de los regímenes políticos:
Se refiere a la estabilidad, las revoluciones y los cambios políticos. Se basa en la experiencia histórica, y se refiere a las revoluciones que afectan a todo tipo de gobierno.
Cree que el fin del Estado es alcanzar la virtud de cada cual.
Con Aristóteles termina el nacionalismo griego.
Alejandro Magno, discípulo, de Aristóteles, tiene una concepción negadora de la desigualdad de los hombres, que propugnaba Aristóteles, es, además, más internacional, ya que los lugares que conquistó siempre hubo uniones entre sus soldados y mujeres de esas regiones, y el mismo casó con la hija de un rey persa.

Período Romano
Proceso político, consistente en la unificación del mundo antiguo.
El Imperio Universal, afectó por ejemplo, los ideales Políticos de muchos pensadores políticos, ya entrada la Edad Media. (Como al Dante, la monarquía, etc.).
En lo espiritual e Intelectual, esta civilización no creo nada especial, solo reactualizó teorías pasadas, especialmente y posiblemente únicamente de los griegos.
Los estoicos, escépticos, cívicos, que despreciaban los prejuicios, influenciaron notoriamente en el siglo I a. C.
Marco Antonio Cicerón recibe la influencia de esta corriente, que sostiene el ideal de la igualdad, y la idea o noción de un derecho natural común a todos los hombres. Estas dos ideas también serán desarrolladas por la filosofía cristiana.
Cicerón fue un gran retórico y el mas insigne orador de Roma. Llevó al idioma latino a su máxima perfección.
En materia Política Práctica fue partidario de los grupos conservadores y aristocráticos.
Nació en una familia aristocrática. Su fin es propio de una vida tumultuosa porque la masa lo ajusticia.
Polibio es anterior a Cicerón, es un griego, pensador político, vivió la mayor parte de su vida en Roma, prisionero. Escribió la Historia de Roma, desarrolla, en uno de sus Capítulos, su teoría acerca de las instituciones y las formas de gobierno.
Aquí se demuestra que no hay nada original en las teorías, ya provienen de los griegos.
Concibe, este autor, un gran Cataclismo, tema desarrollado también por Platón: después del Diluvio la gente se reúne y da el poder de gobernar a una persona, se inicia la Monarquía.
De monarca se convierte en tirano, al gobernar con arbitrio; surge entonces, la sublevación y deponen al tirano. No quieren repetir la experiencia y dan al gobierno a un grupo de los mejores; surge así la aristocracia. Esto también termina por corromperse, al empezar a cuidar o proteger sus intereses y a gobernar para sí; se inicia entonces, la oligarquía. También cae esta forma de gobierno. Los que hicieron la revolución deciden gobernar por si mismo, en consecuencia instauran un régimen democrático. La Democracia puede transformarse en una Demagogia. La mayoría gobierna para sí mismo. Aquí entonces surge el golpe de Estado. Se elige a un Conductor.
Trata de concebir un sistema político de gobierno, que sea el equilibrio. Un régimen que una los elementos de las otras formas de gobierno. (TEORÏA CICLICA).

ROMA, se diferencia de la sociedad griega, en cuanto permite el desarrollo en cierto sentido de la igualdad humana, a comprender en su estructura política, pueblos de diferentes razas.
La grandeza de Roma se basa en este hecho, ya que de todos los rincones del imperio se sentía orgullosos de ser romanos.
En el hecho concreto la sociedad Romana fue muy dividida por clases sociales, y su esclavitud, a diferencia de los griegos, no era por razas, sino, por conquistas bélicas.
Desde el punto de vista Religioso fue semejante a la sociedad griega, tuvo una religión oficial, el paganismo. Surge sin embargo el cristianismo, que da comienzo a una nueva época y arrasa con el imperio, llegando el estado a reconocer como oficial la religión aboliendo el paganismo.
Siglo IV, comienzan las invasiones de los bárbaros y la desintegración del imperio.
EDAD MEDIA
San Agustín es el primer pensador cristiano en materia religiosa.
Le tocó vivir la decadencia de Roma. Con el se inicio la Edad Media y el más brillante pensador.
En el siglo V D.C. escribe la "Ciudad de Dios". Obra escrita para demostrar la falsedad, según él, de la afirmación que sostenían los paganos que eran la causa de la desintegración del imperio.
San Agustín procede de un medio cristiano pero pertenece durante toda su juventud a organizaciones materialistas, especialmente a los MANIQUEOS. Nace en el N. de Africa (Argel). Estudia retóricas, matemáticas y música, tratando de encontrar la verdad. El Maniqueísmo se representa en todos los fenómenos, incluso en los físicos, como fenómenos naturales. Hasta Dios estaba representado por la materia. El bien y el mal son principios de materias que luchan entre sí. Al no encontrar satisfacción espiritual se hace escéptico. Describe estas etapas en su obra "Confesiones".
En uno de sus viajes a Milán se hace cristiano, ordenándose, más tarde, sacerdote.
En su obra, "La Ciudad Divina", que es la primera obra filosófica occidental, ya no tiene la visión de un mundo terrenal perfecto, ni de un cielo eterno, sino plantea la Evolución entre dos mundos, la ciudad de hombres y la ciudad de Dios. Así el hombre debería llegar a la última para alcanzar la perfección, por lo tanto la lucha debe terminar con el triunfo de la ciudad de Dios.
San Agustín reconoce la esclavitud, la justifica, diciendo que emana de la naturaleza humana.


Edad Media
En San Agustín se notaría influencia Platónica, cristiana y estoica.
No conoció directamente las obras de Platón, pero a través de sus discípulos y de los comentarios de sus obras, recibe la influencia de la Concepción Utópica de una Ciudad Perfecta, opuesta de manera paralela a la ciudad terrena. Para San Agustín los hombres se hacen merecedores de llegar a la ciudad de Dios, gracias a sus virtudes.
De los estoicos, estos imaginan un mundo feliz, anacrónico perfecto, regido por leyes naturales.
San Agustín toma el D Natural y dice que no reconoce a la propiedad privada, sigue en el siglo V D.C., con esta idea original cristiana.
Santo Tomás a la inversa cree que el D Natural Consagra la propiedad.
San Agustín dice que el D Positivo creó la Propiedad privada.
La Iglesia en el Siglo XIII
El poder espiritual y poder político se enfrentan.
Aparece la Teoría de las Dos Espadas: sostenido por el Papa Pelagio: el poder, Espiritual y el terrenal se complementan.
Los críticos sostienen, sin embargo, que la iglesia debe separarse del poder terrenal.
Los conciliares dicen que el Papa no era la máxima autoridad de la Iglesia, sino, que el concilio, el pueblo cristiano.
En este siglo Santo Tomás de Aquino formula su concepción, cuya obra llega hasta nuestros días. El pensamiento ejerce una influencia sobre el momento social cristiano. Es el teórico de una Iglesia sólida, confundida con las fuerzas sociales, políticas y económicas.
La iglesia se transforma en una fuerza Dogmática, con un procedimiento de fuerza, Es la Época del oscurantismo. Tiranía Dogmática. Nadie podrá disentir, sin sufrir la persecución de la Inquisición. (XII y XIII)
A pesar de esta fuerza, vive Santo Tomás en una Época Convulsiva, hay una Inquietud social y Política.
Influencias que recibió Santo Tomás: La filosofía de los Arabes, a través de Averroes; de los judíos por intermedio de Monimonides y otros pensadores; traducciones de otros filósofos como Aristóteles (El hombre: animal social y político, la familia es el primer grupo fundamental y social, los grupos sociales se levantan sobre la familia).
La Iglesia cristiana es la única gran unidad que mantiene dominio sobre las dispersas ciudades y villas.
Tanto así que el no quiere participar se le obliga por la fuerza a ingresar a esta unidad.
Crecen las ciudades, se forman los Burgos, de allí salen los burgueses, que se mantienen en las ciudades y su actividad es esencialmente comercial. Surge un nuevo tipo de riqueza que interesó a los pensadores de la época, que enfocan el problema de la propiedad privada, estos pensadores cristianos ven la realidad en forma distinta de cómo la veían los pensadores anteriores como San Agustín.
Santo Tomás cree que la propiedad privada, si bien es cierto no es un Derecho Natural, esta está al frente del derecho Natural.
(Este juicio lo mantienen hasta hoy la Iglesia).
2 Proclamación de la Ley del Trabajo. (El que no trabaja no come)
3 Difusión de la fraternidad humana
4 Desigualdad de condiciones, origen de la diversidad de trabajo a ejecutar.
Santo Tomás sostiene que derribar al tirano no es solución si no actuar legítimamente en su derecho de un gobierno para todos.
Por encima del poder terrenal o político está la Iglesia.

El HUMANISMO
La Iglesia se mantiene unida por la fuerza; (XII y XIII), surgen en este período movimientos heréticos, que no critican la fe, sino, a la Iglesia Cristiana y al papado. Ellos inician la reforma.
Surge así el humanismo, Scoto se opone a Santo Tomás, se cree ver en él el movimiento individualista. (XIII).
La caída de Constantinopla, hace que huyan los sabios hacia Italia, desarrollándose un gran movimiento cultural. La Imprenta también contribuye.
En el siglo XIV aparece una nueva mentalidad económica, amparada en el comercio, la acumulación de la riqueza, de poder social y político.
Caracteriza a estos nuevos hombres en un afán de lucro, el interés y la usura. Esto trae una nueva mentalidad, una nueva realidad social que va desplazando los ideales de la Edad media.
Del siglo XII al XIV predomina la Escuela del Liceo Aristotélico.
Pero a contar de esta fecha última comienza a predominar "El Divino", Platón.
El humanismo adquiere una resonancia de primera magnitud, en los siglos XV y XVI.
Se destacan entre otros como el Dante, precursor del renacimiento.
Erasmo de Rotterdan, uno de los más grandes pensadores del humanismo, en su obra "El Elogio de la Locura", el lo llama un discurso, en que el primer personaje es de nombre Rafael Hevoleo, quien habla de la República, que es a su juicio la mejor forma de gobierno.
Se desprende aquí su juicio, su doctrina política y su opinión sobre la propiedad privada.
La sociedad de la época de T. Moro estaba compuesta por zánganos.
Y sostiene en su primera parte del libro que esta sociedad era tan parásita que eran incapaces de ganarse el sustento.
Este juicio sobre la sociedad llega hasta nuestros días.
Es considerado como precursor de las tendencias del socialismo y del marxismo.
Tomás Moro es un pensador pacifista, no tiene un buen juicio sobre la presión de las FFAA en la sociedad, cuando se plantea la defensa de la gente de una sociedad se necesita un ejército, pero sería igual que alimentar ladrones.
Más que el mantenimiento de una clase ociosa y de un ejército él cree que las "ovejas" la causa de la Crisis y del desasosiego social en Inglaterra, es en esa época la ganadería, donde se introducen todos los vicios.
Critica Moro a su época no para que avance sino para que retroceda hacía una época agrícola.
Es un análisis económico - social ajustado a la realidad, aunque Moro lo emplea para los ganaderos y la agricultura, podría servir actualmente para el maquinismo.
Dice que si los trenes que se emplean en la ganadería se emplearan en la agricultura, ocuparían muchos brazos ya que la ganadería ocupa un hombre para cuidar un rebaño.
Toda esa gente desplazada de los campos no podía hacer otra cosa ya que no sabían más que su oficio de agricultor, entonces, se transforma en ladrón, (pág. 129).

Francis Bacón
La nueva Atlántida no es en realidad una sociedad utópica tal como las de Moro y Campanella, por ejemplo. Solo se puede considerar como tal en el sentido científico que le da Bacon.
Las causas de las Utopías
Desprecio de la sociedad en que viven.
Desprecio hacia la libertad, que permite hacer lo que se venga en ganas a todos, o algunos más que a otros, permite este toda clase de atropellos.
Piden, entonces, reglamentar los catos de los individuos de la sociedad.
Campanella
Registra un gobierno teócrata, asistido por determinados maestros, a través de los cuales se realiza la plena justicia social, ya que quienes gobiernan son los más sabios de la sociedad.
La ciudad del Sol. Tiene diferencias fundamentales con la "utopía" de Moro, aunque reconoce la influencia de Moro y Platón. Esta obra esta escrita poco después del ajusticiamiento de Moro.
Campanella imagina una sociedad teocrática. Se preocupa de la familia en forma extensa ya que no le interesa la felicidad de los hombres sino el mejoramiento de la raza humana. Es así como planifica el matrimonio y acepta y aconseja la eugenesia y la eutanasia. Además se ocupa del control de la natalidad.
Características Sociedad Utópica
Propiedad Colectiva
Economía Agraria
Sociedad Nacionalista
Sociedad Igualitaria
Sociedad Tolerante
Régimen Democrático
Economía Cooperativista
Sociedad dirigida
Obligatoriedad del Trabajo y Conciencia del trabajo
Sociedad Independiente
Características Sociedad Capitalista Actual
propiedad privada
economía Industrial
Sociedad estamental por la riqueza.
Sociedad desigual
Sociedad intolerante
Régimen no Democrático (dictadura del proletariado)
Economía Dirigida
Sociedad dirigida
Conciencia de trabajo
(Dependencia?)


Características Sociedad Comunitaria Teórica
Propiedad Colectiva
Economía MIXTA (Industrial, agrícola)
Sociedad racional
Sociedad Igualitaria
Sociedad Tolerante
Régimen Democrático
Economía Cooperativista, Conciencia de trabajo
Sociedad dirigida
Sociedad Interdependencia (dependiente)
Sociedad con Sistema
La institución que iguala al pueblo es el trabajo, del cual nadie es desplazado.

MORO:
En Utopía se trabaja para auto abastecerse.
En Utopía están prohibidos los juegos de azar. La propiedad privada según Moro, es la causante de todos los males de la sociedad.
Para Moro, el hombre alcanza la plenitud cuando toda la sociedad se realiza, y, la sociedad se realiza desterrando el afán de lucro.
Los utópicos buscan el bien común, no usan la moneda, sino su economía estaba basada en el trueque.
Tomás Moro comienza la corriente utópica y constituye el principio de la doctrina política del mundo capitalista u occidental.
Cuando Tomás Moro habla de la utopía quiere decir que su Sociedad no se encontraba en ninguna parte, pero no por esto deba a entender que su sociedad no pueda existir en el futuro.
Para el sociólogo Max Weber, la utopía se refiere a una sociedad que no esta en estos momentos, ni tampoco estará en las actuales condiciones.
Hay varias concepciones utópicas entre ellas:
Mentalidad Cristiana: la Concepción de San Agustín
Liberalismo Humanista: contenido ético.
Concepción de Tomás Moro: idealismo conservador que pretende volver al pasado
Ser utópico es tener una nueva sociedad que establecer y por la cual luchar.
Las Utopías aparecen durante los tiempos de crisis. En el Siglo XVI Aparece la Reforma; en el siglo XV hay expediciones, descubrimientos científicos. La cosmovisión del hombre se extiende elementalmente para esa época y con esto se cambia la perspectiva total del pensamiento, se efectúan además cambios de las estructuras económicas de Europa. En el Campo ideológico también se producen cambios de importancia. Tomás Moro se da Cuenta de todo este proceso. Él piensa, ligado a su humanismo cristiano, en una sociedad agrícola rechazando las innovaciones tecnológicas, a las cuales teme y las culpa del desquiciamiento de la sociedad Inglesa y es debido a esto que quiere llevar su sociedad a una época anterior, desea detener el tiempo evitando que en su sociedad entre el elemento tecnológico. A partir de Moro se acrecienta el proceso de avance Científico y técnico, en virtud de la concentración de la burguesía. Los burgueses contribuyen a la aceleración del proceso de cambios sociales, introducen las maquinas y el proceso de intercambio, terminan con el feudalismo y con el regionalismo (la enfermedad de ciudades feudales). La burguesía hace posible la concentración de grandes centros de poder. Contribuyen a la creación de un poder político, con y gracias a su ayuda monetaria acrecentando la formación de naciones y grandes monarquías.

Maquiavelo

Obras: El Príncipe (1513), Los Discursos de la Primera Década de Tito Livio (1513), etc.
Posee un a posición de abierta crítica hacia la Iglesia, la Religión y a todos los valores de la Edad Media. Maquiavelo traza los rasgos de la concepción de un hombre, por definición egoísta, que desea dominar al mundo, y que es el principal hechor de la historia.
Representa el proceso de ruptura, esta vinculado a bienes materiales y deseoso de desarrollar una estructura que de plena seguridad a las personas que la componen. En esto, aunque formal o fortuitamente, coincide con Tomás Moro. Maquiavelo no cree en las Utopías y desprecia a los que hacen utopías y el se orienta a estudiar los fenómenos tal como se dan en su realidad. Da normas de una acción para tomar y mantener el poder. Es pragmático, como todo el pensamiento político que se desarrolla en el siglo XVII.
Esta importante teoría política se produce en todo campo: arte, ciencia. De esta manera, cuando el hombre transforma su cosmovisión así surge el Renacimiento. Tratan de cultivar las artes, el pensamiento y la filosofía de los antiguos. Particularmente el pensamiento de Platon. Tratan de desarrollar una concepción de la sociedad que en la medida de lo posible rompa los moldes de la edad Media. Sueñan un reencuentro con el hombre, que se halló perdido en la época obscura en que predominó la iglesia cristiana. No todos los del siglo XVI están despojados del Cristianismo y tratan de concebir una sociedad sobre la base de los principios cristianos. Ellos son Moro y Campanella.
Maquiavelo vive a fines del siglo XV y muere en el siglo XVI.
Sus obras: El príncipe, Discursos de la 1ª década de Tito Livio. El Arte de la Guerra).
No sólo se preocupa del pensamiento político, también escribió versos, obras teatrales. Escribe una de las obras más representativas de la época es “Mandrágora”. Durante 13 años fue funcionario público de la república de Florencia.
En su obra Maquiavelo sostiene que las guerras, las invasiones de bárbaros y el poder del Vaticano impiden la unificación de Italia.
En los 13 años en que fue funcionario de Florencia, llegó a ser como "subsecretario" de relaciones exteriores. Es un hombre de confianza, adquiere capacidades y se convierte en un conocedor de los manejos de los gobernantes.
Lorenzo de Medicis da a su reinado gran prosperidad y tranquilidad. También en la juventud de Maquiavelo surge Lavanarolli que gobierna durante cuatro años, de manera rigurosamente religiosa, critica a la Iglesia, pero es ajusticiado en la hoguera.
Los franceses invaden el norte de Italia, siendo aún joven. En 1498 asume el puesto de secretario Como secretario de una Institución llamado los "Diez de la Libertad y de la Paz", era un cuerpo de magistrados encargados de los asuntos de guerra y de paz.
En 1512 ingresan los Medicis, y Maquiavelo deja el puesto.
Se le prohíbe entrar al propio palacio y por último a raíz de un anónimo que llegan a mano de los Medicis pierde su puesto.
Es torturado en la cárcel y finalmente prueba su inocencia del cargo de conjurar contra los Medicis. Al confesar los cabecillas que habían incluido el nombre de Maquiavelo pensando que quizás podría participar en la Insurrección, es dejado libre. Se retira a la casa que le dejara su padre y escribe algunas de las obras que le hicieron famoso.
Mas tarde uno de los Medicis que le tiene gran simpatía le encarga una obra llamada la Historia de Florencia.
Caen nuevamente los Medicis y se instauran el Régimen Republicano, creyendo Maquiavelo que recuperaría su puesto, pero sus críticos dicen que desempeñó misiones para los Medicis, y no le permiten tomar su puesto.
Maquiavelo muere algunos meses más tarde, y nace su fama y esplendor, fama negra.
Campanella critica la obra de Maquiavelo, considerandola inmoral.
Francis Bacon sin embargo, la admiro. Montesquieu habla del gran Maquiavelo y así otros autores. Siglo XVIII un gran filosofó que se proyecta en todas las direcciones que entre sus sueños aspira a ser considerado el Maquiavelo alemán: es Hegel.
Entre los que critican a Maquiavelo está la Iglesia Católica.

LOS REGIMENES POLÍTICOS EN EL PENSAMIENTO CLÁSICO.

Aristóteles: La política. Trata de la ciudad y sus elementos. En el libro I defiende la propiedad privada y se adhiere a la esclavitud. En libro II hace mención a la república y a la constitución de las leyes. Usando un método comparativo llega a conclusiones y recomendaciones. Libro III, trata del tema del ciudadano. Hace la clasificación de los regímenes políticos; distingue 5 formas, Monarquía, Aristocracia, Oligarquía, Democracia, República.

Considerando esta como la mezcla de todos los elementos que se estiman indispensables.
IV.- Considera el régimen mejor, es práctica, no mucha gente, control de natalidad, ubicación mediterránea del estado, y considera absurdo igualar la propiedad.
V.- La educación de la juventud, importancia Educación Física y musical, no ofrece mucha diferencia con respecto a Platón.
VI.- Estudia los regímenes políticos, a la república, al gobierno mixto, a la estructura interna de las instituciones, a la teoría de la división o separación de poderes.
VII y VIII.- Continua con los regímenes políticos: se refiere a la estabilidad, las revoluciones y los cambios políticos, se basa en la experiencia histórica.
Polibio: Historia de Roma. Desarrolla en uno de sus capítulos su teoría acerca de las constituciones y las formas de gobierno. Cree que hubo un gran diluvio que desbastó a parte de la humanidad los sobrevivientes se multiplicaron naturalmente, el instinto y el sentido de su debilidad les hizo buscar la unión. Los más fuertes tomaron la dirección de la sociedad, que impusieron la fuerza física. Luego el sentimiento de simpatía hacia castigar a los culpables en venganza. Así surge una concepción del deber y de la justicia. La razón pasa a ser la base del Gobierno, en lugar de la fuerza. Hay una ley de crecimiento y decadencia de los Gobiernos.
Desarrolla así su teoría Cíclica. La única manera de terminar este ciclo es mezclar los mejores elementos de la Monarquía, la Aristocracia y la Democracia.
Cicerón: La República y Las Leyes. La importancia de su obra es considerar que todos los hombres están sometidos a una ley, por lo tanto que ser, de algún modo, iguales.
Hay derecho Natural universal que surge a la vez del gobierno del Mundo por Dios y de la naturaleza racional y social de los hombres, que los hace afines a Dios.

Paralelo – Polibio
1. - No afirmaba la perennidad, de la Constitución de Roma, limitándose a recalcar el contrapeso entre las distintas fuerzas.
2. - Ve una orden genética fija, en el sentido de que un sistema degenera solo en otro.
3. - Y Cicerón:
Ve en esta mezcla una garantía, a la vez, de igualdad digna de un pueblo libre, y de estabilidad.
Ve múltiples posibilidades de degeneración, así la Democracia puede caer también en tiranía.
Indica que prefiere la realeza como régimen puro, incluso dentro del Régimen Mixto ve un puesto para un hombre sabio y virtuoso.

San Agustín: Confesiones, donde relata su vida.
La ciudad Divina, escrita para desvirtuar la acusación que decía que el cristianismo era la causa de la desintegración del imperio, y hacer ver la impotencia de los dioses antiguos para la ciudad del infortunio, y ve en el cristianismo la salvación si los pueblos y los gobernantes se someten a sus creencias. Concibe 2 ciudades paralelas, que siempre han existido, la del hombre y la de Dios, solo esta última, que es el desprecio de sí, subsistirá y allí llegaran los virtuosos.
Santo Tomás: de Régimen Principesco. En su obra vuelve a constituir la política como Ciencia. Proclama la ley de trabajo.
Difusión de la fraternidad humana
Desigualdad de condiciones. Teoría Revolucionaria: derribar al tirano no es sedición sino actuar legítimamente en su derecho de un gobierno para todos. Por encima del poder terrenal o político esta la Iglesia.
Tomás Moro: La Utopía. Hace un análisis de la sociedad de su época. Compuesta por zánganos. Los problemas de su sociedad radican en la ocupación de los campos del ocio por la ganadería, que ocupa un solo nombre para el ganado, y deja a los campesinos sin trabajo, con el peligro de que estos se vuelvan ladrones Utopía es una isla en forma de media luna. El trabajo es la institución que iguala a los hombres, trabajan 6 horas, dedicándose el resto del tiempo al descanso y al desarrollo de sus facultades. La sociedad se realiza destinando el afán de lucro, y así se realiza el hombre. La propiedad es reglamentada, los bienes de producción están en comunidad, hay abundancia.
Gobierno democrático. Los hijos siguen la profesión paterna y cuando tienen otras inclinaciones son adoptados por otra familia.
F. Bacon: La Nueva Atlántida. Parte de la base de la prosperidad material y de los descubrimientos científicos. Se inclina por el establecimiento de una Monarquía fuerte. Sociedad regular debidamente organizada. Es imperialista.
Campanella: La Ciudad del Sol. Gobierno teocrático, asistidos por delimitados maestros a través de los cuales se realiza la plena justicia social, ya que quienes gobiernan son los más sabios de la sociedad. Se preocupa de la familia en forma extrema ya que no le interesa la felicidad del hombre sino el mejoramiento de la raza. Se ocupa del control de la natalidad, acepta la engenasia y la eutanasia.
Existen dos asambleas: una compuesta por sacerdotes y otra por el pueblo, los ciudadanos se dividen en 3 clases, tienen vida en común, no reconoce la propiedad privada, ni la vida de familia, y están sometidos constantemente a la vigilancia rigurosa del Estado.
Su ciudad es simétrica, con un Gobierno Teocrático. Solo pueden llegar a esta ciudad; quien tenga 35 años y sea sabio. Reglamente las vestimentas y las horas de trabajo.
Bodino: Soberanía Monarquía Absoluta. Aquella facultad que tiene sobre los individuos que habitan sobre cierto territorio. Puede ser soberano una asamblea, el pueblo o una persona, pero en todo caso la soberanía este depositada en cualquiera, es mejor que este en una persona. (Rousseau dirá lo mismo).
No se imagina al soberano, que representa generalmente la soberanía, siendo arbitrario, porque siempre esta guiando por los principios del Bien Común.
Rousseau no admite la existencia de sectores intermedios que representen.
Los Críticos de Bodino, recuerdan que cuando escribió los 6 libros de la República, era ya una notoriedad pero su obra le dio una fama relevante, porque su obra constituye una reseña de la Historia de la E. Media, pero actualmente no se lee porque es de una pesadez insoportable, ya que no supo asimilar los conocimientos.
Hay algunos que consideran que esta obra señala como comienzo de la Ciencia Política, pero para otro es el príncipe de Maquiavelo.

MAQUIAVELO:
El Príncipe
XV de la Alabanza y la Censura:
Es preferible que el Principe caiga en ciertos vicios por salvar su estado, y más preferible que practicar la bondad ya que no se puede actuar como tal entre quienes por naturaleza no lo son.
XVI Libertad y miseria:
El principe no debe ser liberal ni ser notado por ello, es preferible que se le considere avaro, ya que siendo liberal estará obligado cada día más y más, hasta que acabe su riqueza y la de sus gobernados, entonces puede ser odiado y despreciado y perder su principado.

XVII Severidad y Clemencia:
Si vale ser amado o temido.
El Conflicto Social
Sujeto: el hombre (El hombre hace su historia; Marx)

TOMAS HOBBES
El Leviathan:
Según hablo el hombre al formar la sociedad civil se desprende de todas sus facultades, renuncia a todos sus derechos, incluso a la libertad, sólo se queda con el derecho de vida, todos los derechos se lo entregan a un ente que es el Estado, que tiene por finalidad conservarle y ofrecerle seguridad.
Este contrato es permanente, el hombre cuando firma el contrato regirá al hombre aunque este no lo haya firmado. El Pacto según Hobbes es conceptual no histórico. Él imagina esa idea de un acuerdo, para liberar al ser humano de esa pugna inaguantable y permanente.
El Estado se genera de este pacto y es acordado por hombres libres e iguales de naturaleza. Hombres que se tienen iguales entre sí, solo a ellos pueden contratar. Cuando firma el contrato nace el derecho, las legislaciones jurídicas.
Los hombres entran sin condiciones a ese ente que lo va a representar. Entregan sus derechos al Leviathan y por consiguiente entregan la propiedad privada a ese ente.
Aparentemente Hobbes no es partidario de hacer desaparecer la propiedad privada, claro que esta se encuentra regulada por el Estado. Lo mismo ocurre con la Libertad. El Estado está gobernado para toda la colectividad. Por eso no cree que vaya a existir la rebelión, porque cree que el Gobernante va a respetar el pacto. El Leviathan es un órgano justo.
Lo que desarrolla Hobbes en el Leviathan es un estado orgánico, totalitario. En su estructura es la suma de las voluntades de todas las personas. Hobbes compara al Estado con el Organismo Humano. Mussolini definió el Estado Fascista como un E. Totalitario todos vinculados a un mismo fin.
Hobbes tiene también como todos los sistemas políticos una posición frente a la Iglesia y sobre todo a la Religión.
Se dice que era parte dedicada a la Iglesia es una Latera.
La Iglesia esta supeditada al E. Cabe recordar la época en que él vive la inquisición tiene aún importancia y se quema en la hoguera a todos los herejes. Hobbes no es de pensamiento católico, sino que protestante. Su obra se habla en Index es decir entre los libros prohibidos de la Iglesia. La influencia Hobbes en la época que él vive justifica los Gobiernos Absolutos o totalitarios. Algunos Críticos de Hobbes dicen que su obra ha influido sobre todas las doctrinas posteriores por Ejemplo. El Liberalismo, las tendencias totalitarias del Siglo XX y también los socialistas del Siglo XX.
La Filosofía de Hobbes es sobre todo Individualista, es una filosofía que defiende al individuo, la moral de él. Si llega a apoyar el Gobierno Absoluto es para darle garantías a los individuos. El E. Absoluto difiere del E. Actual en muchos aspectos.

John Locke y Hobbes

Locke también desarrolla el Contrato y el Estado de naturaleza, también el Individualismo.- Hobbes critica a Aristóteles cuando este dice que el hombre es Social.
Hobbes dice que el hombre vivía en un Estado de natura, que este era irracional. Locke afirma lo mismo pero que este es racional, esta de acuerdo en que el hombre realizó el contrato pero no que perdió los derechos todos. Dice que el hombre debió guardarse otros derechos como la propiedad privada y la libertad. Puesto que él dice que el hombre sin libertad, es un hombre sin dignidad y prácticamente no es un hombre.
Locke no admite que el hombre entre a una nueva sociedad política con solo la vida, dice que el hombre siempre va premunido de tres elementos que se guarda para sí: Derecho a la vida, Libertad y propiedad Privada. Por eso es considerado, con justicia, el padre del liberalismo Político. No es un liberal en Economía. El no admite una propiedad ilimitada. Él introduce en la propiedad el concepto de Función Social.
Dice que el hombre debe tener propiedad limitada a lo que es capaz de explotar. La extensión depende de la necesidad de cada cual. Permite la expropiación de la propiedad ociosa.
Ambas concepciones son materialistas ambas parten del egoísmo del hombre son individualistas. Ambas recurren a la idea del Pacto que da Origen al Estado.
Hobbes se orienta hacia un régimen absolutista, régimen preponderante de la época. En la época de Locke comienza a hacerse débiles las monarquías y comienza a surgir el parlamentarismo que derriba algunas dinastías, como la de los Stuardo en Inglaterra.
La diferencia fundamental entre Hobbes y Locke surge de las diversas orientaciones de sus fundamentos.
Locke señala 3 poderes, que al tener bien precisas sus funciones y jurisprudencia, no podría producirse el Absolutismo, uno de los poderes es el Legislativo, el otro el Ejecutivo.
El Ejecutivo, Locke los señala como la fuerza de ejecutar las leyes, de cumplir lo que el legislativo ordena. Este ejecutivo tiene un poder discrecional, lo que significa que el poder Ejecutivo puede realizar actos que no están incluidos en el poder legislativo.
El tercer poder es el encargado de las relaciones exteriores, el de relación con otros Estados.
La obra de Hobbes más profunda filosóficamente que la de Locke.
La obra de Locke, logró gran Influencia, su influencia se hizo notar en su teoría de la División de Poderes. Influye notablemente con la concepción del liberalismo Político. , Todo el Siglo XIX es un Siglo de liberalismo en todo el mundo.
El Liberalismo político tiene un capítulo fundamental y el cual no puede decirse que haya caducado hoy día y son los que se refieren a los Derecho de la Personalidad, a la vida, a la libertad y a la propiedad.
Todas las constituciones contemplan estos principios. Estos principios son de Locke.
Se le considera el padre del Liberalismo Político, del Constitucionalismo, de las Garantías Individuales.
Siguen su tendencia los filósofos franceses que viven también en un régimen absolutista. Mucho más perfeccionado y despótico del que vivió Locke.
Se destacan Montesquieu y Rousseau. En el siglo en que ellos viven se denomina siglo de la Ilustración. (Siglo XVIII).
Decían que por medio de leyes científicas podía predecirse los aconteceres políticos. Pretendían fundar una Ciencia política que predijera los fenómenos políticos.
Esa es la mentalidad del Siglo XVIII.
Por eso MONTESQUIEU comienza diciendo en su libro "El Espíritu de las Leyes" toda la Naturaleza esta regida por leyes. Y el hombre debe discutir las leyes, para lo cual utilizaban un método preciso como la Razón.
En VOLTAIRE llega a un punto culminante la fe ciega por la razón.
La obra fundamental de Montesquieu es "El Espíritu de las Leyes", y otra es "Cartas Persas".
Vive en una época en que el absolutismo llega a su punto culminante de fuerza y significación Histórica.
Toda esa obra es propia de una persona obsesiva, que tiene conocimiento sobre la libertad del individuo.
En su época la Monarquía se había establecido como una Institución Constitucional.
Él viajó a Inglaterra y cree encontrar en la organización Política Inglesa, un sistema de mecanismos que era otra seña que la División de Poderes, el cual le permitiría salir de los males que sufría Francia.
Creyó ver en la Organización Inglesa una separación absoluta de poderes, equivocadamente.
Creyó ver el mejor remedio o antídoto para la monarquía absoluta.
En las Constituciones Modernas incluso en Chile no se acepta la separación absoluta de poderes.
Montesquieu se preocupa además de otros aspectos del hombre. No es tan solo un pensador político, es también un pensador social. Se interesa por el desarrollo de la sociedad. Se pregunta por qué unas Sociedades se desarrollan y otras permanecen iguales o estáticas.
Él observaba que había sociedades progresistas y otras regresivas o conservadoras y definía sus características, el medio geográfico y climático.
Vio una zona tórrida, templada, fría, y que dentro de este tipo de zona se desarrollaba un tipo de sociedades.
Clasificó formas de gobierno, teniendo como correlación al medio geográfico, habla de tiranía, monarquía y república. En las zonas tórridas son propicios los gobiernos tiranos, la república a las zonas templadas, y a las zonas frías le asigna la monarquía.
Tiene influencia en los pensadores sociales. Se dice que es el fundador de la sociología.
Él utiliza el método de la encuesta para preguntar que les parece el Régimen Político a los ingleses.
Montesquieu utiliza además otros métodos como el Histórico, el comparativo (en su obra "Las Cartas Persas" y el "Espíritu de las Leyes") consiste esta en comparar las instituciones de su época y extraer las ventajas.
También ha sido considerado el fundador de la Sociología Jurídica.
Es pues un pensador eminentemente Racionalista y Liberal.

Juan Jacobo Rousseau
No es un autor bien tratado en las obras Políticas. No le han dado la atención que su personalidad requiere. Obras: Contrato Social (quien pretenda conocer a Rousseau solo por esta obra significa que no le interesa o no lo quiere conocer); "Ensayo sobre la desigualdad de los hombres", "Ensayo acerca de los Espectáculos", "Ensayo a D'Alambert (Enciclopedista) "El Emilio", "Julia o la Nueva Eloísa", "Profesión de fe del Presbítero Jovolla", "Confesiones", también su diccionario de la Música", "Discurso acerca de las ciencias y las Artes".
Con su obra "Emilio" influye en la pedagogía Moderna y es el padre de la Pedagogía Contemporánea.
Julia o la Nueva Eloísa, desarrolla una nueva concepción del Amor; Rousseau es un Romántico, el más grande de la época.
Con su obra "Confesiones" inicia el género autobiográfico.
Su Concepción sobre la naturaleza del hombre, influye en lo que hoy se llama Antología.
En cierto sentido influye, a lo mejor para mal que para bien en la música. Se introduce en la aristocracia francesa como único músico, profesor y no como ideólogo.
J. J. Rousseau
Siglo XIX: cambio social, se atribuye el fundamento de cambio a J. J. R.
Despertó el odio de sus compañeros, los Enciclopedistas. Rousseau es el lado positivo, el que prevé la restauración de la república, y cuando esta se instaura es el nombre de J. J. R. El que se levanta.
(las confesiones - Rousseau)
Nació Ginebra 1712. Los padres fueron Isaac, y Susana Benard, 15 hermanos, padre relojero, al nacer muere su madre. Tenía un hermano que a los 14 años desaparece del mundo.
Desde muy pequeño leía acompañado por su padre. (Plutarco y otros libros).
12 años entra a trabajar en casa de un relojero, después de un grabador, y así sucesivamente, casi todas labores domesticas.
Ginebra era una ciudad de vida religiosa intensa, eran sus habitantes Calvinistas, fines del siglo XVII, feudal típica, amurallada, a cierta hora nadie más podía entrar, y aquel que se quedará afuera de la ciudad era castigado al volver. A los 14 años, acostumbrado a recorrer los campos de las ciudades, tendencia que nos muestra por el gusto que tenía por la vida natural, quedose afuera (6 P.M.). Decide en vista de los castigos tan a menudo que sufría, irse de la ciudad. Se fue al norte de Italia, Saboya, Turín, y esos lugares trabajo como empleado domestico, a los 14, 15 y 16 años, en casas de familias burguesas, y entre la naturaleza del campesino y el de la ciudad sacó conclusiones, que el campesino es un hombre bueno y el de la ciudad es corrompido.
Antes que llegara a la ciudad, Rousseau, que era calvinista, llega a un convento a instancia de su protectora Madame de Maran, ella tenía una especie de centro de convención religiosa en la frontera con Suiza, y al parecer también de espionaje, con el propósito de que el joven Rousseau siguiera un curso en el convento. (Dice que se convierte al catolicismo para seguir Comercio). El se define como un joven buen mozo, relata una serie de aventuras amorosas. A causa de pequeños datos de niño le quedó el Epíteto del Ladrón de Turín, especialmente sus críticos.
Su vida como empleado, el trato que se le daba, sirve para mostrar las diferencias sociales.
Dice así Rousseau, que justifica a los pueblos que se levantan contra sus jefes que consienten las injusticias sociales.
Rousseau robando minutos y horas al descanso, estudia y lee.
Con ese bagaje de didacta vuelve donde Madame de Maran.
Rousseau perseveró en la música y llega a ser un buen músico.
Cuando por primera vez va a París, llega por los barrios oscuros y pobres de los obreros.
En París instala una escuela de música.
Conoce a los Enciclopedistas y conoce allí a Voltaire, este ve en Rousseau un hombre sin cultura, malos modales y hasta grosero.
Se inicia una mutua detestación.
Rousseau entra a la corte donde era peleado por las damas, por ser extravagante, audaz, sin inhibiciones sociales.
Algunos señores de la corte le prestan protección a pesar de Rousseau.
Y este débil enfermo y sin voluntad, al decir de sus críticos, luchó contra la Monarquía absoluta más importante de Europa.
Deja de ser músico, y comienza a entrar en el terreno político y social, y esta afición nace en forma fortuita. Estando Diderot prisionero, fue a visitarlo y llevando en sus manos un Diario, El mercurio, se sienta en un banco y lee que se llama a un concurso, sobre el Arte y la ciencia y su influencia en el progreso. Le emociono el tema hasta las lágrimas y se dedicó a escribir un ensayo, porque en el camino hasta la cárcel desarrollo el tema, concibiéndolo como que las Ciencias y el Arte solo contribuyen a la infelicidad de hombre.
Teresa de Levaseur, vive con ella 27 años, con quien tuvo 5 hijos a quienes no conoció porque los abandonó.
El primer Ensayo de Rousseau acerca de Las Artes y las ciencias anuncia todo su pensamiento posterior.
Este ensayo es fundamental para conocer la personalidad de él.
El hecho de haber abandonado a sus hijos le hace sentir un peso de conciencia. Esta es la parte negra de su vida.
Rousseau recuerda a Platón cuando este decía que los gobernantes y guardianes sus hijos los debían abandonar y el Estado se encargaría de educarlos. Esto lo dice cuando desarrolla su Sociedad Ideal.
En el ensayo acerca de la desigualdad de los hombres que también fue presentado al Concurso. Es el anticipo de la obra cumbre "El Contrato Social". Es un critico de la sociedad. En "Confesiones" hay pasajes en que desarrolla ese espíritu critico, lo vemos cuando compara al hombre de campo y el de la ciudad.
Rousseau sostiene que a medida la ciencia y el Arte progresan el hombre se hace más infeliz, se aleja de sí mismo. Esto solo serviría para enjuiciar el régimen absolutista de su época.
El Contrato Social
Formas de Gobierno
La obra de Rousseau es muy discutible y polémica dado que actualmente las sociedades más avanzadas como EE.UU. existe un desajuste social.
Un autor, Popenhaim desarrolla el pensamiento de J.J.R. en su obra Enajenación del hombre Moderno.
Muchos autores critican la función de la Maquine dado que esta reemplaza los valores del hombre los antiguos pensadores creían que la Maquine era la liberación del hombre, y de dependencia o servilismo. El trabajador cuando recién se introduce la maquina, la sabotea porque cree que lo va reemplazar.
Pensadores como Ortega y Gasset, Spengler y otros creen que entre el hombre y la maquina existe una antítesis, un vacío, una barrera insalvable.
En 1953 alguno de los mas altos intelectuales de Alemania se reunieron en Munich, para estudiar la relación entre Arte y la Tecnología.
Todos se muestran escéptico de la tecnología contemporánea, ya que ella no ha modificado la estructura social. El hombre, dicen, se muestra insensible ante los problemas de los demás hombres.
Popenheim, dice que este problema es más grave si lo trasladamos al campo político, aquí la enajenación es más marcada. Se dice que la Sociedad es Politizada pero que el hombre común no se encuentra atraído por los problemas políticos, ni siquiera por los problemas sociales.
En el ensayo “Desigualdad de los Hombres" se encuentran antecedentes del Contrato Social. Este libro con una dedicatoria a Ginebra, está escrito en forma de discurso.
Dice en cuanto a la libertad, que al realizarse una revolución siempre se aprovechan los embaucadores. Dice que en su sociedad los más fuertes oprimen a los más débiles.
JJ. Rousseau tiene una visión religiosa, invoca siempre una voluntad superior.
Distinguen 2 desigualdades: de la edad (natural) y de la Moral Política (privilegios que tienen unos con respecto a otros, no es consenso).
Critica a Hobbes cuando este dice que el hombre es por Naturaleza Intrépido pero que en el Estado de Naturaleza el hombre es temeroso. Hobbes dice que el hombre en el Estado de Naturaleza vive con temor. Rousseau dice que no, sino que al ingresar a la Sociedad se hace débil, temeroso, se transforma en esclavo.
En la medida que el hombre progresa, en ese mismo sentido se esta destruyendo su personalidad.
En el tránsito de un estado al otro el hombre se está transformando en un bruto feliz.
En el estado de naturaleza es un bruto feliz, sin prejuicios, sin estar atado a una sociedad, inocente, al pasar a otro estado se transforma igualmente en bruto. En estado de Naturaleza el hombre no es malo porque es inocente, no es injusto.
¿Cómo surge la Sociedad Civil?
¿Cómo este hombre bueno comienza a vivir en una Sociedad Política?
Lenta evolución del hombre. Primero procuró su conservación. Sus necesidades, la naturaleza se las satisfacía. A medida que el hombre se multiplica en la tierra sus trabajos también se multiplicaron, el dinero tuvo influencia, al igual que el medio geográfico.
Los volcanes, el rayo lo hicieron conocer el fuego, ellos lo retuvieron y sus comidas ya no se las comían crudas.
Todas estas explicaciones Rousseau se encuentran en la Antropología Moderna.
Todos estos progresos que van encadenados el uno con el otro, procuran al hombre otros progresos inmediatos.
Dice que la Industria fue desarrollándose lentamente. Utilizó ya el hacha, etc.
Nacieron las familias. El vivir reunido hizo nacer el amor maternal, el conyugal, la lealtad familiar.
Las nuevas condiciones que surgen hacen que se entablen nuevas relaciones entre los hombres, relaciones que indudablemente eran desconocidas en etapas anteriores.
El hombre que se hacía justicia por si mismo ya no la va ha realizar, la va a dejar en manos de la sociedad.
Cuando el hombre ayudó a otro desaparece la igualdad, al igual cuando aparece la propiedad, y se somete a los hombres a la esclavitud, es ahí donde aparece con mayor nitidez el concepto de desigualdad.
Rousseau es el Teórico de la Soberanía popular.

El Contrato Social fue escrito en 1762, junto con otra obra que ha tenido gran influencia pedagógica, "El Emilio". Más Importancia les da a sus ensayos.
Su intención era escribir un tratado político en que analizara la sociedad, con el titulo de "Instituciones Políticas".
Dentro de su propósito J.J.R., escribió una serie de fragmentos que pasaron a formar parte de ese análisis sistemático a las Instituciones Políticas. En Confesiones relata que hace pedazos los escritos sobre esta materia y solo deja los más importantes pasando a formar parte del "Contrato Social".
Esta obra contiene todas las tesis fundamentales desarrolladas en sus ensayos y discursos. Allí se encuentran sus ideas sobre la soberanía popular, la sociedad civil, el estado de naturaleza.
Los conceptos son los mismos que se usaron en el Derecho Constitucional clásico.

CONTENIDO: Primero hace un análisis de Antropología Social. Analiza el desarrollo humano desde la antigüedad. Estudia la fuerza como generadora del poder. Estudia la Institución de la Esclavitud, el pacto social la Naturaleza del Pacto. Define lo que entiende por soberanía. Estado Real. Después de difundir, se dedica a caracterizar esos conceptos.
Así dice que la Soberanía debe reunir ciertas características dice que ella es inalienable y por consiguiente define lo que él entiende por inalienable.
Que es inalienable: la caracteriza como Infalible.
Después entra a estudiar los limites del Derecho del Soberano.
Entra a estudiar lo que es legislador y estudia largamente el concepto de Pueblo. La Soberanía es absoluta.
Libro III. Trata específicamente un concepto que él opone a Soberano, y es el Gobierno. Estudia en Primer lugar que es un Gobierno. Los principios acerca de la formación de los Gobiernos, se evoca a estudiar a un Gobierno especifico y es así como estudia la democracia, la aristocracia, la monarquía y por último un Gobierno mixto.
Se dice que fue un partidario acérrimo de la Democracia directa, pero en su obra El Contrato Social dice que a cada pueblo su gobierno. Con lo cual él propone una forma de gobierno atendiendo a ciertas características sociales, geográficas etc. También trata aquellos elementos que hacen que un gobierno sea bueno.
También estudia los abusos del gobierno, como se corrompe o destruye un cuerpo político. También se interesa en saber como se mantiene la voluntad soberana.
Después de haber hecho este análisis vuelve a definir la institución de gobierno y lo define como un contrato.
El Libro IV trata de una materia que debía quedar en el Libro II. Contiene una serie de materias aparentemente inconexas. Estudia los sufragios y acto seguido las elecciones, los Comicios Romanos. Para él el más completo gobierno de la historia ha sido el Romano.
Analiza la dictadura, la censura, etc. y curiosamente al final estudia la Religión Civil lo mismo que Hobbes, claro que si existiendo diferencias.
Resumen hecho por él mismo: Se plantea problemas
¿Que hace que estemos frente a un Estado? ¿Que lo distingue? Responde que es la unión de la voluntad de los miembros.
¿De donde nace la unión? Esta unión nace de la obligación que los une. Hay en ellos un sentimiento de deber.
¿Cuál es el fundamento de esta obligación? Dice que aquí los autores se dividen y forman distintas escuelas. Según algunos surgiría de la fuerza. Otros de la autoridad paterna. Y encontramos aquí el origen del estado en la familia.
Una tercera escuela dice que la obligación nace de una voluntad divina.
Para Rousseau es una convención entre hombres y esta sería la cuarta forma de interpretación. Acuerdo religioso.
Aparece la Idea de Pacto Social.
Esto lo habían dicho Hobbes, Locke y los estoicos lo habían enunciado. Sigue diciendo que el pacto es una especie de contrato particular, de uno hacia todos y de todos para uno. Hasta aquí no difiere de Hobbes. Este acuerdo reciproco que obliga, lo deseó una voluntad general, y este es el orden, la regla. Suponía lo que él llama el Soberano. Es aquí donde entra a jugar un 2 Concepto Político fundamental, el soberano, este esta formado por la voluntad soberana. Lo describe y caracteriza. Que hace y como.
¿Cómo obra este ente abstracto? Sostiene que obra por medio de las leyes.
¿Que es una ley? Aquí desliza una definición importante. Y dice que es una manifestación de voluntad solemne y pública que afecta a todo el Interés Común.
¿Se deben plantear a problemas particulares o generales? ¿Quién ejecuta la ley, lo lleva a casos específicos o concretos? Para él la ejecuta el gobierno.
¿Qué es un gobierno para él? Dice que es un cuerpo intermediario entre los súbditos y correspondencia, encargado de la ejecución de las leyes y el mantenimiento de la libertad tanto civil como política.
Ve las diferencias en ambas sociedades y expresa: Que el hombre ha nacido libre y en todas partes es esclavo. En Estado de naturaleza el hombre es libre; igual y amoral en el sentido de desconocer ciertas nociones éticas o morales como sería la justicia, la maldad, etc. No esta guiado por sus instintos de matar. En este estado se actúa sin coacción. Es un bruto feliz, caricatura de hombre, para algunos autores. Es soberano de sí mismo, se desarrolla a sí mismo. La desigualdad aparece cuando alguien clavó una estaca para limitar su propiedad. De ahí nace la primera diferenciación. Haciéndose imponible el estado de naturaleza. Debe haber un acuerdo, que más convenza a todos, y es el Pacto Social.
Hobbes ve el P. S. como una decepción de los hombres, que viven en lucha y que lo hacen para conservar su vida.
J. J. Rousseau lo ve como un medio para conservar la libertad natural y la vida, por esto surgen todas las estipulaciones del contrato.
Estas causales se entienden por la transferencia de todos sus bienes a la sociedad. Aclara Rousseau que se basa en que la vida es igual para todos. 2 Renunciando a todos sus derechos, la unión es perfecta. De algún derecho quedaba entre los particulares, subsistía por lo tanto el Estado de Naturaleza.
Define el Contrato. Social: Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder, bajo la Suprema Dirección General y recibimos en incorporación a cada miembro como parte del todo".
Surge a aquí un poder Moral Colectivo, Cuerpo político. Esta frenado por todos los miembros que se unieron. Cuando este cuerpo es pasivo se denomina Estado, y cuando es activo, vale decir legisla, ejecuta, se denomina soberano. Dentro del Estado hay ciertas Asociaciones, la reunión de todas ellas toman el nombre genérico de pueblo. Cuando el pueblo participa en la generación del soberano, se denomina ciudadano, y cuando, cada miembro acata las leyes toma el nombre de Súbditos.
Al tratar de la Sociedad Civil, R., se preocupa nuevamente de establecer una diferencia con el Estado de Naturaleza se pregunta ¿Qué ha perdido el hombre a convenir una Sociedad Civil?. Pierde su libertad natural y gana la propiedad privada.
Libertad Natural, es aquella donde la libertad llega según las fuerzas.
Libertad Civil, esta limitada a la voluntad general. La propiedad en un estado civil se basa en un titulo positivo, en estado de naturaleza cada uno se posesiona de lo que desea. (Acto positivo).
Dice que los terrenos en la Sociedad Civil, el hombre debe apropiarse de ellos cuando estén sin ocupar, que se tome lo necesario, y que la posesión sea solemne. Es como vemos partidarios de una propiedad privada. Terrenos Social.
Toda Sociedad debe estar regida por el principio Interés Común.
Soberanía: ¿Puede crear la voluntad general? Dice que la voluntad general es siempre recta, y tienden al bienestar de la sociedad. Dice que el hombre no se corrompe. La voluntad de todos tiende al bienestar común.
La voluntad ya no tiende al bien Común cuando dentro de la Comunidad surgen fracciones o asociaciones particulares que se interesan por su bienestar privado.
El Soberano es infalible cuando no existen grupos intermediarios. Solo existe el Individuo como particular y el Soberano. Porque a medida que pertenezca a grupo su voluntad se distorsiona.
Además de ser Inalienable, indivisible e infalible la soberanía es también Absoluta. Vale decir que no puede existir otro poder que se le esté oponiendo.
Rousseau no es partidario de una democracia representativa. Porque este tipo de democracia requiere la división de poderes y el surgimiento de Grupos políticos. Esta tesis no es Admitida por él, ya que dice que cada individuo debe tener una opinión propia, y cuando surgen las asociaciones o grupos la voluntad se distorsiona, por lo tanto la soberanía es posible, se equivoca.
¿Cómo se expresan o realizan las ventajas de la sociedad civil? ¿Cómo se les garantiza la propiedad privada y la libertad?. Expresa que se garantiza a través de la ley. Gracias a la legislación se da vida al cuerpo Político.
Dice que toda justicia viene de Dios, Dios es la fuente, de ella Misma. A su juicio la república es aquel estado regido por ley, cualquiera que sea su forma de Administración, porque en el se gobierna en interés común y por medio de la ley todos los ciudadanos están garantidos para él, sin ley no existe la Sociedad Civil.
Concepto de Pueblo. Dedica 2 Capítulos a este concepto. En uno de ellos se preocupa de la extensión del Estado, y dice que cuanto más grande es un Estado es menos eficaz. En la actualidad esta tesis cae en Contradicción.
Dice J. J. R. que la Administración resulta mala en largas distancias. En su época tuvo validez, hoy no se admite por el desarrollo de los medios de comunicación. Además veía las trabas administrativas con la burocracia, lo cual tiene gran actualidad. Primero dice, hay que preocuparse de un buen Gobierno que antes que en los recursos de un territorio.
En el capítulo 10 vuelve a preocuparse de la extensión de los territorios. Dice que puede medirse la extensión por el numero de habitantes y por la extensión del territorio.
Rousseau tuvo gran afecto hacia Córcega, la idea, a la cual le redactó un prospecto de Constitución y dice que ese país Asombrará al mundo.
Libro III El cuerpo político tiene dos móviles; la voluntad, que corresponde al poder legislativo, este poder formado por el pueblo y un móvil físico, que corresponde al Ejecutivo.
Define lo que es para él un Gobierno.
Sus miembros se llaman Magistrados y el cuerpo entero Príncipe.
En el Gobierno se encuentran las fuerzas intermedias. El Gobierno recibe del Soberano las ordenes que da al pueblo. Ni el acontecimiento puede cambiar las relaciones del pueblo, ni los diferentes gobiernos pueden ser buenos en todos los pueblos. 10.000 personas forman el Gobierno. Por lo tanto los 10.000 son súbditos del Soberano y el Gobierno es súbdito de los 10.000.
Dice que a medida que el pueblo es más numerosos, las fuerzas represivas deben también ser mejores.
¿Que es un Gobierno? Clasificaciones.

Democracia: cuando los que gobiernan es un gran número de Magistrados, que son más que los ciudadanos.
Aristocracia: existen más ciudadanos que magistrados. Solo varían el número de los que están gobernando.
Monarquía: cuando esta gobernando un solo individuo, es la forma más común en su época.
Un Gobierno democrático será el de la mayoría, la mitad más uno.
El Gobierno Aristocrático la minoría, la mitad menos uno, hasta el grupo, más pequeño.
¿Cuál es la mejor forma de Gobierno?
Las circunstancias históricas y sociales con los que determinan la mejor forma de Gobierno.
La Democracia en su sentido más amplio no ha existido jamás, ni existirá jamás.

Aristocracia: Distingue 3 clases: La natural, la electiva, la hereditaria. La Natural consistirían la selección de los hombres. La Hereditaria, que debe ser destacado, es la peor forma de Gobierno. La electiva es la mejor, es la verdadera Aristocracia.
La aristocracia tiene ventajas sobre la Democracia.
Porque sus miembros son elegidos. El Gobierno sería de los mejores. En cambio en Democracia todos nacen magistrados.
Al elegir la aristocracia electiva, al analizar las virtudes del gobernante, esta recordando a Platón, en igual forma cuando aduce que en las sociedades pequeñas se desarrollan las mejores formas de Gobierno.
Monarquía: distinguen entre una Monarquía electiva y una hereditaria, pronunciándose largamente en contra, la considera permisiva. Solo es conveniente para los grandes estados. El problema más grave es la sucesión.
Gobierno Mixto: dice que no hay gobierno mejor que otro, si no se atiende a las causas. Para él todos los pueblos no pueden ser libres, la libertad histórica.
No favorece en todos los climas.
Dice que el estado consume y no produce nada, viviendo de los miembros lo que este consume, surgido de un excedente económico de estos últimos, ya que si esto no se produjera, este cuerpo no habría podido nacer.
Este excedente no es el mismo en todos los países, lo cual tiene mucha urgencia actualmente. Por eso los Gobiernos no son de la misma Naturaleza. Cada pueblo se dará su forma de Gobierno, de acuerdo a sus relaciones o condiciones sociales. Las obras "El Contrato Social" y "El Emilio" le costaron grandes sinsabores.
Por "El Emilio" se le acusó de conceptos de la juventud "El Contrato Social" enjuicia violentamente a la monarquía, en la que él vive, donde es favorecido y protegido, por las Cortes.
Tuvo que salir de Francia, no pudo regresar a su pueblo Ginebra, por que el Emilio fue considerado corrupto y prohibido.
Todos los países lo consideraron un enemigo. Peleó con todos sus amigos, los cuales le volvieron la espalda. Prácticamente rompió con todo el mundo intelectual de su época (Voltaire, Diderot, D'Alambert, un músico Litz).
El Zar Ruso lo quiso proteger, pero se negó J. J. R.
Un filósofo inglés David Sim lo acogió en su casa y no congenió con él. Comienza a sentir síntomas de desambientación social, ya que ningún ambiente era acogedor para él.
A los 40 años es considerado en los pueblos como un ser estrambótico, medio loco. Entonces tiene una obsesión que todos los hombres lo persiguen, por lo cual huye de todos los pueblos.
Vuelve a Francia gracias a sus amigos, muere algunos años después, acogido por un aristócrata que le cedió un castillo, muere de delirio de persecución el 2 de julio de 1782.

La Revolución francesa
El racionalismo histórico
La idea de la Causalidad.
Libertad, Igualdad, Fraternidad (Ideales del siglo XVIII)
La burguesía - Revolución, R. Política, R. Industrial.
Causas: 1) la desigualdad, 2) La gala que hacían los que gobernaban y el empobrecimiento de los demás.
(hambruna)
Danton, Robespierre, Lenín.
El terror, el termidor.

La Revolución Francesa
El Abate Siéyes podemos agregar lo que dicen algunos autores, lo consideraría del nacimiento del Abate con grandes acontecimiento, 1778, estaba en pleno auge la definición de las ideas de J. Locke, los derechos individuales, así en su obra. Los derechos del hombre en Sociedad, lo analiza más tarde, ese año se publica El Apunta de las leyes de Montesquieu, la separación de poderes que Seyes trató de imponer, llega ese año, J.J. Rousseau, que inspira al Abate en su ensayo acerca de Los Privilegios, ese año Voltaire es el rey del mundo intelectual Europeo, y este Abate sigue su ideario a pensar de ser religioso.
El Abate, niño, se formó en un pueblo donde nació, Frepas, que tenía una gran tradición religiosa, y es, por eso que sus poderes lo hacen ingresar al seminario de San Sulpicio en París, a los 15 años. Este seminario se caracterizó por una gran disciplina, que no era observada por el Abate, a pesar de ello es ordenado sacerdote.
Cuando se emana los Estados Generales, representa al clero es decir a los privilegiados, por teoría. Sin embargo su norte frustrado, y a que debe rendirle pleitesía al obispo. Por eso llega a confesar que ve haber sido servil hubiera llegado a tener un alto cargo, pero no es nada.
El Estado llano, se pregunta, que es, es todo, pero hasta ahora el tercer estado no es nada.
Se plantea aquí toda la problemática de la Revolución.
Su papel fue la de un teórico, un elemento moderado, quizás por eso llegó a vivir hasta el TERMIDOR y según, figurando hasta el termino de la Revolución paso a constituir el directorio, 18 de Numerio y es uno de sus miembros junto a Napoleón.
La otra figura, por lo controvertido, es el conde de Mirabeau. (José Ortega y Gasset: Mirabeau, el político).
Nació en Provenza en 1749, por ambas salas familiares tiene dementes.
Los Socialistas utópicos del Siglo XVIII.
Hay tres principales: El Abate Nably, Moreille, Juan Meslier.
En un área rural de Francia sus fieles eran siervos, por que había aún feudalismo. Dependía de la limosna y del Señor feudal, para vivir.
Ejemplo "el testamento".
Los otros dos creen que la humanidad se va encaminando racionalmente hacía un mundo mejor.
"Como se forja una Revolución".
Máximo Gorky.
Masly ataca la religión. Aconseja la revolución. Su obra no es conocida en vida ya que aparece mucho después de su muerte.
Se da cuenta que no puede hablarle a sus fieles de una vida extra terrenal, mientras ellos se morían de hambre, en la tierra. Culpa de esta situación a la Iglesia. Más que un Socialista es un comunista utópico.
Los otros Socialistas utópicos además creen en la Soberanía Popular, al igual que en el pacto social, y en la división de poderes de Montesquieu.
Atacar la propiedad privada, criticando la profunda desigualdad social. Se puede decir que preparan espiritualmente a la Revolución Francesa.
Consolida la Revolución Francesa, el directorio dicta la ley central de la Asociación, siguen la idea de J. J. R. Que la soberanía es inalienable y absoluta.
Se producen en R. F. Fenómenos sociales y de todo tipo.
Napoleón Bonaparte lleva sus ideales por toda Europa, usando la fuerza.
Pretendió Unificar Europa políticamente.

Siglo 19
Las ideologías. (Destutt de Tracy; Cabanis, Germaine de Stael)
El Liberalismo, el Socialismo. El Nacionalismo
R. Owen. Socialismo Científico.
La palabra ideología se usa a principios del siglo, pero con un comienzo sigue algo parecido a la Ciencia sobre la cual se desarrollaban todas las demás.
Era, así, la C. De las ideas y curiosamente, subió a esta ciencia dentro de la sociología (como una rama de esta).
Los sostenedores de la ideología postulan posiciones idealistas, por cuanto más que proponen formar de gobierno estiman que las relaciones políticas en la sociedad deben apoyarse en un compromiso armonioso de las fuerzas sociales, en tanto que cada uno actúe según sus propios intereses bien comprendidos.
Estiman que es necesario eliminar los prejuicios mediante un sistema general de educación o de formación de pueblo.
El principal expositor de las ideas de este grupo fue Antoine Destutt de Tracy (1762-1831), con su obra "Elementos de Ideología".
Se le considera precursor del liberalismo.
Los ideólogos fueron la fisiología social inspiraron el positivismo de August Comte, las Teorías de Schopenhauer y Hartmann.

Saint Simon

Cartas de un habitante de Ginebra a sus conciudadanos.
Introducción a los trabajos científicos del Siglo XIX 1808-1811 Esquema de una nueva enciclopedia.
Historia del hombre. Memoria sobre la gravitación universal, memoria sobre
1814 La Reorganización de la Sociedad Europea.
1815 - 16 La Industria
1819 El Organizador, es un de periódico
21 El sistema Industrial
24 Catecismo de los Industriales
S.S. comienza a procurarse por la política, llegando a difundirla como la ciencia de la producción, porque el propio Estado deberá tener como último fin alcanzar la
Él sostiene que hasta esa fecha la vida política ha quedado sin la participación del grueso sector de la población. (Sabios, artistas, campesino, comerciantes, etc.) y ellos deben orientar la acción política.
Al igual que Fourier sostiene que la sociedad de su época es una sociedad al revés, que debe darse vuelta y gobernar esta clase productora. Pero siempre cree que había una sociedad clasista, con la única diferencia que ahora va a gobernar la clase trabajadora.
Concepción Individualista
La historia es hecha para el individuo y por el individuo. Hegel, Nietzche.
Interpretación trascendental o Divina, explica los fenómenos sociales.
Concepción Materialista de la Historia: Marx y Engels.
(1872 prefacio).
Manifiesto: Tesis fundamentales:
La historia de todas las sociedades que han existido hasta la fecha, es la lucha de Clases.
Siempre ha habido opresores y oprimidos. Enfrentamiento abierto o velado.
Se tradujo en una lucha revolucionaria.
Tierra - terrateniente
Capital - Capitalista
Trabajo - proleta
Estudia la significación histórica de la burguesía.
Este que por ser un gran filósofo existencialista influencia en el pensamiento en el pensamiento materialista.
El neohegelianismo lo practican en principio en su juventud Marx y Engels.
Marx había dicho en su manifiesto que el Estado va a desaparecer, que no es determinante de la sociedad, como las condiciones van a variar y van a desaparecer las condiciones que sustentaban el Estado, el estado desaparece.
Para Hegel: no son los individuos los que hacen la historia sino que a través del Estado.
Hegel es individualista. Cree en los hombres de grandeza, pero estos están cumpliendo con realizar el ideal de la libertad, que es el fin de la historia.
Proceso Dialéctico: Tesis, antítesis, síntesis.
La Marxista es una concepción optimista: cree que se liberará del conflicto de clases, el estado.
Mientras para Marx la clase social desaparece para Hegel va a subsistir, sin conflictos no habría espíritu, es decir no había libertad.
Una sociedad debe registrar una lucha de clases. Como que el Estado realiza al sujeto, y el sujeto a la historia; los individuos dependen de él, no es que estén esclavizados a él.
Von Savigni desarrolla esta idea del espíritu del pueblo.
Hegel desarrolla esta idea.
Para que un pueblo sea grande es menester que exista que haya una casta dominante, que represente los valores individuales y que encarnen el espíritu del pueblo.
Hegel rechaza y se alega los ideales republicanos de la Revolución Francesa
Mira a Napoleón como su ideal para Alemania.
Moral: solamente cuando uno o dos nombres saben sus propósitos.
Hegel es el difusor del Estado pusieron un estado totalitario, porque el estado es clasista, los individuos se deben a él, justifica un Estado de fuerza.
La mejor forma de Gobierno es la monarquía, un solo hombre.
En 1848 se publica el Manifiesto hay un pensador que da sus primeros pasos. Nietzche. Nació en octubre 1844, fallece en 1900.
En este lapso se desarrollan las tendencias políticas que influencian este siglo.
Fue alumno de Schopenhauer. Este filósofo desarrolla una concepción voluntarista de la historia, una voluntad irracional. Esto abraza todo el mundo, no hay nada absolutamente nada que no sea una manifestación de esta voluntad irracional, el no cree que haya salvación, lo único es la autonegación; destrucción de la personalidad o el suicidio.

Nietzche

Ha sido considerado el más grande estilista del idioma alemán. Decían que escribía como un gran músico. "El Origen de la tragedia griego" allí en su memoria de prueba para Doctorarse, hace interpretación de la filosofía y cultura griega. Dice que la grandeza de este pueblo esta fundado en los grandes conflictos.

Le desagrada la política, pero esta vinculado a ella, en sus obras hay mucho de ello, y por la vinculación con el nazismo que hizo su hermana casada con un antirracista.

Se le ocurre de ser el culpable de las dos guerras, por la consecuencia de sus ideas. Así habló Saratrustra, es un poema, esta obra tiene muchos capítulos que a través de la metáfora se desprende una cierta posición política: Mientras más poder tiene el Estado menos se desarrollan los hombres.
No cree en la igualdad, y si así fuere habría que inventarla, porque esta es la acierto para seguir viviendo.
Se preocupa de la diferencia Económica.
El Estado abraza todo proceso espiritual.
Se le considera un Anarquista, pero Aristócrata, en el sentido que le interesa los hombres más capaces los selectos, no le interesa el rebaño, la masa. La gente que tiene moral de rebaño anda buscando un jefe.


Social Cristianas

Papa pío X condenó el socialismo. León XIII escribió la primera Encíclica Social Rerum Novarum. Marca al comienzo de la preocupación social de la Iglesia. Pero los sacerdotes se habían preocupado de este problema. Alemania y especialmente franceses se dedican a hacer movimientos de orientación del obrero. Pero fracasan por falta de apoyo eclesiástico.
La Iglesia Anglicana se preocupó de la Clase Obrera.
La Encíclica Rerum Novarum aparece como el principio del Social Cristianismo.
No adopta una posición favorable al socialismo pero ataca al capitalismo clásico y propone un régimen intermedio, no es propiamente la posición de un socialista, es la posición de un reformista social en cuanto no pretende modificar la estructura social de ninguna marea, si quiera combatir las instituciones fundamentales y que al juicio de los socialistas es la más negativa, la propiedad privada.
Solo pretende mantenerlo.
Esta forma es nueva. La propiedad función social. Con lo demás; relaciones laborales adjunta una posición paternalista, porque de consejos como debe comportase el empresario y el trabajador. Y propone una mayor participación del trabajador
1931, se publica la Segunda encíclica. En el mundo hay crisis económica. Define la posición del catolicismo como porción intermedia.
La propiedad privada es de Derecho natural.
Esta encíclica se preocupa por la remuneración del asalariado, pero como en un régimen esta a merced del empresario debe irse a la regulación del contrato de trabajo, un sistema que defienda al trabajador y este de participar en la cogestión.
Se preocupa de la creación de gremios, cuerpos intermedios, para agrupar en el plano laboral a hombres de una misma actividad.
Tenían una corporación cooperativa familiar frente a ella que fracasó por un exceso de burocracia y política.
Examinando el régimen capitalista no es intrínsecamente malo.

Socialismo Democrático: el termino es discutible, se usa con el propósito de oponerse al llamado socialismo marxista, desde el punto de vista doctrinario ambos parten de métodos distintos, el marxismo era la revolución política; que significa un cambio profundo, sanguinario y ese es el método para destruir a los que tienen el poder. Es el único tipo de socialismo que fue claro en eso.
Los socialistas democráticos, que están antes que el marxismo, rechazan esta idea, y desde allí ellos creen estar usando bien el término democrático. El socialismo democrático es el mejor heredero de las tendencias racionalistas del Siglo XIX y XVIII. Los socialistas de estos siglos rechazan la violencia, creen que el mundo solo va hacía una Sociedad mejor. No es revolucionario, es reformista.
La lucha por dominar el medio obrero siguió en todo el siglo 19
Lasalle, Bernstein, Luis Blanc; no pertenecen al marxismo. Desde esa época ambas tendencias se han modificado mucho.
Suecia es el país más socialista, es el más alto exponente del Socialismo Democrático. No se ha atacado la libre empresa. El Partido indirecto, se ingresa por su actividad económica. Los objetivos del partido son: Pleno empleo, salarios elevados, elevación del nivel de vida.





IDEAS FUERZAS DE LOS PENSADORES POLÍTICOS:



ESTADO
LIBERTAD
IGUALDAD

Socrates
470 a. C.
400 a. C.
Sofronisco
Fenerete
Ciudad Estado
Ateniense
Esta determinada por la participación en la vida política.
El hombre es libre por Esencia, porque conoce el Bien y el mal, es libre en cuanto conoce que la naturaleza, y dentro de ella, el mismo esta determinado
Cree en la esclavitud

Platón
424 - 341
a.C.
República
Ciudad Estado
Espartana
C/Educación Moral y filosófica
(Ideal)
No reconoce derecho sino deberes sociales y morales
Igualdad de hombre y mujeres. En la clase superior. Divididos en clases según la capacidad de cada uno.

Aristóteles
Política
Ciudad estado necesaria para satisfacer las necesidades intelectuales y morales del hombre (practico)
Un cierto grado, para permitir el mas adecuado medio para el desarrollo de sus facultades.
Unos han nacido para señores y otros para esclavos. Los griegos no podían ser esclavos eran superiores.

Polibio
210 - 151
Historia de Roma
Imperial Republicano
Eran libres en la medida en que se subordinarían al deber y a la justicia.
Cree en la igualdad, al agruparse los primeros hombres y darse un Gobierno

Cicerón
106 - 43 a. C.
De la República
Comunidad Moral, y grupo de persona que posee en común el estado de su derecho
República
La Libertad esta subordinada al derecho
Todos los hombres son iguales en cuanto poseen razón en su estructura Psicológica y en su aptitud general respecto de lo bueno y lo malo no en saber y riquezas

Estoicos
Puente entre lo filosófico y la constitución
Ciudad estatal
Individual








Propiedad Histórica
Situación Histórica Política Gobierno
SOCRATES No lo planteó Vivió en Auge
Ateniense, instauración del imperio y democracia. Los A. Participaban en la asamblea y los tribunales religión poli El que quiera la justicia, debe alejarse de la política y hacer vida privada. Rechaza la democracia ilimitada, como fuerza de ley. La Dirección debe ser llevada por los que han alcanzado una libertad interior, y el conocimiento superior de las cosas. Este conocimiento conduce al individualismo.
PLATON Para las 2 clases superiores queda abolida la familia y la propiedad privada, habrá comunidad de bienes. Vive en la decadencia de Atenas - Religión Poli Para mejorar el estado el hombre debe participar en política para encontrar el verdadero orden Un arte basado en el conocimiento exacto.
Es el ideal de un filósofo gobernante.
Conduce al Gobierno de los mejores - autocrático
ARISTOTELES Se opone a la Abolición de la Propiedad Privada.
-







Religión Hombre Político
La construye como una ciencia independiente separada de la etnia.
Es la ciencia más importante, porque en el Estado se cumplen los fines mas elevados del hombre. La mejor forma de gobierno es aquella en que los individuos actúan en la vida política. Pero opina que la clase trabajadora no debe participar de la ciudadanía. La república mezcla de todos los regímenes. El imperio de la ley es la mejor gobernante.
POLIIBIO Se entiende que cree en la Prop.Privada. Vive en el esplendor del Imperio Su mérito: Hay en la historia una ley inevitable de crecimiento y de la ciencia de los gobiernos.
Teoría Bielica o 3 gobiernos ideales y su corrupción La combinación de los mejores elementos de la monarquía, aristocrática y democracia en un solo gobierno. República de Cónsules: realeza
Senado: Aristocracia
Pueblo: Democracia
CICERON
" "




Religión Creía en la teoría cíclica. Hay un derecho natural que surge a la vez del Gobierno del Mundo por Dios y de la naturaleza racional y social de los seres humanos que los hace a fines a Dios. Sistema Mixto República La autoridad procede del pueblo solo puede ser ejercida con el respaldo del derecho y que solo esta justificada por razones morales, ve para jefe del Gobierno a un hombre virtuoso y sabio.
ESTOICOS

Monoteístas

Derecho natural sobre el derecho Político
Democracia




Estado Libertad Igualdad
San Agustín (354-430-DC)Confecciona ciudad Sima. Ciudad Estado Presenta Comunidades La Organización Eclesiástica sería imperialista dirigido por un solo poder. No penso sino en la libertad moral y religiosa subordino así al resto al interés religioso del individuo y de la sociedad. Justifica la esclavitud, como consecuencia de la caída del hombre.
Remedio social y castigo divino. Existe igualdad ante Dios, pero no civil y política.
Santo Tomás
1227 - 1274 Imperio Universal por considerarlo más útil. Se muestra en esa organización del mundo moral y del estado, en la obligación de edificar con su esfuerzo un orden de derecho y de justicia. Desigualdad de condiciones, origen de la diversidad de trabajo a ejecutar.
Tomás Moro Utópico - Estado Nacional. El hombre es libre en la medida en que esta subordinado a la comunidad. El trabajo iguala al pueblo todos tienen la oportunidad de desarrollarse.
Bacon 1561 - 1626 Estado Imperialista y Guerrero. Individual. No hay igualdad.
Campanella
1568 - 1639 Ciudad - Estado Colectiva Los ciudadanos se dividen en 3 clases. Pero no existen los esclavos.
Maquiavelo Estado Interior No hay igualdad.



Propiedad Privada
Situación Histórica Política Gobierno
SAN AGUSTIN La propiedad privada fue creada por los hombres es decir por el derecho positivo. Vivió en la transición de un mundo clásico que muere y el cristianismo que nace.


Intolerante. Existen dos ciudades de Dios y del Hombre. La primera en desprecio de si y la otra en menos precio de Dios, son paralelas. El Estado surge de la Naturaleza, pero a la vez de Dios. El orden natural exige que el Estado apoye a la Iglesia, dando todo el poder que esta investido, para que cumpla su cometido.
Santo Tomas Santo Tomás cree en la propiedad privada, que si bien no proviene del Derecho Natural, esta enfrente de ella. Epoca convulsiva, inquietud social y política. La Iglesia se transforma en fuerza dogmática, con procedimientos violentos. Obliga por la fuerza a ingresar a ella.

Intolerante. El Estado se origina en el instinto social del hombre. Así primero esta la vida familiar y así evolutivamente. Derribar al Tirano usurpador. No es sedición sino actuar legítimamente en su derecho de un gobierno para todos. Prefiere la Monarquía a la Democracia, por ser esta causa de disersiones internas y por que el Gobierno debe concentrarse en una sola persona, así como el corazón rige el cuerpo y Dios el universo.
Tomás Moro Prop. agraria: nadie debe poseer mas de cierta extensión de tierra.
P.P. restringida. La caída de Constantinopla, los descubrimientos, la imprenta y la reforma, el crecimiento de la burocracia y Poder Real. Un grupo de personajes descontentos del mundo. Encontraron en Platón su satisfacción.
Tolerante. Creo una sociedad basada en la agricultura. Organización democrática, con autonomía de las entidades locales.
F.Bacon Debe haber propiedad.


Intolerante. Sumisión al Monarca Político Nacionalista Partidario que no Desempeña el Derecho interno.
Antiparlamentarista. Monarquía Fuerte Intervención Estatal.
Campanella No Organización de la propiedad privada ni la Familia.
Intolerante. Humanismo Pagano Materialismo Maquiavelo Teológico Cristiano. Autocracia Papal
Gobiernan los más sabios de la sociedad.
Maquiavelo
Propiedad
Intolerante Nacionalista
Materialista
Utilitarista
Proclama la autonomía de la justicia.
República.






36.7 CARACTERÍSTICAS DE SOCIEDADES


Sociedad UTOPICA (MORO)

1) Propiedad Colectiva
2) Economía Agraria
3) Sociedad Racionalista
4) Sociedad igualitaria
5) Sociedad Tolerante
6) Régimen democrático
7) Economía Cooperativista
8) Sociedad dirigida o planificada
9) Obligatoriedad del Trabajo
10) Conciencia del Trabajo
11) Sociedad independiente
12) Sociedad C/Estado Fuerte
13) Sociedad con clases
Bibliografía: Tomás Moro, San Agustín, Campanella, Bacon
14) Derechos Políticos relativos
15) Derecho Económico Social
Sociedad Comunista

1) Propiedad Colectiva
2) Economía Global (desarrollo de las F² Prod.)
3) Sociedad Racionalista y humanista
4) Sociedad igualitaria
5) Sociedad Científica
6) Régimen Democrático S/ESTADO/Administración de las cosas
7) Economía Cooperativista
8) Sociedad autoregulada (Planificación)
9) Valorización del Trabajo
10) Conciencia del Trabajo
11) Comunidades interdependientes
12) Desaparición del Estado
13) Sociedad sin clases
Bibliografía: El Manifiesto Comunista, Lenin "El Estado más revolución"
14) Derecho Político
15) Derecho Económico Social


La Politica y la economía

FRANCESCO VITO. ECONÓMIA POLÍTICA. PRIMERA PARTE - LIBRO I - CAPÍTULOS I - II - III
CAPÍTULO I. El problema Económico. El puesto de la ciencia Económica entre las ciencias sociales. I Ciencias Especulativas y Ciencias positivas.
La sociedad puede ser objeto de investigación. Entonces desde el punto de vista abstracto se llaman C. S. Especulativas (naturaleza y fines).
Son C. S. Positivas las que estudian la Soc. desde el punto de vista de las condiciones reales de hecho. Aquí: La C. Económica. Están Conexas. Las políticas están subordinadas a las C. Especiales. (La ética). II C. Históricas y C. Teóricas.
INDIVIDUAL, GENERAL: enuncia leyes (Economía). III Carácter Abstracto de la C. Económica. No podemos pensar ni experimentar la realidad, solo vivirla. Abstraer diferentes aspectos para hacerla objeto de la Investigación Científica.
En términos esenciales del problema económico. ¿Cómo y porque se plantea el problema económico?. Fines diversos y categorizables; limitaciones de los medios y del tiempo por el fin.
P. E. es el encauzamiento de los medios; tiempo para el logro de los fines, en forma convencional.
3 Problema Económico y técnico. En el Técnico: adecuar los medios para un fin determinado.
P. E. pluralidad. Mayor rendimiento.
4 Aspecto Técnico y Aspecto Económico en la solución de los problemas prácticos. Diversas soluciones técnicas para solución de necesidades detenidas por el alto costo económico.
5 La actividad económica, toda actividad humana encauzada al logro de fines diversos, ante escasez de medios alternativos. Esta no se limita al estudio de necesidades materiales o al valor moneda, ni a un segmento de la sociedad. Si no que implica un concepto más amplio que abarca toda la actividad Humana.
Samuelson, Paul. Economía Moderna, Curso Ed. Aguilar.
1959. 760 pág. - cap. II Los Problemas de Toda Sociedad Económica. Hay condiciones económicas de carácter universal. Enfrentamiento con tres problemas fundamentales de la organización económica. El estado de la técnica, junto con la limitación de los recursos económicos disponibles, determina las posibilidades de elección entre bienes y servicios, que se le ofrecen a una colectividad, y la manera como se hallan sujetas sus diversas posibilidades de producción a las variaciones de los costos y a la ley de los rendimientos decrecientes, y el tercer problema: La población.
1 ¿Qué bienes y cuanto?, ¿Como? ¿Y Para Quien?
Primitivo: Hábitos, Tradiciones, Instinto.
Dictador: Decisiones Arbitrarias.
Planificado: Ordenes o decretos.
Capitalista: Sistema de Precio, Mercado, pérdidas y ganancias.
Principio de la Escasez: Bienes económicos - Necesidades Vitales.

CAPÍTULO RESUMEN:

NATURALEZA SOCIAL DEL HOMBRE.

1. - DERECHO POLÍTICO:
Es la disciplina que procura conocer el funcionamiento REAL de las instituciones jurídico-políticas; y la aplicabilidad REAL de las normas constitucionales.
Es interdisciplinario, se apoya en ciencias como: Sociología, Economía, Historia, Sicología.
En el siglo XVI Fray Domingo de Soto utilizó la expresión IUS POLITICUM, referida a Aristóteles y entendiendo por tal “TODO EL DERECHO DE LA COMUNIDAD POLÍTICA”. (Lo que es hoy en día Derecho Constitucional).

2. - NATURALEZA DEL HOMBRE
La naturaleza del hombre es social, el ser humano, existe siempre en relación con otros seres humanos; vivir humanamente es vivir con otros hombres.
Junto con esta naturaleza existe también una naturaleza antisocial que se expresa al aprovecharse de otros hombres es aquí donde se encuentra el germen de su impulso antisocial

- ¿QUÉ ES LA SOCIEDAD?
Es una forma específica de vivir del hombre.
Existen dos tendencias que son la concepción mecánica o atomicista de la sociedad y la concepción orgánica u organicista de la sociedad.

4. - ¿CÓMO DEFINEN LA SOCIEDAD LOS MECANICISTAS?
Para los mecanicistas la sociedad es sólo una suma de individuos, un conglomerado de partes que permanecen distintas entre sí. Los individuos son la única realidad, los individuos son sustancias y, en cambio, los grupos sociales no son más que su función, La sociedad no es sujeto de vida propia.
Partidarios de esta concepción: Socrates, Los Sofistas, los Estoicos y los contractualistas: HOBBES – LEVIATHAN
LOCKE – 2° TRATADO DE GOBIERNO CIVIL- ROUSSEAU – CONTRATO SOCIAL

5– CONCEPCION – ORGÁNICA U ORGANICISTA
La sociedad es una unidad originaria con la que los individuos mantienen la relación de miembros y por lo tanto sólo pueden ser comprendidos partiendo de la naturaleza del todo.
La sociedad es lo fundamental, los miembros son secundarios.
Partidarios de esta concepción: Aristóteles, Platón, Hegel (quien inspira a Marx ).
El organismo se explica desde dos perspectivas:

6. - ENFOQUE BIOLÓGICO DEL ORGANISMO:
Consideran a la sociedad como un organismo igual al de los animales, la base de la vida social no es sicológica sino biológica, vale decir la implementación de varias partes que cumplen distintas funciones y que con su acción combinada contribuyen a mantener la vida del todo.

7. – ENFOQUE ESPIRITUALISTA DEL ORGANISMO
Consideran que la sociedad presenta una unidad o personalidad moral con voluntad propia y que es éticamente la más valiosa. El grupo social tendrá un alma independiente de los individuos que la componen, una conciencia colectiva y una voluntad independiente superior a la voluntad individual.

8. - LAS ANALOGÍAS DE DEL VECCHIO QUE APOYAN LA CONCEPCIÓN ORGANICISTA:
1° La sociedad tiene vida independiente de los elementos singulares que la componen: los individuos pasa, se suceden; en cambio la sociedad permanece y conserva su forma. La sociedad nace, se desarrolla y muere, de un modo propio, siguiendo una trayectoria propia.
2° Entre los individuos que componen la sociedad existen relaciones necesarias por las cuales todo individuo experimenta el efecto de su pertenencia al todo.

9. – POSICIÓN DE SPENCER
Da dos diferencias entre la sociedad y un organismo:
1) La sociedad no es un todo compacto, sus partes no tienen un lugar o sitio fijo como los organismos, si no que gozan de una cierta movilidad. La sociedad es un todo discreto mientras que un organismo es todo concreto.
2) (De orden espiritual y de mayor importancia) En un organismo existe un fin único a saber: la vida del modo; las partes no tienen valor sino en cuanto concurren a mantener la vida del todo, y no vive sino por esta. La sociedad en cambio, aún teniendo fines propios, sino por esta. La sociedad en cambio, aún teniendo fines propios, sirve al bien de los individuos y es una condición necesaria para la vida de estos.
10. - CRITICAS AL ORGANICISMO
Fundamentalmente se trata que los grupos humanos se comportan según la voluntad de los individuos que la componen en tanto los organismos se comportan según su destino, por lo tanto sin poder cambiar.



11. – EL CONTRACTUALISMO
La teoría contractualista se fundamenta en la voluntad de los individuos del grupo, lo que es imposible en un órgano natural.

12. - EN QUE ESTAN DE ACUERDO LOS CONTRACTUALISTAS
Los contractualistas afirman que habría existido una etapa llamada ESTADO DE NATURALEZA, sin politicidad (estado pre-político). Solo con posterioridad, por obra de la voluntad y del acuerdo humano, se habría celebrado el “pacto” o “contrato social”, en virtud del cual la convivencia social queda políticamente organizada.

13. - NO TODOS LOS CONTRACTUALISTAS CONCIBEN EL “ESTADO DE NATURALEZA” EN LOS MISMOS TÉRMINOS:
HOBBES: Dice que el hombre es malo por naturaleza, “el hombre es el lobo del hombre”, hay un estado de guerra total “Todos contra todos” para terminar con esta guerra el hombre firmará un pacto social que le dará organización política, entrega toda sus libertades a un jefe a cambio de seguridad, y la forma de gobierno que propone es la MONARQUÍA ABSOLUTA.
El libro que escribió es: LEVIATHAN:
LOCKE: EL ECLECTICO de la escuela contractualista. Dice que el hombre no es bueno ni malo por naturaleza; que tiene racionalidad y sentido común y que eso le sirve para no atentar contra sus propias libertades que serían el derecho a la vida, derecho a la libertad, derecho a la propiedad. Dice que en el pacto social el hombre debe tener un mínimo de sentido material para ser libre y que el resto de las libertades debe entregarlas a un jefe y propone la MONARQUÍA CONSTITUCIONAL, sin propiedad no hay libertad y por lo tanto no hay vida.
El libro que escribió es: 2° TRATADO DE GOBIERNO CIVIL.

J.J. ROUSEAU: Dice que el hombre es bueno por naturaleza, pero el entorno histórico social inadecuado le han viciado, y lo que debe hacer en esa situación política para suplir esos defectos de la pura organización social, en este pacto social el hombre debe conservar todas sus libertades y proponen la DEMOCRACIA DIRECTA O ABSOLUTA.
El libro que escribió es: CONTRATO SOCIAL.

MARX: Es el heredero intelectual de HEGEL. MARX y ENGELS están de acuerdo en que el hombre no tiene naturaleza política, dicen que hay que hacer desaparecer el estado y ahí el hombre volverá a ser feliz. Marx y Engels creen que el estado es un instrumento de explotación del proletariado por la burguesía. Proponen la DICTADURA DEL PROLETARIADO.

14. - POSICIÓN DE ARISTOTELES:
Aristóteles es el primer expositor de la politicidad natural del hombre, él dice que el hombre es un animal político (zoom politikon), es decir el hombre no puede vivir en sociedad sin forma de organización política.
Los seguidores de la posición aristotélica son San Agustín, Santo Tomás y los Organicistas.

15. - TEXTO COMPLEMENTARIO DE LESLIE LIPSON.
Dice que en toda sociedad existen 2 aspectos importantes:
COOPERACIÓN, “Ama a tu prójimo como a ti mismo”.
COMPETENCIA, “Que los perros se coman a los perros”.

TEORÍA DE LA INSTITUCIÓN

16. - INSTITUCIÓN: Son creaciones colectivas, artefactos culturales creados por el hombre. Creaciones colectivas que se crean con carácter de permanencia en el tiempo que están representadas por su estabilidad. “Los hombres pasan, las instituciones quedan”.
Las instituciones en su permanencia en el tiempo se están creando y recreando constantemente cada día.
DEFINICIÓN: Son creaciones del obrar humano colectivo que con carácter de permanencia procuran satisfacer necesidades sociales éticas.

17. - ELEMENTOS DE LAS INSTITUCIONES: (Siempre son dos)
Elemento estructural o formal.
Elemento intelectual o de representación colectiva.
Elemento estructural o formal: Esta representada por la organización técnica y organización material de la institución.
Ejemplo: Textos jurídicos que la reglamentan. Los locales - edificios, muebles, máquinas, emblemas. Personal de la institución.
b)Elemento intelectual o de representación colectiva: Son las ideas, creencias, sistema de valores que sirve de sostén al orden de las instituciones. La idea a realizar.
Ejemplo: Hospital: La salud. Curar enfermos
Universidad: Entregar enseñanza superior.

18. - CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTITUCIONES:
Son creaciones humanas colectivas
Tienen carácter de permanencia, se proyectan.
Satisfacen necesidades sociales éticas.

19. - INSTITUCIÓN Y CAMBIO SOCIAL:
Las instituciones nacen para satisfacer necesidades sociales éticas, cuando esto se consigue se produce la estabilidad social, esta estabilidad social va a llevar al progreso social, al progresar cambian las necesidades sociales del hombre, para satisfacer esas nuevas necesidades las instituciones deben ir adecuándose, deben ir progresando en su tiempo justo, no deben atrasarse ni adelantarse.
Ejemplo: Revolución Inglesa en 1650, Cronwell.
Revolución Americana en 1778, Jefferson, Washington, Franklin
Revolución Francesa en 1789, Robespierre, Danton, Marat.

20. - TIPOS DE INSTITUCIONES
De acuerdo a su objeto estas pueden ser de diversos tipos, nosotros nos interesan 2:
INSTITUCIONES JURÍDICAS: Son aquellas que tienen existencia en el mundo del derecho, creadas por normas, y los comportamientos adecuados a ellas, que tienden a realizar un principio de justicia.
INSTITUCIONES POLÍTICAS: Según Duverger son aquellas que se refieren al PODER del estado. En cuanto al poder: a su organización, a su evolución, a su ejercicio, a su legitimidad.
Según Loewenstein: Son el aparato a través del cual se ejerce el poder de una sociedad organizada como estado, y las instituciones son por lo tanto todos los componentes de la maquinaria estatal.

21. - ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LAS INSTITUCIONES POLÍTICAS?
Su objetivo es normalizar tanto la lucha por el poder como las condiciones de su ejercicio, por el medio de lo que podría denominarse una reglamentación del mando. Ejemplo: El Estado, el Parlamento, la Constitución.

22. - ¿CÓMO DEFINE HOURIUO LA INSTITUCIÓN?
Como una idea de obra o empresa que se realiza y dura jurídicamente en un medio social.

23. - LAS INSTITUCIONES PUEDEN SER TANTO PÚBLICAS COMO PRIVADA:
INSTITUCIÓN DE DERECHO PÚBLICO: Son aquellas que conciernen a todos los miembros de la comunidad. Ejemplo: Derecho Político, Derecho Penal.
INSTITUCIONES DE DERECHO PRIVADO: Son aquellas que conciernen a los intereses particulares convencionales de 2 personas o más individuos.

24. - ¿EN QUE CONSISTE LA TRIPLE IDENTIDAD DE LAS INSTITUCIONES: Significa que en toda institución hay:
Institución cuerpo
Institución órgano
Institución norma
Ejemplo: En el matrimonio.
Institución cuerpo; Parejas de esposos
Institución órgano; El marido como administrador de los bienes de la sociedad conyugal.
Institución norma: Preceptos legales que rigen el matrimonio.

TEORÍA DEL ESTADO
25. - POLIS GRIEGA: (500 a.C.)
Surge como una fortaleza militar para defenderse de los barbaros, su organización es militar, su territorio es reducido (10 x 20 Km.). Reparte el poder del Estado entre todos los ciudadanos que son algo así del 10% de los habitantes de la Polis. Lo que ellos hacen es una forma de Democracia.
Características de la Polis:
Estreches de dimenciones.
La Polis es humanista.
Naturaleza militar.
Autarquía económica.
Unidad religiosa
Centro de educación ciudaddana.

26.- CIVITAS ROMANAS: (200 a.C)
Nace como fortaleza militar y el poder del Estado está repartido entre todos los ciudadanos, pero con el tiempo al ver que esto era ineficaz, los romanos piensan que es mejor concentrar el poder del Estado en un solo individuo: Principal, Principe, Aristócrata, el mejor de los mejores, este es su principal aporte a la sociedad actual. El segundo aporte de la civitas romana es que ellosdistinguen entre el Derecho Público y el Derecho Privado. Al progresar las civitas envían delegaciones a otros paises, al ir bien los negocios crean cerca de ellos fortalezas militares. La figura del General se transforma en una gran institución, y a las legiones se les paga, (“soldados”), y a partir de ese hecho se crea un ejercito permanente por las distancias; los generales empiezan a dar ordenes al Senado y así aparece el emperador, que es “un Dios vivo en la tierra”, luego los emperadores ceden sus poderes al Papa; con Atila se produce la expanción de los bárbaros y surgen las Civitas Cristianas.

27.- CIVITAS CRISTIANAS:
Siglo IV al siglo XV. Va ser una sociedad dualista, el cristianismo es el centro del poder religioso; de Roma se reparte el ejercicio del poder entre los estamentos de la civitas cristianas que son: nobleza, clero y estado llano. Esto también evoluciona y surge de entre los reyes un rey.
En 1215 el rey Juan Sin Tierras subroga a Ricardo Corazón de León y empieza agobernar entre los iguales. Los Caballeros lo obligan a firmar la carta Magna en la que se compromete a aplicar la ley como debe ser, esto aporta al Estado moderno el “sentido del honor” y de la “lealtad”, también las civitas cristianas aportan el sentido de la igualdad entre los hombres; desde el cristianismo todos tenemos la misma “alma”, un noble se sentía igual que un siervo “espiritualmente”; otro aporte es el de las “relaciones entre los hombres”. Luego se llega al estado moderno, termina la edad media. Surge el renacimiento, época brillante en lo cultural: Da Vinci, Miguel Angel, Machiavello.

28.- LA EDAD MEDIA TERMINA EN EL SIGLO XVI. Debido alos grandes viajes y grandes descubrimientos que se producen; comienza el Renacimiento, y en Florencia nace un hombre que se llama NICOLAS DE MAQUIAVELO que su libro “EL PRINCIPE” lo comienza así: TODOS LOS ESTADOS, TODAS LAS DOMINACIONES QUE TUVIERON Y TIENEN AUTORIDAD SOBRE LOS HOMBRES FUERON O SON REPÚBLICAS O PRINCIPADOS. Maquiavelo es quien por primera vez introduce el término de Estado en el léxico del mundo civilizado.

Maquiavelo clasifica las formas de gobierno en dos:
Repúblicas.
Principados.

29.- CLASIFICACIÓN DE GOBIERNO DE ARISTÓTELES:
Aristóteles es el primero en clasificar las formas de gobierno, y las clasifica en dos:
Formas puras: Que se caracterizan por que construyen solo el bien común.
Formas impuras: Que se caracterizan por que construyen solo el bien del gobernante.
Tanto las formas puras como las impuras son tres:
FORMAS PURAS : Monarquía (autocracia)
Aristocracia
Democracia
FORMAS IMPURAS: Tiranía
Oligarquía
Demagogía

30.- TEORÍA CÍCLICA DEL PODER DEL ESTADO:
Esta teoría dice que la Monarquía inevitablemente va a derivar en una Tiranía, que la Titanía va a llevar a la Aristocracia, la Aristocracia va a caer en la Oligarquía, la Oligarquía va a derivar en una Democracia, la democracia se va transformar en una Demagogia y que después de la Demagogia se va a volver a la Monarquía y así se continuará el ciclo.

31.- CARACTERISTICAS DEL ESTADO MODERNO:
Instauración del Estado
Término del Dualismo.
Unidad política

32.- DIVERSAS CAUSAS QUE ORIGINAN EL ESTADO
Descubrimientos geográficos.
Desarrollo científico y tecnológico del renacimiento.
Estas causas producen cambios en la organización social, se establece la burocratización del Estado.
Se establece un ejercicio permanente y como consecuencia la regularidad del Gobierno finaciero del Estado.

33.- DEFINICIÓN DE ESTADO
DAVID EASTON dice que no hay una sola definición para Estado sino diversas. Pocas veces los hombres han estado tan marcadamente en desacuerdo acerca de un vocablo.
Algunas de estas definiciones son:
Estado es la representación del espíritu moral, su expresión concreta.
Estado sería el instrumento de exploración usado por una clase contra otras.
Otro autor define Estado simplemente como un aspecto de la sociedad. Que se distingue de ésta solo en forma analítica.
Otro autor define Estado simplemente como un sinónimo de gobierno.
Otro piensa que Estado es una asociación aislada y única entre un número considerable de otras asociaciones.

34.- ESTADO PARA YELLINEK:
Para Yellinek Estado es una agrupación social, es una formación social a la que más tarde se le suma el derecho.
Yellinek da dos conceptos de Estado:
Estado sociológico
Estado jurídico
35.- ESTADO, CONCEPTO JURÍDICO DE YELLINEK:
Es la corporación formada por un pueblo, dotada de poder de mando originario y asentada en un territorio determinado.

37.- REFLEXIÓN DE YELLINEK:
La unidad de asociación se refiere a que el hombre cuando se organiza socialmente va creandoinstituciones y que la primera es la familia, (por necesidad).
La corporación tiene tres ideas desde unpunto de vista jurídico.
El derecho no reconoce a los individuos como individuos ya que el código no individualiza a la persona.
El derecho reconoce a los individuos como persona.
¿Qué es una persona?, es la relación de un individuo con otro individuo y con el derecho.
Persona es muy similar al concepto de corporación

38.- ESTADO JURÍDICO CHILENO:
“Es la vinculación e interacción entre todos nosotros con relación a la costitución política, todo el ordenamiento jurídico esta subordinado a la constitución política”.

39.- DIVERSOS CONCEPTOS DE ESTADO:
Según HERNAN HELLER: Es una estructura de dominio duramente renovada a través de un obrar común actualizado representativamente, y que ordena en última instancia los actos sociales sobre un determinado territorio.
El género próximodel Estado es la organización.
La diferencia específica, con respecto a todas las demás organizaciones, es su calidad de dominación territorial soberana .
Según KELSEN: Es la totalidad del orden jurídico en cuanto constituyen sistema, o sea, una unidad cuyas partes son interdependientes, que descansan en una norma hipotética fundamental.
Según HOURIOU: Es una organización fijada en un territorio determinado y en la que existe un orden social, político jurídico orientado hacia el bien común establecido y mantenido por una autoridad dotada de poderes de coacción.
Según BUNDERM: Es el titular abstracto y permanente del poder, del que los gobernantes sólo son agentes esencialmente pasajeros. Estado es una agrupación humana, fijada en un territorio determinado y en la que existe un orden social, político y jurídico orientado hacia el bien común, establecido y mantenido por una autoridad dotada de poderes de coacción. (esta definición comprente los tres elementos que se le atribuyen al estado moderno: el grupo Humano, el territorio y el poder.

40.- ELEMENTOS O CONDICIONES DE EXISTENCIA DEL ESTADO
a) El grupo humano
b) El territorio
c) El Poder
d) El fin o fines del Estado (Sólo para algunos autores)

41.- EL GRUPO HUMANO
Conjunto de seres humanos que coexisten, que conviven juntos y en los problemas más críticos de su vida desarrollan sus condiciones más extraordinaria, permanentemente hace historia.

42. - EN EL GRUPO HUMANO HAY TRES IDEAS FUNDAMENTALES:
1° Deben ser autárquicos: no importa su número, lo que importa es que sea capaz de autoabastecerse.
2° Pueblo - Población
Pueblo: Conjunto de hombres y mujeres titulares de derechos y obligaciones civiles y políticas. (Sinónimo de cuerpo electoral).
POBLACIÓN: Conjunto de hombres y mujeres titulares de derechos y obligaciones civiles.
3° NACIÓN - NACIONALIDAD: En un invento cultural del renacimiento, que en forma incipiente comienza a configurarse recién en el siglo XVI y tiene su culminación en la revolución francesa, en el año 1789. Después de la revolución francesa todo pasa a ser nacional. Eje. Día nacional bandera nacional.

43. - PENSAMIENTO DE LA ESCUELA FRANCESA DE LA NACIONALIDAD
Son 4 los factores que conforman una nación o que caracterizan una nacionalidad:
a La Lengua
b.- La Raza
c.- La Cultura (Usos, tradiciones y costumbres)
Este pensamiento está bastante acertado hasta el día de hoy.

44. - PENSAMIENTO HITLERIANO:
a.- El factor determinante de una nación, de la nacionalidad es la raza.
b.- Existe la tierra una sola raza pura que es la raza Aria pura (ARIOS).

45. - ANALOGIA DE GEORGIO DEL VECCHIO EN CONTRA DEL PENSAMIENTO HITLERIANO
a.- Dice que Hitler se equivoca pues no hay razas puras, no existen, y esto se debe a las guerras, a las emigraciones, a las adopciones.
b.- Además dice que aunque hubiera una raza pura igualmente Hitler se equivoca pues no se puede aplicar las leyes científicas del campo de las ciencias sociales en el campo de las ciencias naturales y vice versa.

46. - RELACIÓN ENTRE NACIÓN Y ESTADO
Tradicionalmente se dice que el Estado es: La Nación políticamente organizada, o es el ordenamiento de la nación.
Esto ya está superado, pues Nación no tiene nada que ver con estado.
ESTADO --> (artefacto - institución). El Estado se funda sólo sobre el vínculo político, el cual puede existir aunque falten otros vínculos sociales.
NACIÓN --> (dice relación con el grupo humano) La Nación consta de elementos naturales que se pueden también mantener fuera de la unidad política.
Pero si es cierto dentro del contexto antiguo que toda nación tiende a constituirse en Estado.

47. - TERRITORIO
Es el lugar físico, donde el grupo humano se desplaza, convive, coexiste, donde obtiene sus elementos vitales, donde edifica su albergue, donde finalmente entierra a sus muertos, etc., sin una tierra cultivable, sin un cementerio no existe Estado.
ESTE ESPACIO GEOGRAFICO SE CLASIFICA EN:
a.- Suelo
b.- Subsuelo
c.- Espacio marítimo - Mar territorial
- Zona contigua
- Zona económica
- Plataforma continental
d.- Espacio Aéreo

48. - EL SUELO
Se define como el territorio firme del estado, se encuentra encerrado dentro de unas líneas que se llaman límites o fronteras. Estas fronteras se determinan generalmente por tratados internacionales.

49. - EL SUB-SUELO
Comprende una figura cónica que va desde los límites del suelo hasta el centro de la tierra. Allí se aplica el derecho regaliano del Estado sobre las sustancias minerales.
DERECHO REGALIANO: Es el que permite asignar propiedad para los efectos comerciales de las sustancias minerales (petróleo, oro, plata, hierro, etc.) En fondo son concesiones.

50. - EL ESPACIO MARÍTIMO
Es la prolongación del suelo hacia el espacio líquido que colinda con el territorio, con el suelo y con el subsuelo.
EL ESPACIO MARÍTIMO SE SUBDIVIDE EN:
MAR TERRÍTORIAL: Que son 12 millas marinas contadas desde las bajas mareas. Aquí el Estado ejerce plena soberanía, con una limitación y es que está obligado a permitir el paso inocente de naves comerciales (libre navegación), mientras esto no perjudique la paz el orden y la seguridad nacional del estado ribereño y, siempre cuando y cuando la nave no se detenga, esta soberanía se extiende sobre el espacio aéreo situado sobre el mar territorial, sobre el lecho y subsuelo de ese mar.
*ZONA CONTIGUA: Que es el mar adyacente (24 millas)
*ZONA ECONÓMICA. Exclusiva o mar patrimonial (200 millas náuticas)
*PLATAFORMA CONTINENTAL: Comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental.

51. - ESPACIO AÉREO:
Es el espacio gaseoso que existe sobre el suelo y sobre el espacio marítimo, y que comprende la atmósfera

52. - EXISTEN TRES TEORÍAS PARA FIJAR EL ESPACIO AÉREO:
1° Sostiene que todo el espacio aéreo es nacional del estado al que pertenece.
2° Sostiene a comienzos de la aviación (año 1904-1906, con los hermanos Wraigth), que todo el espacio aéreo internacional es decir de libre navegación. - esta teoría hoy no lo acepta ningún estado nacional, ni Naciones Unidas -.
3° Sostiene que el espacio aéreo es nacional hasta un punto determinado a fijar, y de ahí es más la estratosfera es internacional.

53. - TEORÍAS JURÍDICAS QUE VINCULAN AL ESTADO CON SU TERRITORIO:
SON TRES:
1° TEORÍA DEL TERRITORIO OBJETO:
Tiene vigencia en la edad media. Esta teoría estima que el territorio es el objeto material del Estado, es el elemento sobre el cual el Estado ejerce su Dominio, de manera semejante a la acción del propietario sobre su predio.
Esta teoría no tiene vigencia hoy porque no se puede aceptar desde un punto de vista doctrinario doble propiedad sobre un mismo territorio.
YELLINEX acepta esta teoría siempre y cuando lo que se ejerza no sea Dominio sino Imperio.
El Imperio no es un problema de tipo patrimonial económico, sino que el estado va a poder imperar sobre los ciudadanos, en la aplicación del ordenamiento jurídico.
2° TEORÍA DEL TERRITORIO SUJETO
Esta teoría considera que el territorio forma parte de la personalidad del estado, o sea, el elemento subjetivo del estado.
CARRE DE MALBERG sostiene que el territorio no es un objeto situado fuera de la personalidad jurídica del Estado, “sino que es un elemento de su ser y no de su haber, un elemento de su misma personalidad y en este sentido aparece como parte integral de su persona. En ausencia de un territorio el Estado no puede formarse. El territorio es una condición de existencia del Estado”.
DUGUIT expresa que el Estado como titular de la potencia política, no se puede existir sin que halla un territorio exclusivamente afecto a la colectividad que le sirve de soporte. “El Estado, que posee la potencia política, no puede ejercerla sino con la condición de que halla un territorio exclusivamente afecto a su ejercicio”.
3° TEORÍA DEL TERRITORIO LÍMITE DE COMPETENCIA
KELSEN fue uno de los principales expositores. Si el Estado produce el derecho es para que se cumpla dentro de su territorio. El territorio es el ámbito espacial de aplicación de las normas y preceptos emanados del Estado.
El territorio es el espacio donde se deben realizar ciertos hechos, no el espacio en el que de hecho se realizan.
*** En las tres teorías el vínculo jurídico es la relación jurídica existente entre el Estado como institución y el territorio. El territorio es uno de los elementos o condiciones de existencia del Estado.

55. - LA GEOPOLÍTICA:
Ciencia que ha preocupado desde los griegos hasta nuestros días. Aunque se le dé forma científica moderna, sólo a fines del siglo XIX, con tres grandes autores, se fundan la geopolítica moderna.
- Malford Mazkinder
- Friedrich Ratzel
- Rudolf Kjellen
La geopolítica estudia la influencia de los factores geográficos en la política, en un aspecto va a decir que para construir un Estado-Nación se requieren determinados recursos naturales básicos, y a falta de ellos nunca llegará a ser Estado-Nación y solo será un protectorado.
En los años 50, al interior de la geopolítica se empiezan a dar cuenta que la preparación del grupo humano también es fundamental para construir un Estado-Nación, la inteligencia, la capacidad es fundamental en materia de defensa y seguridad nacional, por lo que la educación es fundamental.

56. - EL PODER
DEFINICIÓN DE BURDEAU.
a.- Fuerza al servicio de una idea.
b.- Fuerza nacida de la voluntad social preponderante.
c.- Destinada a conducir al grupo hacia un orden social que se estima benéfico.
d.- Y llegado el caso capaz de imponer a sus miembros los comportamientos que esta búsqueda impone.

57. - CARACTERÍSTICAS DEL PODER:
SOBERANO: Hay tres elementos distintivos de la soberanía
1° Supremacía; no hay otro grupo humano en el Estado de mayor jerarquía.
2° Dominación; el Estado debe ser obedecido por toda la población que habita su territorio.
3° Calidad de Independencia; no hay otro grupo humano al cual el Estado deba obedecer.
TEMPORAL: El poder del Estado se preocupa de la temporalidad del hombre, de lo temporal, (no confundir temporalidad con materialidad), también el poder del Estado se preocupa de la intelectualidad.
TITULAR DE MONOPOLIO DE LA FUERZA FÍSICA: Titular del ejercicio de la fuerza física.

58. - ETAPAS HISTÓRICAS DEL PODER DEL ESTADO.
SEGÚN BURDEAU: Se distinguen 3
a.- ETAPA DEL PODER ANÓNIMO:
El poder del Estado no está radicado en ninguno de los miembros de la sociedad, es anónimo, no está radicado en nadie. (Se encuentra difundido entre los individuos).
b.- ETAPA DEL PODER INDIVIDUALIZADO:
Etapa del poder individual, el poder del Estado se radica en un solo individuo.
c.- ETAPA DEL PODER INSTITUCIONALIZADO:
El poder del Estado se radica en la institución, los gobernantes no son el poder sino meros agentes del poder.
Hay una cuarta etapa que también la distingue Burdeaux y muy particularmente Duverger.
d.- ETAPA DEL PODER PERSONALIZADO:
Es la época actual, cuando la gente cree erróneamente que la persona del gobernante es el titular del poder y no el Estado, siendo el Estado efectivamente el titular del poder.
Se le llama etapa del poder personalizado por la persona del gobernante.
El gobernante sabe que es un simple detentor del poder estatal, pero se comporta en el ejercicio del mismo como si realmente Él fuera el poder.
El mayor factor que hace emerger este fenómeno en la sociedad dice relación con una característica de la sicología de las masas. (Prefieren obedecer al individuo y no a su título).

59. - ESTADO Y DERECHO
El Estado mantiene íntima relación con el derecho, tanto que se podría decirse que existe una acción recíproca de ambos sistemas.
* El Estado ejerce influencia en la formación y aplicación de las reglas jurídicas.
* a su vez el derecho limita la actividad del Estado.
HAY DOS IDEAS FUERZA
a.- ENFOQUE DEL DERECHO NATURAL:
Primero hay que aclarar que dentro de la Escuela del Derecho Natural hay gente creyente y gente no creyente.
El enfoque del Derecho Natural apunta a la naturaleza misma del hombre, a lo que el hombre es naturalmente, y en consecuencia dicen: “El hombre en forma natural no atenta contra su origen”, esto vendría antes de cualquier ordenamiento imaginado por el hombre, vendría antes de la 1° fundación del Estado.
b.- ENFOQUE POSITIVISTA:
Los positivistas sostienen con Kelsen a la cabeza que el derecho no es sino lo que el hombre quiere que sea, lo que la expresión cultural del hombre de la época quiere que sea.

60. - FIN O FINES DEL ESTADO.
El fin del Estado es el bien común.

61. - DEFINICIÓN DE BIEN COMÚN:
DEFINICIÓN ARISTÓTELICA TOMISTA
“El conjunto de condiciones que hacen posible y favorecen en los seres humanos el desarrollo integral de sus personas”.
DEFINICION PADRE JESUITA FRANCISCO SUAREZ
“Un status en el cual los hombres viven en un orden de paz y de justicia con bienes suficientes para la conservación y el desarrollo de la vida material, con la probidad necesaria la preservación de la paz externa, la felicidad del cuerpo político y la conservación continua de la naturaleza humana”
DEFINICIÓN DE LA CONSTITUCION DE 1980, ART. 1°
“El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común *** debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto de los derechos y garantías que esta constitución establece”.

62. - ELEMENTOS QUE COMPRENDEN EL BIEN COMÚN:
a.- La paz
b.- La justicia.
c.- El bienestar

63. - EN EL FIN O FINES DEL ESTADO DISTINGUIMOS ENTRE:
a.- FIN OBJETIVO DEL ESTADO:
Que es el propio de cada Estado, esto la construcción, consolidación y perfeccionamiento de la comunidad política.
b.- FINES SUBJETIVOS DEL ESTADO:
Que son los propios de cada Estado, y constituyen los contenidos muy variables de bien común. En los fines subjetivos hay dos temas interesantes:
b1.- Resolver los fines concretos e históricos del momento histórico que vive el Estado.
b2.- Que estos fines subjetivos se ven distorsionados modificados.

64. - Con relación a LOS FINES SUBJETIVOS DISTINGUIMOS TRES DOCTRINAS:
a.- DOCTRINA INDIVIDUALISTA:
La colectividad debe estar organizada de permita y asegure el ejercicio de los derechos inherentes a la personalidad humana, la vida - la libertad.
En lo material que garantice la propiedad privada con sus complementos inseparables: La libre iniciativa y la empresa privada.
El Estado se limita a supervigilar y garantizar el desenvolvimiento de aquellas relaciones. El Individuo es el instrumento protagónico. La sociedad le sirve; el Estado lo protege.
b.- DOCTRINAS SOCIALISTAS:
Aspiran a una justicia social, con control del origen del orden económico por parte del Estado, y a una sociedad donde las clases sociales cooperen o colaboren mutuamente o directamente no existan.
El Estado pasa a cumplir funciones reguladoras del orden no solo en lo jurídico, sino en lo social y principalmente en lo económico. Si es necesario debe competir con el individuo en este campo para mantener el equilibrio colectivo.
La propiedad no solo otorga derechos a su titular, sino que también le impone deberes.
En estas concepciones LA SOCIEDAD OCUPA EL PRIMER PLANO; el individuo y el Estado la sirve, cumpliendo funciones coadyuvantes. (de contribución y ayuda).

3. - DOCTRINAS TRANSPERSONALES:
Postulan que el hombre solo puede alcanzar su realización plena en cuanto se subordina a otra realidad superior. Por ejemplo el pueblo, la nación, el estado.
La totalidad de la vida colectiva gira en torno al desarrollo de esa entidad superior.
Como dice Bidart: “El Hombre queda denigrado y convertido en una herramienta del Estado. No es el Estado para el hombre, sino el hombre para el Estado”.

65. - FORMAS DE ESTADO
La forma de Estado atiende fundamentalmente a la estructura del poder, del cual el Estado es titular.
La forma de gobierno en cambio, concierne al ejercicio del poder. Atiende a como se ejerce el poder y como son designados los gobernantes.
De esta forma solo puede explicarse que Estados Unidos de estructura semejante estén regidos por formas de gobierno diferente. La idea es que a iguales formas de Estado se puedan dar diversas formas de gobierno, y en diversas formas de Estado se puedan dar iguales formas de gobierno.

FORMAS DE ESTADO FORMAS DE GOBIERNO
a.- Estado unitario (Chile) a.- Presidencial o Parlamentarismo renovado (EE.UU)
b.- Estado Federal (EE.UU.) b.- Presidencialista (América Latina)
c.- Parlamentaria (Inglaterra)
d.- Directorial o Asamblea (Suiza)
e.- Semipresidencial (Francia)

66. - ESTADO UNITARIO
Su característica principal es que tiene un solo centro de impulsión política. El poder estatal se ejerce sobre todo el grupo humano que habita el Estado. Las decisiones políticas obligan por igual a todos los gobernados.
Su organización política abarca todo el territorio estatal y rige para todo su ámbito sin considerar las diferencias locales y regionales que pudieran existir, por tanto es aquel en que el poder conserva una unidad en cuanto a su estructura al elemento humano y al territorio sobre el cual recae.
Este tipo de Estado es la forma en que se realiza del modo más perfecto la idea del estado, porque un pueblo es organizado sobre un único territorio y bajo un solo poder.
El desarrollo científico y tecnológico han hecho esta forma de Estado en un cierto sentido ineficaz.

66. - LA CENTRALIZACIÓN:
Se produce cuando el poder público se convierte en el centro unificador de todas las funciones y los ejerce en una cogestión de la autoridad pública. El poder político está centralizado cuando la autoridad que rige el Estado monopoliza el poder de mando y el ejercicio de las funciones que caracterizan a la Potestad pública.
El Estado unitario centralizado constituye una organización piramidal ---> las ordenes descienden desde la cúspide (la capital del Estado) a la base (los últimos villorrios), del mismo modo que los recursos humanos y naturales de los niveles locales y provinciales se remontan desde la base hasta la cúspide.
Las colectividades inferiores no poseen órganos propios ni poder de decisión. Este grado de centralización no existe en el mundo contemporáneo. Frente a las impericias de la centralización han surgidos dos correctivos: La Desconcentración y la Descentralización.


67. - LA DESCONCENTRACIÓN:
Consiste en delegar el órgano central del poder en funcionarios subalternos, manteniéndose en el centro la personalidad jurídica del órgano y del patrimonio. El centro toma sólo una parte de las decisiones.
Los agentes locales del poder central tienen competencia para adoptar ciertas decisiones sobre determinados asuntos respecto de los cuales no están sometidas al poder central, entendiéndose si que en cuanto órganos como tal permanecen jerárquicamente subordinados.
La desconcentración no crea agentes independientes, sólo desplaza el centro de poder de decisión.

68. - LA DESCENTRALIZACIÓN
Es la distribución del poder. Descentralizar quiere decir separar del centro, considerándose como lo contrario de centralizar, o unir el centro.
Los organismos descentralizados se caracterizan por que no están subordinados jerárquicamente a ningún otro órgano administrativo sino que reciben sus atribuciones directamente de la ley que los crea. La descentralización implica siempre una distribución de la actividad del Estado que se manifiesta como distribución del poder o como distribución de funciones.
Distribución del poder ---> Descentralización política
Distribución de funciones ---> Descentralización administrativa.

69. - DESCENTRALIZACIÓN POLÍTICA:
Es la distribución del poder. Cuando se hace descentralización política (buscando eficiencia naturalmente), se pone fin a forma de Estado unitario y comienza de inmediato a fundarse un Estado Federal.
Consiste en fraccionar el poder central, el ente tiene poder y la facultad para generar las normas que han de regir su actividad. El poder político se distribuye en varios territorios que la ejercen en forma autónoma.

70. - DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA:
Es la creación por ley de la república de un organismo autónomo del poder central con personalidad jurídica del Estado y con patrimonio propio. El control que ejerce el poder central sobre este organismo descentralizado administrativamente es a posteriori, nunca a priori.
La descentralización administrativa puede ser:
CON BASE TERRITORIAL: Que es igual a la municipalidad, se le otorga una jurisdicción territorial precisa, la comuna. No tienen normas para dictar las normas que rigen su actividad.
SIN BASE TERRITORIAL: No se asigna un territorio determinado sino que va a ser todo el territorio del país, del Estado. Por ejemplo: Servicio Nacional de Salud, ---> actúa sobre todo el territorio nacional.


71. - REGIONALIZACIÓN:
Jurídicamente la regionalización se considera como una forma de descentralización con asiento territorial que puede ser indistintamente de carácter político o administrativo.

72. - REGIONALIZACIÓN EN CHILE:
Parte en el año 1974 con dos decretos leyes Junio y julio de 1974, el gobierno militar es el que concreta la regionalización, aunque esta ya venía de mucho tiempo atrás. El gobierno de Aylwin reforma esa regionalización con la orgánica de gobiernos regionales.
Regionalización en Chile ---> descentralización con base territorial.

73. - PROPÓSITOS DE LA REGIONALIZACIÓN:
a.- Aprovechar al máximo nuestro territorio y sus recursos naturales.
b.- Redistribuir racionalmente al grupo humano dentro del territorio nacional
c.- La seguridad nacional
d.- Una participación Real de la población en la toma de decisiones de su propio destino.
74.- REGIÓN AUTONOMA:
Es la descentralización política que no alcanza a transformar un Estado unitario o Estado federal.
Por ejemplo: España --> Cataluña, Galicia, Euscadiz (país vasco).
Bélgica --> Balones, Flamencos.
Italia --> región del Mesojorno.

75. - ESTADO FEDERAL:
Nace con la suscripción o dictación de una Constitución Política Federal, esta establece diversos centros de impulsión política. Dentro del territorio federal cada uno de estos centros de impulsión política va a constituir un Estado local o miembro del Estado federal. En América los Estados Federales son: Argentina, Brasil, Venezuela, Estados Unidos, México y Canadá. El resto son Estados Unitarios.

76. - CAUSAS DE LA FORMACIÓN DE UN ESTADO FEDERAL:
- Pueden ser razones de territorios extensos.
- Puede ser causa de un enemigo externo a ellos común.- Puede ser causa de la agrupación étnica. Diversa etnias no homogéneas (lenguas y costumbres distintas), estos grupos al asociarse en un Estado federal al momento de firmar la Constitución Política Federal se reservan algunos estatutos jurídicos propios de su etnia, de su cultura.
Ejemplo, Canadá.
****Estados Unidos Invento la forma de Estado Federal.


77. - CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES DEL ORDEN FEDERAL

a.- Existe poder central y poderes locales.
b.- Constitución Federal, este es el acto jurídico que les da nacimiento.
c.- Distribución de competencias, la competencia se va a distribuir entre la constitución política federal y las constituciones políticas locales; entre el territorio federal que abarca todo el país y los territorios locales, reservándose el Estado federal alguna materia en exclusiva, en forma monopólica.
Ejemplo: Sistema monetario
Defensa Nacional
Relaciones Internacionales
4. - La soberanía es indivisible. Todas las atribuciones de soberanía corresponden al Estado Federal. En los Estados Federales existe sólo la soberanía indivisible del Estado Central.
5. - Sistema bicameral. En general, el pueblo queda representado bajo 2 modalidades diferentes. Una cámara elegida en proporción al número de habitantes - como los Estados Unidos- y otra cámara elegida en forma igualitaria por cada uno de los Estados miembros, - exclusiva de los Estados Federales.
Ejemplo : USA, una cámara alta --> Senado.
una cámara baja --> cámara de representantes.
Es doctrinariamente bicameral, pero también puede ser unicameral como en Costa Rica.

78. - El objeto de un Estado Federal no es sólo la descentralización administrativa sino también política.


79. - PRINCIPIOS QUE RIGEN EL ESTADO FEDERAL:
a.- PRINCIPIOS DE AUTONOMÍA. Cada Estado local o miembro conserva cierta independencia en la gestión de sus asuntos, esto se traduce en la existencia de una constitución propia, libremente establecida y modificable por cada Estado siempre que no se oponga a los principios establecidos por la constitución federal.
b.- PRINCIPIO DE LA PARTICIPACIÓN: Los Estados federados colaboran en la formación de la decisión que valdrá para toda la Unión. Este principio se manifiesta en la participación de los Estados como personalidades autónomas en la formación de la voluntad federal y en las reformas de la constitución federal.
Esta participación tiene lugar a través de una cámara compuesta de representantes de los Estados. Esta cámara recibe diversos nombres: Senado --> USA
Consejo de Estado --> Suiza.


80. - TIPOS DE ESTADOS FEDERALES:
No todos los Estados Federales se atienden estrictamente a los caracteres clásicos, y los principios de autonomía y participación no juegan de la misma manera. Algunos Estados colocan el centro de gravedad en los Estados miembros y confían a estos la mayor parte de las tareas.
Otros estados en cambio, robustecen las competencias de la federación y se caracterizan por una orientación centralizadora.

81. - TENDENCIA A LA DESCENTRALIZACIÓN.
Es posible observar esta por diversas razones;
a.- Ciertas emergencias como la guerra y las depresiones económicas.
b.- El intervencionismo estatal en determinados servicios.
c.- La ayuda financiera que algunas ocasiones presta el Estado a los miembros a través de subvenciones.
d.- Los adelantes técnicos, sobre todo en materia de comunicaciones.
e.- La recaudación de impuestos en favor de la federación.

82. - UNIONES DE ESTADO:
No son formas de Estado sino que conforma un agregado político distinto dentro de la comunidad internacional. Actualmente no existen, pero por su valor histórico interesa mencionar que fueron 3:
a.- UNIÓN PERSONAL: Existe cuando las coronas de dos reinos coinciden en la persona natural de un mismo titular, conservándose su independencia total de los reinos entre sí. Esto ocurre en virtud del derecho sucesorio.
Ejemplo: Carlos I Rey de España, que luego fue Carlos V de Alemania.
b.- UNIÓN REAL: Existe cuando la corona de dos reinos coincide en la persona natural de un mismo titular, aquí aunque los reinos se mantienen independientes hay tres ministerios en común:
b1.- Ministerio de Hacienda
b2.- Ministerio de Defensa
b3.- Ministerio de Relaciones Exteriores.
c.- LA CONFEDERACIÓN: Vinculación entre Estados, se funda sobre la base de un tratado internacional, los Estados permanecen independientes entre sí. Su órgano fundamental es un congreso o dieta, el que está compuesto por representantes o embajadores, (uno por cada Estado).
Los acuerdos que toma el congreso afecta a los estados pero no así a sus ciudadanos, para que estos sean afectados se requiere que estos acuerdos sean aprobados por los respectivos de cada Estado confederado y que luego se publiquen por algún medio que llegue a toda la comunidad, solo entonces los ciudadanos están obligados a cumplir lo tratado.




83. - PARALELO ENTRE ESTADO FEDERAL Y CONFEDERACIÓN:


ESTADO FEDERAL CONFEDERACIÓN
a.- Se funda por una constitución política federal a.- Se constituye por un tratado internacional
b.- Los estados locales no tienen derecho a secesión. b.- Los Estados confederados tienen derecho a secesión.
c.- En la comunidad internacional es reconocido c.- En la comunidad internacional es reconocida
un solo Estado (Un embajador, una bandera) por todos los Estados que están confederados

84. - EL ESTADO Y LA COMUNIDAD INTERNACIONAL:
ESTADO, es la forma política que inició su desarrollo durante renacimiento con motivo de las grandes unificaciones nacionales. Sin embargo los Estados no han permanecido aislados unos de otros, sino que se han relacionado permanentemente a través de interrelaciones pacíficas y también violentas como la guerra, concretándose estas en convenciones y tratados.
Desde fines del siglo XVIII los tratados internacionales y sobre todo ciertas convenciones que han creado alianzas o uniones administrativas (para satisfacer necesidades comunes de los Estados), han ido diseñando uniones de Estado en sentido extenso.
YELLINEK dice: “todos los Estados unidos por la comunidad del derecho internacional forman una gran comunidad de intercambio”.
Hoy los Estados están inmerso en un orden internacional donde no sólo existen otros Estados, sino otros sujetos de derecho internacional, como son las organizaciones internacionales.

85. - LA SOBERANÍA Y EL ORDEN INTERNACIONAL:
Los Estados SON SOBERANOS EN LO INTERNO; en la medida de que sé autodeterminan sin sujeción a otro poder, EN LO INTERNO; la soberanía se manifiesta como “Independencia”, como el derecho a determinar su política de acción sin admitir la intervención de otros Estados.
COMO DICE BIDART CAMPOS; lo que significa que el Estado pueda hacer internacionalmente lo que se le antoje, sino solo que internamente repele todo otro poder ajeno.
Lo que quiere decir que los Estados deben respetar las limitaciones provenientes del centro internacional en materia internacional.




TEORÍA DE GOBIERNO

86. - GOBIERNO
Gobierno es igual a ejercicio del poder supremo, Gobernar es ejercer el poder.
Hasta la fecha no se ha encontrado otra forma de ejercer el poder del Estado que no sea mediante una persona natural. “El poder del Estado para realizarse necesita de una inteligencia, de una voluntad, de una fuerza humana que lo concrete, que lo haga efectivo que lo impulse.
El dueño del poder es la institución y los gobernantes son meros agentes del poder. La cualidad de órganos del Estado de los gobernantes procede de la constitución y en virtud de ésta, ejercen su competencia.
El Gobierno ejerce funciones que son las diversas actividades desarrolladas por el Estado en el ejercicio o cumplimiento de sus fines.

87. - FUNCIONES DEL PODER DEL ESTADO:
Se suele confundir la función con el órgano que la realiza. En efecto la función justifica al órgano pero no a la inversa. El poder del Estado es único e indivisible pero sus funciones se agrupan principalmente en:
a.- Función Legislativa o Normativa
b.- Función Ejecutiva
c.- Función Jurisdiccional o Judicial.
Para establecer la debida definición de funciones se aplican diversos criterios:
CRITERIO ORGÁNICO: La función se considera según el órgano que la cumple. Ejemplo: Es Legislativa toda función cumplida por el parlamento.
CRITERIO FORMAL: Se clasifica en funciones por la forma que el acto reviste. Ejemplo: Es Ley todo acto con forma de tal.
CRITERIO MATERIAL: Se atiende a la sustancia o contenido del acto, sin reparar en la forma que adopta, o el órgano que la emite. Ejemplo: Un acto es legislativo por esencia no por tener forma de ley, ni por ser cumplido por el parlamento.

88. - DIVISIÓN DE PODERES DEL ESTADO:
Los principales expositores de esta doctrina fueron el ingles LOCKE y el francés MONTESQUIEU.
Para LOCKE: dentro del Estado existen varios poderes distintos entre sí y atribuidos a órganos separados; cada uno tiene competencia para ejercer el poder en su correspondiente ámbito pero sin rebasarlo nunca.
Divide el poder del Estado en:
a.- Poder Ejecutivo
b.- Poder Legislativo - Administrativa
- Judicial
c.- Poder de Prerrogativa
PODER DE PRERROGATIVA. Se le atribuye la decisión en los casos de emergencia y excepciones.
PODER FEDERATIVO: Facultado para declarar la guerra y hacer la paz.
Según MONTESQUIEU: La libertad descansa principalmente en la división de poderes, atribuidos a órganos separados entre sí, pues la unión de poderes proporciona a su titular tal cantidad de poder que le permitiría actuar con arbitrariedad, mientras que su separación impediría que se actuara injustamente.
Divide el poder del Estado en:
a.- Poder Legislativo
b.- Poder Ejecutivo
c.- Poder Judicial

89.- CRITICAS AL PRINCIPIO DE DIVISIÓN DE PODERES DEL ESTADO:
Para LOEWENSTEIN: La separación de poderes es como se expresa la necesidad de distribuir y controlar efectivamente el ejercicio del poder político.
Para LOEWNSTEIN lo que suele designarse como la separación de poderes estatales, es en realidad la distribución de determinadas funciones estatales a diferentes órganos del Estado.
YELLINEK esta en contra de lo dicho por Montesquieu, pues señala que el fundamento de la constitución del Estado está constituido por el reconocimiento de éste como unidad, doctrina de la indivisibilidad del poder del estado. Con respecto a esto dice: “Cada órgano del Estado representa dentro de sus límites el papel de éste, por lo que es imposible hablar de una división de poderes. En la variedad de sus órganos no existe por tanto sino un solo poder del Estado”. Además señala que ninguna constitución se aplica estrictamente a la doctrina de división de poderes y siempre existe, en definitiva, preeminencia de algún órgano.
Para KELSEN: No basta que halla separación de órganos para que la libertad esté garantizada. Coincide además parcialmente en la crítica de YELLINEK en cuanto que “el poder del Estado es único e indivisible” ya que expresa la validez de un orden jurídico.

EJERCICIO DEL PODER POLÍTICO.
LUIS IZAGA hace una de las críticas más severas a esta doctrina, nos dice que si todo es de por sí despótico, lo será cada uno de los tres poderes en su esfera, en lo que son independientes. En vez de un déspota tendríamos que soportar a tres.
****Pero al margen de todas las consideraciones anteriores, la doctrina reconoce que tanto la división de los poderes del Estado y la separación de sus funciones, junto con ser aconsejables desde el punto de vista de la distribución del trabajo, contribuye igualmente a alejar el peligro del abuso del poder.

90.- FUNCIONES DEL PODER DEL ESTADO:
FUNCIÓN DEL PODER LEGISLATIVO:
Consiste en hacer el derecho, la Ley. El órgano Legislativo es una fabrica de leyes y el acto jurídico que aquí sale se llama ley de la república. También están los llamados Decreto Ley o Decreto con Fuerza de Ley, que para todos efectos prácticos son lo mismo, pero no lo son en realidad.
LEY: La dicta un gobierno constitucional mediante un proceso establecido en la constitución, y la dicta el poder legislativo.
DECRETO CON FUERZA DE LEY: Surge en Europa después de la I Guerra Mundial y en América Latina y el resto del mundo luego de la I I Guerra Mundial. Son normas generales y obligatorias dictadas por el Presidente de la república previa autorización de la 1° Ley delegatoria de facultades, tienen jerarquía de Ley y reconoce como límites los siguientes:
a.- Su contenido debe ser materia propia de ley, sin embargo la constitución establece materias de Ley en las que no pueden pronunciarse como por ejemplo: - Nacionalidad y Ciudadanía
- Elecciones y Plebiscitos, etc.
b.- Tiene un plazo tope, que es de un año, desde que entra en vigencia la Ley delegatoria de facultades.
c.- La Ley delegatoria le fija el marco de acción, es decir, los D.F.L. no podrán ir más allá de lo autorizado por dicha Ley.
****Esta legislación se justifica por lo lento que se han hecho con el correr del tiempo los poderes legislativos y las rápidas soluciones que requiere la dinámica actual. Por esto principalmente es que el parlamento que le concede al Presidente de la república esta ley delegatoria para que él legisle sobre una materia por aprobada por ellos, así se evita la demora de las discusiones y las comisiones.
DECRETO LEY: Lo dicta el titular del poder ejecutivo en un gobierno de facto, inconstitucional, éste debe ser ratificado una vez que se ha vuelto a un Estado constitucional.

91. - DISTINCIÓN DE LEY SEGÚN LA DOCTRINA ALEMANA:
a.- ES LA LEY EN SENTIDO FORMAL si en su dictación se han cumplido todas las formalidades correspondientes y ha sido dictada por el órgano correspondiente.
b.- ES LEY EN SENTIDO MATERIAL en cuanto a las materias de Ley, aquí ya no interesa tanto la forma que se utilizó para su dictación sino la materia de Ley. Si la ley lleva en sí como precepto el carácter intrínseco de la Ley, independiente del cuerpo que la promulgó.

92. - SON CARÁCTER INTRÍNSECO DE LA LEY:
- La generalidad (norma general)
- El sentido abstracto
- La obligatoriedad

93. - SON NORMAS LEGALES:
Aquellas normas generales, abstractas y obligatorias a todos los miembros de la sociedad.

94. - ORGANIZACIÓN DEL PODER LEGISLATIVO:
Por regla general es bicameral, una cámara baja que se llama cámara política (en chile cámara de diputados), y una cámara alta (en Chile senado), la cual no cumple una función política sino que equivale a un consejo de ancianos por su experiencia.
La cámara política es la cámara de la fuerza, del cambio de las nuevas generaciones.

95. - CÁMARA DE DIPUTADOS
En Chile son 120 diputados, dos por cada distrito, estos se renuevan cada cuatro Años.

96. - SENADO
En Chile son alrededor de 50, este número es variable en nuestra constitución por el número de Senadores designados y vitalicios. Los Senadores se renuevan cada ocho años.

97. - SISTEMA UNICAMERAL
Hay una sola cámara, solamente cámara política. Aunque no es la generalidad se da por ejemplo en Costa rica donde se llama ASAMBLEA LEGISLATIVA.

98. - FUNCIÓN EJECUTIVA
Es la que sirve para ejecutar el ordenamiento jurídico su titular es el Presidente de la república. El Presidente toda una estructura de ministerios (Secretarias de Estado), por materia especialísima. Hay servicios públicos que dependen de algún ministerio.
Ejemplo: Ministerio --> Defensa
Servicio público--> Ejército, dentro de estos servicios hay también toda una estructura, departamentos, secciones, etc., y todos estos funcionarios están autorizados por la vía de delegación del jefe del Poder Ejecutivo.

99. - EN LA ACTIVIDAD EJECUTIVA SE DISTINGUEN DOS FUNCIONES:
(Carré De Malberg)
a.- FUNCIÓN DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO
Administrar consiste en proveer por actos inmediatos e incesantes a la organización del funcionamiento de los servicios públicos. Son actos administrativos todos aquellos que no implican para los particulares ninguna modificación en su régimen jurídico.
**Quien ejerce esta función no altera ni en una coma el ordenamiento jurídico escrito y publicado en el diario oficial, solo lo aplica.
a.- FUNCIÓN DE CARÁCTER POLÍTICO: Aquí el Presidente puede cambiar y alterar todo sin tocar el ordenamiento jurídico. La constitución le entrega al Presidente de la república el manejo de las relaciones internacionales, sólo el presidente tiene facultades en materia de derecho Internacional. El Presidente lleva adelante un acuerdo internacional y lo firma, este acuerdo debe pasar por una aprobación del parlamento quien sólo puede hacer eso, o rechazarlo, pero sin cambiarle ni una coma.
**Esta es la parte creativa del poder ejecutivo.

100. - FUNCIÓN JURISDICCIONAL O JUDICIAL:
Esta función consiste en expresar, en decir, el derecho, como la idea es preferible hablar de jurisdiccional más que judicial, en el fondo es preferible hablar de competencia para decir el Derecho.
*Jurisdicción es competencia para decir el derecho por varias razones:
- Por que tiene un territorio (un segmento de territorio)
- Por que sus miembros son letrados, competentes (tienen una formación).
- Por que aveces los jueces se pronuncian sin que exista ningún conflicto y JUDICIAL --> Juicio implica siempre conflicto entre partes.

101. - CUANDO DEBEN PRONUNCIARSE LOS JUECES
a.- Siempre que halla violación de las leyes, debe restablecerse el derecho perturbado, el orden jurídico, el estado de derecho. Para que de seguridad, para que haya paz social y progreso.
b.- Sin existir la violación del derecho, cuando hay desacuerdo en la manera de precisar el derecho. Ejemplo: La clausura de un contrato.
b.- Sin que sobrevenga ninguna de estas causas anteriores para proceder a ejercicio de un derecho.

102. - ¿CÓMO SE NOMBRAN LOS JUECES?
(Carré De Malberg) Hay tres sistemas:
a.- AUTOGENERACIÓN: Los propios jueces son autónomos con presupuestos propios y son ellos los que designan a sus sucesores.
Ventajas: Por su competencia y experiencia ellos son los que están mejor dotados para calificar a los futuros Jueces.
Desventajas: Se crea la llamada oligarquía partiendo de la buena fe que los jueces, que son nombrados, son hombres íntegros y honorables, se daría que a iguales antecedentes en los candidatos, van a tender a nombrar a sus amigos parientes o correligionarios.
**Por esto este sistema no ser ocupa prácticamente en ninguna parte del mundo.
b.- ELECCIÓN POPULAR: Este sistema es proclamado en la revolución francesa y está puesto en práctica en diversos estados locales o miembros U.S.A..
c.- SISTEMAS MIXTOS: Son nombrados por el poder ejecutivo con consentimiento del poder legislativo.
- Son nombrados por el poder ejecutivo y el propio poder judicial.
Aquí los tribunales superiores de justicia proponen quinas o ternas de candidatos al poder ejecutivo para que el presidente libremente designe.
**en el caso de Chile es el ministro de Justicia quien designa y le lleva todo absolutamente decidido al Presidente quien sólo pone la firma.
- Consejo integrado por los tres órganos del poder.
Este es un órgano de rango constitucional equivalente a la Contraloría General de la República, al Banco Central, etc.
Como su nombre lo dice está integrado por los tres poderes del Estado, y son ellos los que en forma autónoma e independiente eligen, nombran y designan a los futuros jueces.
***Los jueces son inamovibles e independientes.
La declaración de los derechos humanos del año 1948 de la ONU, en su artículo 10, consideró como esencial la existencia del tribunal independiente e imparcial del poder de turno.

103. - TIPOS DE GOBIERNOS:
a.- Gobierno Parlamentario (Inglaterra)
b.- Gobierno Presidencialista (Chile)
c.- Gobierno Presidencial (U.S.A.)
d.- Gobierno Directorial o Asamblea (Suiza)
e.- Gobierno Semipresidencial o de Parlamentarismo renovado (Francia)

104. - GOBIERNO PARLAMENTARIO CLÁSICO:
REINO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE. Los Británicos son los que inventan esta forma de ejercer el poder del Estado.

105. - Ppoder ejecutivo:
Es bicéfalo, tiene dos cabezas:
a.- Jefe de Estado: El Rey (Reina Isabel II)
b.- Jefe de Gobierno. Primer Ministro (Tony Blair)

106. - COMO SE ELIGE EL PODER EJECUTIVO:
a.- JEFE DE ESTADO: El Rey, por derecho sucesorio, el hijo mayor hereda el cargo en forma vitalicia.
b.- JEFE DE GOBIERNO. El Primer Ministro. El Candidato a Primer Ministro debe reunirlas siguientes características:
b1.- Debe ser Común, haber sido elegido por el pueblo como Común.
b2.- Debe ser el líder de la mayoría en la cámara, Presidente del partido político mayoritario.
b3.- Debe ser elegido por la cámara de los Comunes por mayoría de votos.

107. - EN CUANTO A LAS RESPONSABILIDADES:
Las responsabilidades en el derecho son 4. Civil, Penal, Administrativa y Política.
a.- JEFE DE ESTADO: No tienen ninguna responsabilidad, su figura es intocable. Las únicas responsabilidades que podrían aplicarse son: Una de tipo penal sólo por alta traición al Estado, y una de tipo administrativa en cuanto a la administración de palacios, donde debe rendir cuentas del dinero que se le asigna para tal efecto.
b.- EL JEFE DE GOBIERNO: Tiene las cuatro responsabilidades, pues si se ejerce el poder del Estado.
El Primer Ministro gobierna con un gabinete el que tiene la confianza política del parlamento, responde políticamente ante la cámara de los Comunes.

108. - MEDIOS POR LOS QUE SE EJERCE LA RESPONSABILIDAD POLITICA:
a.- MOCIÓN CENSURA: Lo ejerce la cámara de los Comunes contra el Primer Ministro, quien tiene dos opciones:
a1.- Acatar y dimitir. (se disuelve el gabinete)
a2.- Si no acata puede pedir la disolución de la cámara (Derecho de disolución), cuando esto sucede significa que somete a decisión de sufragio universal. S e está solicitando la confianza del cuerpo electoral.
b.- VOTO DE CONFIANZA: Lo Propone el Primer Ministro ante la cámara en aprobación del proyecto de ley.
b2.- Su rechazo determina la caída del gabinete.
b2.- Su aprobación lleva consigo la sanción del proyecto de ley y la continuidad del gabinete.
***Ante el rechazo también se puede pedir el derecho de disolución.

109. - PODER LEGISLATIVO:
EL Parlamento es bicameral:
a.- Cámara Alta: Cámara de los Lores.
b.- Cámara Baja: Cámara de los Comunes.

110. - CÁMARA DE LOS LORES:
Los Lores son de tres clases
a.- LORES POR DERECHO HEREDITARIO: Que son los más importantes. El Primogénito varón accede a la muerte de su padre al ejercicio del cargo.
b.- LORES DESIGNADOS POR EL REY: su cargo es vitalicio pero no es hereditario.
c.- LORES ECLESIÁSTICOS: Máximas autoridades de la Iglesia anglicana.
**Esta cámara equivale a nuestro senado, tiene aproximadamente 1.700 miembros y sin embargo su sala tiene algo de 70 asientos, esto encuentra explicación en que un Lord no se permite asistir a una sesión donde se trata una tema que el no domina.
**Es un cargo renunciable, pero una vez que se ha renunciado a él, no podrá volver a pertenecer a esta cámara ni el que renunció ni tampoco su descendencia.
*Es la cámara revisora de lo que hace la cámara política.

111. - OTROS GOBIERNOS PARLAMENTARIOS:
a.- REPÚBLICA FEDERAL ALEMANA: La constitución política de Bonn de 1949, consagra los siguientes órganos de gobierno:
a1.- El Parlamento compuesto por dos cámaras.
a2.- El Presidente de la República o Jefe de Estado
a3.- El Canciller Federal.
b.- ITALIA: El sistema parlamentario que se ajusta muy bien al tipo clásico:
b1.- El Parlamento compuesto por - Cámara de Diputados
- Senado
b2.- Jefe de Estado, el Presidente de la República
b3.- Jefe de Gobierno, el Primer Ministro.

112. - GOBIERNO PRESIDENCIAL AMERICANO
Es un invento de la revolución americana (1776-1787)
La división de poderes es total, cada poder es absolutamente independiente.

113. - PODER EJECUTIVO
La ejerce un funcionario, una persona natural que es a la vez Jefe de gobierno y Jefe de estado, no se diferencia cuando es uno o el otro. Este funcionario es el Presidente, quien tiene todas las responsabilidades.
La responsabilidad política la va a tener frente al pueblo.
El Presidente es elegido por un periodo de cuatro años con una posibilidad de reelección por otro periodo igual.
El Presidente es elegido en una elección de dos grados: el pueblo elige ciudadanos electores quienes sesenta días después eligen conjuntamente al Presidente y al Vice Presidente, éste último es quien subroga al Presidente en caso de vacancia y es a quien corresponde presidir el Senado.
El Presidente nombra un gabinete que es de absoluta confianza política y puede cambiarlo cuando él quiera.
El Presidente no puede dar iniciativa a proyectos de ley en el parlamento por lo que los ministros han creado el PARLAMENTARISMO DE COLORES, el que consiste en la reunión de un ministro con algunos parlamentarios sin conocimiento del Presidente para comentar algunas de las inquietudes de éste para que los parlamentarios sean los que propongan los proyectos de Ley.

114-- PODER LEGISLATIVO
Es un sistema bicameral:
CÁMARA ALTA - SENADO: con un total de 100 miembros (2 Senadores por Estado), que se eligen por 6 años y se renuevan por tercios cada 2 años en el momento en que tiene lugar la elección de la cámara de los representantes.
CAMARA BAJA - CÁMARA DE REPRESENTANTES: se eligen representantes dependiendo de la proporción del distrito que sea y se eligen cada dos años.

*** Como la elección es un sistema mayoritario es un sistema bipartidista:

- Partido Republicano.
- Partido Demócrata.
-

115. - PODER JURISDICCIONAL
Hay tribunales propios de cada Estado local miembro y otros propios del Estado Federal.
La cúspide se encuentra en la Corte Suprema Federal.

116. - GOBIERNO PRESIDENCIALISTA
La vigorización del poder ejecutivo es lo que más sobresale en este tipo de gobierno.
Aquí el Presidente desarrolla una actividad legislativa intensa es un verdadero colegislador, e incluso en ciertas materias tiene iniciativa exclusiva para presentar proyectos de ley.

117. - GOBIERNO SEMI-PRESIDENCIAL O DE PARLAMENTARISMO RENOVADO

Es un tipo de Gobierno que incorpora instituciones y mecanismos del sistema presidencial y del sistema parlamentario: Francia.

118. - GOBIERNO DICTATORIAL O DE ASAMBLEA
(SUIZA). Este sistema se ve como una confusión entre la función legislativa y la función ejecutiva.
El Parlamento nombra al Consejo Federal que ejerce el poder ejecutivo este es un colectivo de 7 miembros que son designados por el poder legislativo y responden políticamente ante él.
Los 7 miembros tienen las 4 responsabilidades.
Estos cargos duran mientras dure la confianza del parlamento y son tremendamente estables. La lucha que se da entre la oposición y el gobierno es tremendamente civilizada al interior de un Estado de derecho.

TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN

119. - CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Viene del verbo Constitutio que significa: fundamento, cimiento.
DEFINICIÓN:
Sentido Material: Es el conjunto de normas y reglas obligatorias escritas o no escritas codificadas o dispersas que forman y rigen la vida de un Estado.
Sentido espiritual: Es el sistema de normas referidas a la estructura del poder estatal en cuya elaboración y mantenimiento se observan las formalidades que prescribe el constitucionalismo clásico.
**** Los pensadores de fines del siglo XVII y del siglo XVIII van a poner una exigencia a la constitución política para que esta pueda ser tal, esta exigencia es que esta ley se diferencie de una ley ordinaria que sea superior.
Esta ley de leyes se va a llamar LEY FUNDAMENTAL, CARTA FUNDAMENTAL o CONSTITUCIÓN POLÍTICA, por lo tanto dentro del ordenamiento jurídico va a ocupar la primera jerarquía, va a ser el ángulo de la pirámide jurídica, y todas las demás leyes deberán subordinarse a ella a lo que esta ley diga.
**ESTE ES EL PRIMER PENSAMIENTO DE LOS CONSTITUCIONALISTAS CLÁSICOS.

120. - PRINCIPIOS DEL CONSTITUCIONALISMO CLÁSICO:
a.- Supremacía Constitucional.
b.- División de poderes o separación de funciones del poder del Estado.
c.- Un catálogo expreso de los derechos fundamentales del hombre y de sus garantías constitucionales en la propia Constitución.
d.- Titularidad del poder constituyente radicado en la nación o el pueblo.
121. - SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
La Constitución es la ley superior dentro del ordenamiento jurídico, es el reglamento del pueblo y todas las leyes que se dicten deben subordinarse a ella.
Para su modificación se requiere de un trámite más complejo, riguroso y estricto que para modificar o derogar una ley ordinaria. Para asegurar este principio de supremacía constitucional la constitución debe ser:
Escrita: pues puede ser modificada o derogada si no es escrita.
Rígida: para evitar que sea modificada o derogada, con la misma facilidad que una ley ordinaria, (se exigirá un quórum más alto).
Solemne: Una solemnidad es por ejemplo; que, el presidente de la república jura o promete cumplir la constitución política del estado y las leyes de la república, y hacer cumplir a los ciudadanos.
***** Este principio debe ser controlado por medio de un control constitucional.

122. - CONTROL DE CONSTITUCIONAL (de las leyes)
Es el proceso de constatar el texto de una ley con el texto de la constitución, para esto hay tres sistemas atendiendo al órgano que lo realiza:
a.- Control político.
b.- Control Jurisdiccional o judicial.
c.- Control Mixto

123. - CONTROL POLÍTICO
Es un control a posteriori. Lo ejerce el órgano Legislativo, la cámara política por que es aquí donde mejor está expresado el poder político, aquí están los representantes del pueblo, y es este quien tiene la titularidad.
Ventaja de este sistema: es el propio pueblo el que controla la constitucionalidad de las leyes, existe una gran legitimidad en la decisión que se toma.
Defecto de este sistema: quien ejerce el control es juez y parte a la vez y como esto no puede ser este sistema no se utiliza en casi ninguna parte del mundo.

124. - CONTROL JURISDICCIONAL O JUDICIAL:
Dentro del poder jurisdiccional o judicial la capacidad de pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de las leyes se le entrega a la Corte Suprema de Justicia.
Es un control a posteriori y la inconstitucionalidad declarada es un caso particular, la norma sigue vigente en el ordenamiento jurídico.
****En Chile, se llama Recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de las leyes.
Ventajas de este sistema: es independiente del poder político los que aquí se pronuncian, son letrados especialistas en la hermenéutica legal o interpretación de las leyes.
Defectos de este sistema: En casos excepcionales lo que los jueces deben pronunciar es la inconstitucionalidad de una norma por conflicto entre el poder ejecutivo y el poder legislativo. Además este sistema de control tiende a la politización.

125. - CONTROL MIXTO
Es invento de un austríaco llamado Hans Kelsen quien propone la creación de un tribunal constitucional.
****El Tribunal constitucional se sale del marco del código orgánico de tribunales, en nuestra constitución este tribunal esta creado en artículo 81°.
Ventajas de este sistema: El control aquí lo ejerce el tribunal constitucionalidad y se llama control mixto, por que su integración será a iguales partes tanto por el poder ejecutivo, como por el legislativo, como por el jurisdiccional.
****Esto en Chile no se cumple en su totalidad, el tribunal constitucional está integrado por 7 miembros designados de la siguiente manera:
3 Ministros de la Corte Suprema, elegidos por esta mayoría absoluta, en votaciones sucesivas y secretas.
1 Abogado designado por el Presidente de la República.
2 Abogados elegidos por el consejo de seguridad nacional.
1 Abogado elegido por el Senado por mayoría absoluta de los senadores en ejercicio.
Es un control preventivo o a priori cuando la ley se está tramitando en el parlamento y es aprobada en definitiva se envía al tribunal constitucional para que este se pronuncie antes de enviarla al tribunal constitucional para que este la promulgue y ordene su publicación en el Diario Oficial.
El procedimiento del tribunal es una sentencia de sí esa norma es o no es constitucional.

126. - DIVISIÓN DE PODERES O SEPARACIÓN DE FUNCIONES DEL PODER DEL ESTADO:
Los principales expositores de esta doctrina fueron el inglés Locke y el francés Montesquieu.
Para Locke, dentro del estado existen varios poderes distintos entre sí y atribuidos a órganos separados, cada uno tiene competencia para ejercer el poder en su correspondiente ámbito pero sin rebasarlo nunca.
Divide el poder del Estado en:
a.- Poder Ejecutivo
b.- Poder Legislativo; dos ramas, administrativo y judicial.
c.- Poder de Prerrogativa.
d.- Poder Federativo.
Poder de prerrogativa: Se le atribuye la decisión en los casos de emergencia y excepciones.
Poder Federativo: Facultado para declarar la guerra y hacer la paz.
Según Montesquieu la libertad descansa principalmente en la división de poderes, atribuidos a órganos separados entre si, pues la unión de poderes proporciona a su titular tal cantidad de poder que le permitiría actuar con arbitrariedad mientras que su separación impediría que se actuara injustamente.
Divide el poder del Estado en:
a.- Poder Legislativo
b.- Poder Ejecutivo
c.- Poder Judicial.

127. - CRITICAS AL PRINCIPIO DE DIVISIÓN DE PODERES DEL ESTADO
Para LOWENSTEIN. La separación de poderes es como se expresa la necesidad de distribuir y controlar efectivamente el ejercicio del poder político. Para Lowestein lo que suele designarse como separación de poderes estatales es en realidad la distribución de determinadas funciones estatales a diferentes órganos del Estado.
YELLINEK: Está en contra de lo dicho por Montesquieu, pues señala que el fundamento de la constitución del estado está constituido por el reconocimiento de éste como unidad, doctrina de la invisibilidad del poder del Estado. Con respecto a esto dice: cada órgano del Estado representa dentro de sus límites el papel de éste. Por lo que es imposible hablar de una división de poderes, en la variedad de sus órganos no existe por tanto sino un solo poder del Estado. Además señala que ninguna Constitución se aplica estrictamente a la doctrina de división de poderes y siempre existe en definitiva preeminencia de algún órgano.
Para KELSEN: no basta que halla separación de órganos para que la libertad esté garantizada, coincide además parcialmente en la crítica de Yellinek en cuanto que el poder del Estado es único e indivisible, ya que expresa la validez de un orden jurídico ejercicio del poder político.
LUIS IZAGA: hace una de las críticas más severas a esta doctrina nos dice que si todo poder es de por sí despótico, lo será cada uno de los tres poderes en su esfera, en lo que son independientes. En vez de un déspota tendríamos que soportar a tres.
****Pero al margen de todas las consideraciones anteriores la doctrina reconoce que tanto la división de los poderes del Estado y la separación de sus funciones, junto con ser aconsejable desde el punto de vista de la eficacia es igualmente aconsejable para alejar el peligro del abuso del poder.

128. - UN CATÁLOGO EXPRESO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE Y SUS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES EN LA PROPIA CONSTITUCIÓN.
El ejercicio del poder del Estado sirve para proteger estos Derechos fundamentales del hombre y construir el bien común.
****Primero debemos distinguir derechos fundamentales de garantías constitucionales.

129. - DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE:
Son las facultades morales e inviolables que competen al hombre para realizar ciertos actos.
DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE: Son los mencionados por John Locke en su libro ”Segundo Tratado de gobierno Civil”. Derecho a la vida, derecho a la libertad, derecho a la propiedad, a los que se suma el derecho a la igualdad, agregando a los franceses en la revolución de 1789, son irrenunciables, previos a todo derecho positivo.
*****Los derechos se dividen en:
a.- Los clásicos señalados por John Locke más el derecho a la igualdad,
b.- Los económico-sociales: estos se van agregando al catálogo de las primeras constituciones con el Neo-constitucionalismo, en especial después de la I y II guerra mundial, estos son: Derecho al trabajo, derecho a la seguridad social, derecho a la educación, etc.
Estos derechos necesitan de financiamiento.
En nuestra Constitución los derechos del hombre están consagrados en el art. 19°.

130. - GARANTÍAS CONSTITUCIONALES:
Son Instituciones que tienden a proteger los derechos del hombre.
La garantía más antigua históricamente que ni siquiera estaba en la Constitución escrita es el “HABEAS CORPUS” --recurso de amparo, este lo puede interponer cualquier persona en cualquier instancia, momento lugar o forma. Las garantías constitucionales tienen la dificultad de estar repartidas en toda la Constitución, por lo que no es fácil, encontrarlas.
Ejemplos de garantías constitucionales:
NO PROCESALES:
-- Inviolabilidad del domicilio y la correspondencia
PROCESALES:
-- Juicio legal
-- Irretroactividad de la ley penal.
-- Ley pro-reo
-- Libertad bajo fianza.
-- Inviolabilidad de la defensa en juicio.

132. - DE DONDE PROVIENEN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE:
Algunos autores piensan que provienen de los filósofos políticos del siglo XVIII. Otros piensan que están inspirados en la reforma protestante (Lutero, Calvino), en consecuencia del cristianismo. También autores españoles afirman que en las cartas fundamentales del reino de Castilla y León se reconocen los derechos fundamentales del Burgos. Además hay antecedentes en la Carta Magna (1215).
133. - TITULARIDAD DEL PODER CONSTITUYENTE RADICADO EN EL PUEBLO O LA NACIÓN:
PUEBLO: Conjunto de hombres y mujeres titulares de derecho y obligaciones civiles y políticas, sinónimo de cuerpo electoral.
NACIÓN: toda la población habitante de un Estado.
**** En Chile el titular del poder constituyente corresponde a la nación, (el poder constituyente en la Constitución de 1980 se confunde con la soberanía), y lo ejerce el pueblo a través de las elecciones y plebiscitos y las autoridades establecidas por la Constitución.

134. - PODER CONSTITUYENTE
Sirve para dictar la Constitución Política, constituye la sociedad política y jurídica.
Aquí se distingue un poder Constituyente originario y un poder Constituyente derivado.

135. - PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO:
Es el que dicta por primera vez la Constitución Política y crea aquí mismo al poder constituyente derivado.

136. - PODER CONSTITUYENTE DERIVATIVO
Deriva del poder constituyente originario y está en los artículos finales de la Constitución Política, y es este el que deroga o modifica una Constitución ya existente. El titular del poder constituyente derivado es el legislador diputados, senadores y Presidente de la República como colegislador.
Una vez creado el poder Constituyente derivado desaparece el poder constituyente originario pero permanece latente hasta que se produce un quiebre constitucional, como por ejemplo: golpe de Estado, revolución, pronunciamiento militar, cuartelazo, (estos son Estados de excepción constitucional, son enfermedades del Estado).

137. - CLASIFICACIÓN DE CONSTITUCIÓN
a.- ESCRITAS
b.- NO ESCRITAS -CONSUETUDINARIAS
c.- RIGIDAS: Son aquellas en las que hay una gran dificultad para su modificación o derogación, por ejemplo, exigen quórum muy altos de votación, pudiendo dentro de estas haber normas pétreas que son normas inmodificables y no derogables.
d.- FLEXIBLES: La exigencia para su modificación o derogación es la misma requerida para la modificación o derogación de una ley ordinaria.
e.- BREVES O SUMARIAS: Se limitan a regular los aspectos esenciales de las instituciones que establece y encomienda, a la ley ordinaria su reglamento o complementación.
f.- DESARROLLADAS: Estas pormenorizan materias propias de ley ordinaria

138. - DISTINCIÓN ENTRE CONSTITUCIÓN ESCRITA Y CONSTITUCIÓN REAL. CONSTITUCIÓN Y REGIMEN POLÍTICO SEGÚN JIMENEZ DE PARGA.
CONSTITUCIÓN: Es un sistema de normas jurídicas escritas o no que pretende regular los aspectos fundamentales de la vida política de un pueblo.
REGIMEN POLÍTICO: Es la solución que se da de hecho a los problemas políticos de un pueblo.

139. - TIPOLOGÍA DE MANUEL GARCÍA-PELAYO:
(Distintos sentidos metodológicos con los que se elabora una Constitución)
a.- CONCEPTO RACIONAL NORMATIVO: Concibe la Constitución como un sistema de normas capaz de planificar la vida política.
Sólo la razón puede poner orden, en la Constitución no es sólo la expresión de este orden sino su creadora.
Este concepto pone como característica el ser un documento escrito, establecido de una vez y para siempre.
b.- CONCEPTO HISTÓRICO TRADICIONAL: De acuerdo a él, la Constitución es el resultado de una lenta transformación histórica. Toda comunidad tiene circunstancias especiales no todos dependen de la voluntad humana ni de la razón.
Frente a la falta de norma jurídica ganan importancia los usos y prácticas políticas.
Una Constitución consuetudinaria tiene mayor vigor que una escrita. Hace girar el derecho sobre la legitimidad.
c.- CONCEPCIÓN SOCIOLÓGICA: Postula que la constitución es el modo de ser un pueblo, por lo tanto no importa más que el orden descrito por los textos fundamentales sino el orden vivido por cada pueblo.
Como respuesta a la posición racional normativa dice que la Constitución es una “forma de ser y no de deber ser”.
A la posición histórico tradicional recuerda que la Constitución no es el resultado del pasado sino que se basa en estructura del presente.
Hace girar el derecho sobre la vigencia.

140. - TIPOLOGÍA DE KARL LOWENSTEIN:
(Otorga singular relevancia al factor eficacia si se cumplen no lo ordenado por la Constitución)
a.- CONSTITUCIONES NORMATIVAS: Existe una efectiva y real coincidencia entre lo que dice el texto escrito y el orden político social, es eficaz en un 100%.
La Constitución es un traje a la medida. (países europeos occidentales, U.S.A.)
b.- CONSTITUCIONES NOMINALES: El grado de eficacia es relativo puede ser jurídicamente válida pero el proceso político no se adapta del todo a sus normas esto es por la falta de desarrollo de la realidad político-social.
El traje le queda grande, debe ser colgado en el armario hasta que el cuerpo crezca. (Países subdesarrollados).
c.- CONSTITUCIONES SEMÁNTICAS: La Constitución es efectivamente aplicada pero no cumple su verdadero rol de ser un medio para contener el poder estatal.
Si no existiera esta Constitución el desarrollo del proceso del poder no sería muy diferente.
Es un instrumento de camuflaje, el traje no es tal sino un disfraz (pueden surgir por doquier por ejemplo; Cuba 1952 con Fulgencio Batista.).

142. - NEOCONSTITUCIONALISMO:
Bajo este nombre se encuentran las tendencias doctrinarias que se manifiestan después de la I y II Guerra Mundial. Estas tendencias complementan y adecuan históricamente los principios del Constitucionalismo clásico.
Los aportes de esta tendencia son:
a.- Vigorización del poder Ejecutivo
b.- Incorporación de los Derechos de contenido Económico-social.
c.- Ampliación del cuerpo electoral
d.- Reconocimiento legal de los partidos políticos.
e.- Coordinación de poderes.

143. - VIGORIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO:
Son varios los factores que provocan la preeminencia del órgano ejecutivo sobre el legislativo.
a.- La complejidad de los problemas que plantea la sociedad contemporánea que requieren en la mayoría de los casos soluciones rápidas e inmediatas.
b.- Por otro lado la sociedad de las masas busca líderes carismáticos a los cuales entregar su apoyo emocional.

144. - MANIFESTACIONES DE LA VIGORIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO.
a.- Posibilidad de legislar por la vía de la delegación de facultades.
b.- Participación activa en el proceso legislativo.
c.- Atribuciones para decretar estados de excepción constitucional.

145. - INCORPORACIÓN DE DERECHO DE CONTENIDO ECONÓMICO-SOCIAL:
La presión social y el auge de los partidos socialistas en el mundo contribuyeron a incorporar en las diversas constituciones promulgadas en este periodo, (1914-1918 **1939-1945) junto a los derechos clásicos, los de contenido económico-social, derecho al trabajo, derecho a la seguridad social).
Estos derechos necesitan de un financiamiento y cuando no pueden ser financiados generan inestabilidad e inseguridad social.

146. - AMPLIACIÓN DEL CUERPO ELECTORAL:
Las razones de sexo, instrucción, capacidad económica, dejan de ser un obstáculo para acceder al derecho de votar, el sufragio pierde su carácter censitario prácticamente en todas partes del mundo.
Históricamente en Chile se dan tres periodos:
MONTT --------------------- el cuerpo electoral era el 5% de la población.
GONZÁLEZ VIDELA ---- el cuerpo electoral era el 40% de la población.
FREI MONTALVA -------- el cuerpo electoral aumenta a un 80% de la población.

147. - RECONOCIMIENTO LEGAL DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS:
En un comienzo estas fuerzas políticas nacen y se expresan como una necesidad del sistema democrático representativo.
Luego por la importancia que adquieren, obligan a su reconocimiento en las leyes electorales.

148. - COORDINACIÓN DE PODERES:
Las nuevas tendencias propician, más que la separación de poderes, una coordinación de los mismos, pues el principio de separación de poderes origina, en la práctica, problemas para el buen funcionamiento del régimen político.
El régimen parlamentario es más acorde con este propósito, que el tipo presidencial.

149. - TENDENCIAS CONSTITUCIONALES EN LA ACTUALIDAD
(Tendencias más relevantes)
a.- Atribuciones del poder ejecutivo.
b.- Derechos fundamentales (nacional e internacional)
c.- Sufragio universal.
d.- Reconocimiento constitucional de los partidos políticos.
e.- Relación de poderes.
f.- Nuevos órganos estatales y gubernamentales.
g.- Manifestaciones del regionalismo.

150. EL DERECHO DE REBELIÓN.

a) Ilegitimidad de origen y ejercicio de un Gobierno da derecho a la desobediencia y a la resistencia, con la salvedad de los derechos de terceros, quienes pueden recurrir ante los tribunales para exigir reparación del daño.

La desobediencia y la resistencia al arbitrio son legítimas en la perspectiva de los derechos humanos, en la medida que no se afecten derechos esenciales de terceros o de la población en general.

Nadie tiene derecho a afectar derechos esenciales, ni opresores ni oprimidos. Incluso el conflicto armado existen reglas humanitarias obligatorias para los contendientes que tienden a proteger los derechos de las personas, incluidos los combatientes.

No obstante lo anterior y en cualquier caso, el opresor debe regirse por normas obligatorias en el juzgamiento de sus prisioneros. Desde luego están prohibidas las torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes. Nadie está obligado a declarar en su perjuicio, y en todo caso, una confesión voluntaria es insuficiente en si misma para hacer efectiva la responsabilidad penal. Lo anterior se concluye que todo proceso iniciado con esas circunstancias adolece de nulidad.

Un tercer elemento De derecho internacional obligatorio, es el debido proceso, la existencia de ley anterior y el juez natural. Toda persona tiene derecho a defensa, a ser escuchado y a presentar sus pruebas y a nadie se le puede presumir legalmente la responsabilidad penal. Por otra parte, el principio de legalidad establece que todo acto para ser delictivo tiene que estar prevista una ley a la fecha de su comisión y que el tribunal también debe ser previo a la comisión del delito por lo que nadie puede ser juzgado por una comisión especial.

Un cuarto elemento del derecho a la justicia es el derecho a un recurso contra resoluciones judiciales, es decir recursos de apelación, reposición o casación.

Finalmente el derecho internacional exige que ningún acto legítimo, expresión del ejercicio de un derecho humano, puede ser penalizado.

Por lo tanto cualquier persona que haya sido juzgada y condenada en infracción de las normas señaladas, debe ser liberada de inmediato una vez restablecida la democracia.

Los mecanismos para hacer efectiva dicha libertad pueden ser variados, desde la nulidad del proceso hasta una amnistía general. Todo lo que se refiere al proceso judicial puede requerir de una revisión por la Corte Suprema, lo cual siempre es un riesgo dado el carácter democrático del sistema judicial chilena.

Lo más aconsejable es un indulto presidencial o mejor aún una amnistía general. Esto último tiene la ventaja que la carga política se distribuye en el conjunto del pueblo.

b) Prisioneros políticos cuyas acciones han sido aberrantes. El terrorismo, en cualquiera de sus manifestaciones, es un crimen contra la humanidad y requiere ser sancionado penal y políticamente. La comisión de delitos graves, como el secuestro de menores, el secuestro con resultado de lesiones o muerte, el homicidio, la colocación de artefactos en la vía pública, el sabotaje dirigido a dañar la vida o la integridad física de personas inocentes, entre otros, constituyen delitos que no pueden ser considerados medios legítimos de resistencia. La comisión de estos delitos no legitima al opresor, pero tampoco libera al resistente de sus responsabilidades penales y políticas frente a la sociedad y frente a las personas afectadas. Dichos actos no son proporcionales al daño causado por la opresión, en la medida en que afectan a civiles y por lo tanto pierden su legitimidad política. La Declaración Universal establece que ninguna persona ni grupo puede emprender o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamadas en la Declaración.

1.4.B. - DERECHO POLÍTICO.Alcances, significados y garantías constitucionales de los Derechos Civiles y Políticos.

El ordenamiento jurídico está coronado por la Constitución Política y allí se encuentran establecidas las bases fundamentales del país, los derechos humanos y sus garantías, el régimen de gobierno y las facultades y atribuciones de los gobernantes y demás autoridades y los aparatos del Estado. (la institucionalidad), etc.

¿Qué significan las palabras "Derechos Civiles y Políticos"?. Uds. pueden relacionar la palabra "Derecho" con la ley, la justicia, el orden, etc. Para simplificar diremos que Derecho es el conjunto de normas, disposiciones, reglas y preceptos obligatorios que ordenados en el marco de la justicia, reglan coercitivamente las conductas de los hombres en sociedad, para lo cual el Estado monopoliza la fuerza.

Sin justicia la norma es una orden tiránica y por lo tanto no es Derecho.

La palabra "Civil" se refiere a la ciudadanía o a los ciudadanos como entidad política, viene del latín CIVITAS que significa lo mismo que la palabra griega POLIS, es decir ciudad.

Con el desarrollo histórico la palabra "CIVIL" llegó a tener dos acepciones, por una parte se la puede considerar desde el punto de vista de las relaciones entre los particulares, es decir, como derecho privado, y por otra, desde el punto de vista de las relaciones entre el Estado y los individuos, es decir, cómo derecho público. Los derechos humanos son parte del derecho público.

Los derechos humanos son relaciones de justicia y solidaridad que derivan de la dignidad inherente a la persona humana y que hacen posible su realización como tal y que todos los seres humanos puedan exigir a todos los Estados de que forman parte.

Los derechos civiles y políticos son derechos humanos, así como lo son los derechos económicos, sociales y culturales; y estos derechos son aquellas características jurídicas de las personas que los Estados reconocen y se obligan a proteger y a garantizar su ejercicio.

La Carta Fundamental en materia de derechos humanos está constituida por la Declaración Universal de Derechos Humanos, por los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y por convenciones especializadas (ejemplo: sobre Derechos de la Mujer, detenciones arbitrarias, etc.).

La obligación del Estado es proteger estos derechos y crear las condiciones para que los mismos se puedan ejercer plena, fraternal y solidariamente. Por esto se sostiene que una violación de derechos humanos consiste en el rompimiento de las relaciones fraternales, en virtud de conductas del Estado que hacen ultraje a la razón y a la conciencia, destruyendo la libertad e igualdad de los seres humanos en dignidad y derechos.

Los Derechos Civiles y Políticos abarcan una parte de este continente de derechos que posee la persona humana y que puede hacer exigible a los demás, al vivir en sociedad.

Los derechos humanos forman una realidad interdependiente, inseparable e indivisible si los miramos desde la perspectiva de obligación del Estado. La violación de uno de ellos implica o lleva consigo la de otros, cuando uno de ellos es afectado, el hombre en su totalidad lo es también y por lo tanto lo es la sociedad toda.

La distinción teórica o práctica que se hace de distintos derechos humanos no tiene relación con el respeto de ellos, sino con la materia o característica especial de la persona que es protegida.

Los Derechos Civiles y Políticos son los más antiguos en ser reconocidos como propios de la persona humana, primero en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos y luego en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Revolución Francesa (1778-1786). Estos derechos siguen teniendo como fundamento la protección de la vida físico-biológica, la seguridad, la libertad de las personas ante abusos o amenazas que emanen del poder político.

Los Derechos Civiles tienen por objeto garantizar el ejercicio de derechos que se consideran inherentes a la persona humana tanto individual como socialmente considerada. Estos derechos se encuentran reconocidos en diferentes instrumentos internacionales que ya hemos mencionado; entre los Derechos Civiles se distingue el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad, el derecho a la igualdad ante la ley y la justicia, el derecho a recursos efectivos ante los tribunales que amparen el ejercicio de los derechos fundamentales, el derecho a la libertad de opinión y expresión y el derecho a la libertad de asociación y reunión.

Por su parte los Derechos Políticos se refieren a la construcción del Estado Político, y por lo tanto importan el derecho a la participación política, a elegir y ser elegido, al voto, al derecho de asociación y opinión política, etc.

Ahora bien, ¿qué significa una garantía constitucional?. En una constitución se encuentran reconocidos los derechos de las personas, esos son los derechos constitucionales, y a estos derechos, para que sean efectivos, se les establece algún tipo de garantía; en otras palabras las garantías constitucionales son el reconocimiento que se hace en una constitución de la responsabilidad del Estado de acuerdo a ese derecho. Por lo tanto ese derecho deja de ser una mera declaración porque está garantizado constitucionalmente y existe un mecanismo que va a hacer posible realizar esos derechos. Pongamos un ejemplo: si alguna constitución, reconociendo el derecho de asociación, dijera simplemente se reconoce el derecho a asociarse a todas las personas del país, y no existiera el mecanismo o recurso para que sea efectivo el derecho constitucional, no habría garantías.

En consecuencia, la garantía constitucional está dada por los recursos que tienen las personas para exigir poner fin a las medidas que afectan sus derechos establecidos en la Constitución. Por ejemplo el Recurso de Amparo o Habeas Corpus; si una persona se ve afectada en su libertad puede recurrir al tribunal competente de manera que establezca su derecho constitucional.



Los derechos civiles y políticos implican un deber de abstención por parte del Estado, un deber de respetar la vida, la libertad y la seguridad de las personas. La obligación del Estado respecto de estos derechos es la de no violarlos, la de no lesionarlos mediante su acción (obligación de no hacer).

En cuanto a la exigibilidad de estos derechos por los titulares frente al Estado, los derechos civiles y políticos son por su naturaleza, exigibles en forma absoluta e inmediata (exigencia de no violarlos, de respetarlos). Es por ello que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, en su artículo 2º, Nº 1, obliga a los Estados Partes a comprometerse a "respetar y garantizar a todos los individuos" los derechos reconocidos en él. Es así que, los documentos internacionales de derechos humanos establecen la necesidad de la existencia de recursos judiciales que tiendan a hacerlos efectivos (art. 8º de Declaración Universal de Derechos Humanos).

El Derecho a la Justicia es uno de los derechos civiles; su respeto por parte del Estado muestra cual es la situación de los derechos humanos. De esta manera, un funcionario estatal al torturar a un individuo, puede ser estimulado por los propios órganos estatales al continuar torturando, secuestrando o amenazando, según sea el caso, si no hay JUSTICIA; es decir, si la administración de justicia no lo sanciona.

La falta de justicia trae aparejada la impunidad, por lo tanto sólo un Estado que impide la impunidad respeta realmente el Derecho a la Justicia.

Finalmente, debe tenerse presente que los derechos humanos constituyen un todo, de manera tal, que violar uno, es violarlos todos. Si una persona no cuenta con medios materiales para subsistir dignamente, de nada le valdrá saber que puede ejercer sus derechos civiles y políticos.


1.8.2.5. - El Estado de Derecho. ¿Que es un Estado de Derecho?.

Simplificando la noción, podemos decir que es aquel Estado organizado por el Derecho, donde las personas resuelven sus conflictos mediante la aplicación de normas consideradas obligatorias por las instituciones estatales y por los habitantes el país. Este concepto encuentra sus fundamentos según las teorías liberales en los valores fundamentales de una sociedad libre, es decir es aquella que reconoce el valor supremo de la persona humana. Es así que el Estado y las instituciones sociales en general, son concebidas como servidores del individuo.

De esta manera los derechos humanos aparecen como consustanciales a la noción de Estado de Derecho. El contenido real de esta noción está dada por varios otros elementos que muchas veces no encuentran expresión o correlato en la ley. De forma tal que el ordenamiento jurídico puede declarar que todos los seres humanos son iguales ante la ley, que no existen personas ni grupos privilegiados, pero la realidad mostrará la existencia de ricos y muy pobres, de personas que no tienen acceso a la educación y de otras que nada les falta, de una gran mayoría que no puede acceder a los bienes que producen y de una minoría que es propietaria de todo. Mostrará en definitiva, que las contradicciones e injusticias sociales son de tal naturaleza que nada tiene que ver con la norma.


Un Estado puede ser republicano y democrático, declarar formalmente que respeta todos los derechos humanos, pero en la realidad sólo una parte de estos derechos pueden estar también, en parte, respetados: los derechos civiles y políticos, es decir, la forma de generar el poder político y la forma como los individuos se relacionan y manifiestan en sociedad.

Decimos que estos derechos, sólo en parte son ejercidos, toda vez que factores estructurales, sociales y económicos, distorsionan las "reglas del juego". De esta manera la "competencia" política por puestos en el parlamento puede verse distorsionada cuando un sector político posee más recursos económicos y, por lo tanto puede hacer mejor publicidad. Esta situación ha sido resuelta, en parte, en algunos países (RFA) mediante una distribución de recursos estatales entre las distintas fuerzas políticas que compiten por el poder.

Volviendo a los conceptos, los contenidos humanistas del Estado de Derecho se expresan o desarrollan en contenidos formales, es decir en mecanismos de procedimientos e instituciones que pueden tener diferentes características, pero para que sean compatibles con los contenidos materiales o valores del Estado de Derecho requieren que sean democráticos y que se enmarquen en dichos valores.

Después de la Segunda Guerra Mundial surge un nuevo Derecho, expresión del desarrollo que adquiere el Derecho Internacional cuyos nuevos contenidos obligatorios para todos los Estados van a poner fin al formalismo o positivismo jurídico. En efecto, con la creación de la Organización de las Naciones Unidas, el Derecho Internacional ha adquirido una función más específica en la protección del individuo, al traspasar este Derecho al ámbito interno de los Estados, pasando a ser el individuo un nuevo sujeto del Derecho Internacional y una de las preocupaciones fundamentales de la Comunidad Internacional, pues se considera que el reconocimiento internacional y la protección de los Derechos Humanos de todos los miembros de la Comunidad Humana, son esenciales para el mantenimiento de la paz y el orden internacional y para que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión.

La Carta de las Naciones Unidas contiene diversos preceptos sobre derechos humanos y obligaciones para los Estados y para la Comunidad Internacional, todo lo cual impone a los derechos nacionales ser compatibles con tales obligaciones. La expresión Derechos Humanos aparece varias veces en la Carta de las Naciones Unidas, como sucede en el Preámbulo, donde los Estados Miembros afirman "su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana"; Por su parte el artículo 55 párrafo c) de la Carta compromete a la Organización a promover "el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades", propósitos para cuya realización el artículo 56 prevé que los Estados Miembros se comprometen a tomar medidas conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización.

De esta manera nuestro enfoque tiene como punto de partida, como base mínima de exigencia en esta materia los derechos establecidos en el derecho internacional y, en particular, los establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, Pactos Internacionales sobre Derechos Civiles y Políticos y Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los Acuerdos de Naciones Unidas. ( )

Dentro de esta evolución, la Declaración Universal de los Derechos Humanos es la máxima consagración del concepto de justicia y su carácter obligatorio para todos los Estados se lo adjudica el Derecho Internacional. Los artículos 7 al 11 de la Declaración establecen los principios normativos que deben guiar a la administración de justicia. La plena realización de estos principios sólo puede ser efectiva con la vigencia de los demás derechos humanos que la Declaración consagra. En otras palabras, la justicia sólo se hace efectiva bajo un Estado de Derecho democrático y humanista. ( )

En la perspectiva señalada es conveniente apuntar que el concepto de Estado de Derecho contiene determinadas condiciones para considerarlo como tal, sin las cuales se desvirtúa o se transforma en otra forma de Estado.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos contiene un concepto de Estado de Derecho fundado en el imperio de la ley; ésta originada en la voluntad del pueblo y con el propósito de proteger los derechos humanos.

El Imperio de la Ley.

El reconocimiento de los derechos humanos contenido en la citada Declaración Universal se funda en que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y deben comportarse fraternalmente unos con otros (art. 1º), por los que todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección ante ésta (art. 7º). Los derechos humanos y las libertades fundamentales - si se pudiera hacer una distinción- no admiten discriminación de ningún tipo, sean ellas fundadas en distinciones de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquiera otra condición (art. 2º)

Origen, propósito y límites de la ley.

Considerando los contenidos señalados, la ley requiere originarse en la voluntad del pueblo, claramente expresada, por cuanto esta voluntad es la base de la autoridad del poder público (art. 21º).

La ley puede establecer limitaciones a los derechos de las personas con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás y de satisfacer las justas exigencias de derechos y libertades de los demás y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general de una sociedad participativa (art. 29, que se expresa mediante el derecho a participar en el gobierno, sea directamente o por medio de representantes libremente elegidos (art. 21).

Protección legal de los Derechos Humanos.

Los preceptos citados quedarían como una mera declaración de principios sin fuerza normativa si no se garantizara a la persona los medios para ejercer estos derechos en plenitud. Al respecto, la Declaración Universal dispone que toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales de justicia nacionales, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales (art. 10).

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamadas en la Declaración Universal se hagan plenamente efectivos (art. 28). Sin embargo, no puede realizarse el ideal del humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos (Segundo Considerando del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

El Derecho a la Justicia.

Ahora bien, uno de los derechos que hacen posible la existencia del Estado de Derecho, es justamente el derecho a la justicia, lo cual esta relacionado a como el Estado resuelve los conflictos y mediante que procedimientos. De eso trata la administración de justicia.

La forma en que el derecho puede hacerse efectivo se origina a su vez en el derecho internacional donde se establece que toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes para que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o la ley (art. 8-DUDH.).

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad a ser oída públicamente y con justicia, como destacáramos más arriba. Agreguemos a lo expuesto que nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado (art. 9).

En materia penal el principio de legalidad debe expresar las mayores garantías para el procesado, por lo que la ley penal requiere ser precisa. Este principio también se expresa en el de irretroactividad de la ley penal que exige que nadie puede ser condenado por una acción u omisión que no era, en el momento de ser cometida, susceptible de castigo. El artículo 11, Nº 2 de la Declaración Universal señala que nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueren delictivos según el derecho nacional o internacional, lo cual debe compatibilizarse con los demás derechos humanos establecidos en el derecho internacional. El principio de legalidad supone que el acusado tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa (art. Nº1-DUDH.).

Los principios señalados se encuentran a su vez detallados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en otros instrumentos internacionales de carácter regional como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes de Hombre y la Convención de Derechos Humanos de San José. El Estado chileno ha expresado que la Declaración Universal de los Derechos Humanos es obligatoria para todos los Estados, además firmó la Declaración Americana y la Convención de San José, en tanto que el Pacto Internacional referido fue promulgado en septiembre de 1976 como ley de la República, aún cuando no fue publicado en el Diario Oficial a pesar de haberlo así ordenado el Decreto Supremo respectivo. Finalmente fue publicado en 1989.

De lo expuesto se desprende que la normativa internacional contiene los elementos suficientes para darle contenido al Estado de Derecho.

Algunos problemas teóricos de la administración de justicia

Tres son las cuestiones que se han planteado o propuesto en este nivel: a) el pueblo mismo debe resolver sus diferendos; b) los delegados del pueblo deben resolver los diferendos; y c) un cuerpo de profesionales, independiente debe administrar justicia.

Justicia Popular: se sostiene que los tribunales actúan en función del marco institucional o del sistema impuesto por el modo de producción. De esta manera, en una sociedad dividida en clases sociales, habrá concepciones centrales del marxismo y han sido ampliamente desarrollados en los escritos de Marx y Engels ( ), pero no son concepciones exclusivas de esta teoría, ya que de alguna manera ha sido desarrollado también por el liberalismo. Dentro de esta concepción la respuesta es el tribunal popular que reviste variadas formas ( ). Sin embargo, esta forma de generación de la administración de justicia tiene un origen en las concepciones liberales del siglo XVIII, según las cuales todos los poderes emanan del pueblo soberano. Es el pueblo mismo el que hace justicia, directamente, sin intermediario, sin representantes (contrato social, III, 15).

Esta forma de justicia no se ha practicado nunca bajo un régimen democrático; ello ha sido un recurso de emergencia utilizado a la salida de revoluciones triunfantes pero una vez estabilizado el poder político, la administración de justicia ha quedado radicada en tribunales profesionales institucionalizados bajo algunos de los sistemas que a continuación se mencionan.

Sistema de elección popular: tal como lo indica su nombre, en este sistema los magistrados son elegidos por la comunidad mediante alguna forma de elección. Se basa en el principio rousseauniano, que entiende que la soberanía radica en el pueblo. Se sostiene que este sistema garantiza una mayor independencia del Poder Judicial con relación a los otros poderes.

Se le critica por adolecer el magistrado de independencia frente a los grupos organizados. También se cree que el electorado no está capacitado para distinguir las condiciones profesionales de un magistrado.

Este sistema no existe químicamente puro. En los Estados Unidos sólo los jueces de distrito son elegidos por el cuerpo electoral, las demás instancias, tribunales federales, cortes de apelaciones y Corte Suprema, son nombrados por los otros poderes del Estado, o mejor dicho por los poderes políticos.

Sistema de nombramientos: como su nombre lo indica, consiste en el nombramiento de los miembros de la administración de justicia por los poderes políticos, trátese del ejecutivo, del legislativo o por un sistema de autogeneración.

Generalmente se exigen determinados requisitos para ser nombrado en los diferentes niveles. También en este sistema se contempla la creación de escalafones, donde se asciende según los méritos profesionales.

La teoría de la separación de poderes.

Cualquiera sea el sistema en vigencia surge el problema de la independencia real de la administración de justicia, si acaso es un poder o sólo parte de la administración pública.

Este aspecto del problema está íntimamente ligado con el problema del Estado y economía, Estado y clases, Estado e ideología, etc., aparecen como temas relevantes a examinar en el contexto de un estudio de la administración de justicia.

El Estado trasluce con mayor nitidez la compleja dinámica de las relaciones sociales y es el protagonista central del tema de mayor conflicto ideológico de nuestros días: la transformación de la sociedad injusta. Sus funciones en el cumplimiento de un creciente papel en el desarrollo de las fuerzas productivas nacionales, en los procesos de concentración de capital, o en aquellas funciones que se refieren a una mayor intervención de otras esferas de la vida social y que implican conflictos entre los poderes políticos y los habitantes del territorio, le otorgan al Estado contemporáneo una importante de primer orden.

La experiencia reciente de numerosos países, Chile incluido, respecto al comportamiento de la administración de Justicia, ha puesto en duda la independencia del llamado Poder Judicial y, por lo mismo, la teoría de la separación de poderes; sin embargo, prácticamente sin excepción, los magistrados continuaron siendo los mismos, adoleciendo sus actuaciones de independencia frente al nuevo poder político, al menos respecto de los derechos humanos.

Es obvio, o la teoría de la separación de poderes ha experimentado substanciales cambios o en absoluto ella era real, sino parte de un discurso similar a la profesionalización de los militares.

Es indudable que la institución encargada de administrar justicia dentro de un Estado reproduce el carácter objetivo de las relaciones de la formación social dividida en clases y esto por cuanto toda institución inserta en un sistema social no hace sino reproducir en su seno y en su función, las relaciones sociales dominantes. De esta manera las instituciones estatales representan objetivamente los intereses de clases o de fracciones de clases dominantes. De esta manera las instituciones estatales representan objetivamente los intereses de clases o de fracciones de clases dominantes en un momento dado. Es así que cuando existe un cierto equilibrio de clases o lo que se ha dado en llamar Estado de compromiso, la administración de Justicia logra cierta independencia con relación a los poderes políticos, pero sigue determinada en su rol social por el modo de producción vigente. De otra manera dejaría de ser una institución ese Estado( ).

Los acondicionamientos estructurales no lo explican todo, por cuanto, a pesar de ellos, los hombres también actúan según los dictados de sus conciencias, lo cual, en todo caso, no ha sido garantía suficiente para la protección de los derechos humanos en los países sometidos a dictaduras como la chilena ( ).

Al parecer, la solución de este problema - la independencia de la administración de Justicia _ pasa necesariamente por el establecimiento jurídico que garantice la vigencia de los derechos humanos, esto es un Estado de Derecho democrático y humanista, tal como lo describe la Declaración Universal de los Derechos Humanos, dentro de un marco de activa participación ciudadana en todos los planos.

Un ordenamiento jurídico como el señalado en el Derecho Internacional quedaría como una mera declaración idealista y romántica si su vigencia no va acompañada de transformaciones profundas del Estado, lo cual exige el despliegue de todas las capacidades intelectuales y sociales del pueblo en una lucha social ascendente y detonante de una movilización social organizada.

De esta manera, un Estado de Derecho democrático y humanista es consustancial al proceso de socialización de la economía y del poder social y político.

El derecho al debido proceso

El derecho a un debido proceso es de la esencia del derecho a la justicia y constituye uno de los pilares fundamentales en que debe descansar una sociedad libre y democrática.

Así lo entendió la comunidad internacional cuando firmó, el 26 de junio de 1945, la Carta de las Naciones Unidas, al contemplar como uno de sus cuatro objetivos, el Derecho a la Justicia.

Posteriormente, diversos instrumentos internacionales contemplaron este derecho, realzando su importancia. Es así como el artículo 11º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala: "toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad".

El art. 14º, Nº 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que " toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se compruebe su culpabilidad conforme a la ley".

Por su parte, el art. 10º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: "Toda persona tiene derecho en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal".

El art. 14º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reitera los principios anteriores y los detalla para especificar su aplicación. Se refiere así, por ejemplo, también a las "garantías mínimas" de la defensa de toda persona que incluyen la de "ser informada sin demora... de la naturaleza y causas de la acusación formulada contra ella", "a disponer del tiempo y los medios adecuados para la preparación de su defensa y a comunicarse con un defensor de su elección", "a ser juzgada sin dilaciones indebidas", "a no ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable, etc.

El procesado tiene derecho a la integridad física y psíquica. "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes" señala taxativamente la
Declaración Universal (art. 5º), en forma que reitera textualmente el art. 7º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1984, señala en su artículo I: "A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona, dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero, información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquiera razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia".

Esta Convención fue suscrita por el Gobierno chileno el 23 de septiembre de 1987.

El concepto antes señalado fue ampliado por la Convención Interamericana para prevenir o sancionar la tortura, aprobada el 9 de diciembre de 1985, al señalar que se "entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica".

Por su parte, el artículo 12º de la Declaración de la ONU sobre Protección contra la Tortura, adoptada por la Asamblea General de la ONU, en 1975, señala que "ninguna declaración que se demuestre que ha sido hecha como resultado de tortura u otros tratos crueles inhumanos o degradantes, podrá ser invocada como prueba contra la persona involucrada ni contra ninguna persona en ningún procedimiento".


2.5.1.2. Derechos Políticos
1. Derecho de sufragio (art.13)
2. Derecho de optar a cargos de elección popular (ius honorum. art. 13)
3. Derecho a participar en Gobierno Semidirecto (art. 107, 117 y 118)
4. Derecho de Asociación Política (art. 19 Nº 15)
- Principio de Pluralismo Político

- Cláusula de Protección del régimen Democrático y Constitucional. Si se examina la ley de partidos políticos recientemente dictada a la luz de los requerimientos de los derechos humanos contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se notan diferencias. Específicamente esta ley debe enfrentarse a las exigencias que estos instrumentos le plantean, en cuanto a sí ella permite o no el ejercicio de los derechos políticos centrales, esto es, los derechos de asociación, participación y opinión, entre otros, como manifestaciones del derecho a la libre determinación de los pueblos y la soberanía popular.

Sin embargo, el comentario de esta ley no puede hacerse sólo en torno a estos importantes referentes. Las leyes políticas y la práctica legislativa en general, están a priori sometidas a los lineamentos establecidos por la carta fundamental. Ninguna ley puede ampliar o flexibilizar el marco constitucional en el que está inserta. En esta sentido, como prolongación de la Constitución impuesta en 1980, es esta última y no la ley que debe principalmente someterse a las consideraciones señaladas, y es por ello que este trabajo se refiere extensamente a este punto.





1. - LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN CHILE.

La importancia de una ley sobre partidos políticos está dada por la trascendencia que la sociedad le otorgue a la existencia de esos grupos de opinión y presión y a la influencia que se les permita legítimamente ejercer.

En tiempos de democracia - y en vigencia de la constitución de 1925- la dictación de una normativa sobre partidos políticos acorde con los derechos humanos habría sido acogida favorablemente. Después de todo, los partidos políticos chilenos existen desde el siglo pasado, a pesar de que las normas jurídicas que hacían mención a ellos eran escasas (1 art. en cada reglamento de cámara). A pesar de ello y durante 150 años de vida republicana, nadie osó poner en duda la conveniencia de la existencia y la importancia de los partidos en el juego democrático. Y no habría sido posible de otro modo, pues los partidos llevaban a sus militantes y adherentes a ocupar cargos en alcaldías, intendencias, parlamento y presidencia de la república, desde donde se implementaba el programa de gobierno que había llevado al poder a una determinada entidad partidaria.

El creciente reconocimiento a la labor de los partidos políticos tuvo su momento culminante en la reforma constitucional de 1971, a la que haremos frecuente mención en éstas páginas. Esta reforma dejó a cargo de una ley especial la regulación completa de los partidos políticos, la que no alcanzó ser dictada.

En 1973 se implanta un régimen militar que pretende salvar al país del caos y de la politización de sus estructuras. Desde el primer momento el régimen denuesta enérgicamente a los políticos y los califica de corruptos, débiles y traidores, por cuanto anteponen siempre, dice, sus intereses personales y partidistas a los altos intereses de la patria, sin embargo tales criticas se estrellan contra la opinión de estudiosos de los partidos políticos quienes estiman que "el más mínimo conocimiento de nuestra realidad nos revela... que los partidos son una realidad viva a la cual consagran muchos una adhesión, una disciplina y una tradición admirables. (Eduardo Frei Montalba y Alberto Edwards Vives, " Historia de los Partidos Políticos chilenos", Editorial Del Pacífico, 1949, pág. 252).

Aquella concepción se ha mantenido hasta hoy y aún cuando tenga asidero en la práctica política universal ni tampoco en la chilena, ha sido efectivamente cristalizada a través del ordenamiento jurídico impuesto por el régimen a partir de 1973, el que consolida un sistema autoritario de gobierno prácticamente sin contrapesos y frente al cual, como se verá, los partidos políticos exhibirán una existencia lánguida, anémica y estéril, que ya haya sido prevista en autos. "( Sergio Guilisasti Tagle, Partidos Políticos chilenos, Editorial Nascimento, 1964).



1.1. - ANTECEDENTES HISTÓRICOS.

Los primeros grupos políticos surgieron al calor de la lucha de emancipación a partir de 1810, dividiéndose entre "exaltados" y "realistas", para luego alinearse en los bandos de "pipiolos" y "pelucones" a partir de 1820 aproximadamente, gérmenes del Partido Liberal y el Partido Conservador. Estas organizaciones animaron la vida política e ideológica de buena parte del siglo pasado y devinieron en el siglo XX en los partidos "históricos" de la derecha. Recién en 1966, después del proceso de lento anquilosamiento, la derecha se unificó en el Partido Nacional. Por su parte, el centro político surgió con el desarrollo de la clase media y de la burguesía modernizante. En 1863 se fundó el Partido Radical, representante de los sectores mesocráticos y laicos. Este partido es, en rigor, el más antiguo del país. La Democracia Cristiana se constituye como partido independiente en 1957, después de un largo proceso de independización del Partido Conservador. Y, finalmente, la izquierda puede considerarse fiel heredera de los precursores del pensamiento social chileno - Francisco Bilbao y Santiago Arcos -, pues el Partido Demócrata que nació de las filas del radicalismo en 1887 y representó el artesanado y proletariado urbano, surgió en 1912 el Partido Obrero Socialista en 1933.

Pero la derecha o izquierda los partidos políticos chilenos han demostrado solidez e influencia, "llevando a sus directivas a ciudadanos de cultura, carácter y patriotismo, que han tratado de canalizar los anhelos de las diferentes categorías sociales y económicas. A través de más de 150 años, el pueblo ha sido educado por los partidos políticos, en el conocimiento de los más delicados problemas que han afectado al país. Sin ellos, la democracia seria una ficción, haciéndose innecesarias las elecciones y, en consecuencia, el Parlamento".

"Pensamos, como el catedrático argentino Pablo A. Ramella, que la opinión pública es algo amorfo, fluctuante, casi imposible de palpar por el gobernante".
"De ahí que los partidos sean los encargados de recibir esas tendencias de la opinión pública, de encauzarlas y darles forma concreta de realización de la voluntad política. Hasta podríamos decir que los partidos constituyen la organización política de la opinión pública". (Sergio Guilisasti Tagle, Partidos Políticos Chilenos, Editorial Nascimento, 1964).


1.2. - LAS FUNCIONES Y FINES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.

Desde la perspectiva de los derechos humanos en un sistema democrático, los partidos políticos cumplen las siguientes funciones:
- Agrupar a los ciudadanos en torno a proyectos políticos,
- Contribuir, de manera democrática, a la formación de la voluntad política del pueblo.
- Informar a la ciudadanía, tanto sobre ideales y propósitos del partido, como sobre problemas públicos,
- Proyectar en la vida política los propósitos del partido,
- Formar el personal político que va a ser llamado a integrar la vida pública.

En cuanto a los fines de los partidos políticos, es el primordial el realizar el programa de gobierno, para lo cual es menester lograr el poder del Estado.

En democracia, los partidos contribuyen a formar el hábito del debate público, de la convivencia del juego elemental del gobierno y oposición. A través de los partidos se educa al pueblo en el conocimiento de los grandes problemas nacionales.

"Los partidos constituyen verdaderas comunidades que amplían la visión del hombre, le hacen comprender la importancia de la asociación, le descubren que los problemas no son tan simples, los ejercitan en el análisis de diversas situaciones, lo sacan del ambiente estrecho de la clase o del grupo vecinal. Entre el Estado y el individuo aislado, en una sociedad inorganizada, defienden al hombre común, le dan una visión nacional, e impiden que lo vea a través del gremio o sindicato, ya sea patronal u obrero."

"Sin duda que una vigorosa organización gremial en el campo de la actividad económica es indispensable, en especial en el mundo contemporáneo; pero si peligroso es el partidismo exagerado una sociedad en que sólo quedaran los gremios, se dividiría por egoísmos gremiales, y basta la menor experiencia para comprender que estos se desencadenan con facilidad si no tienen otros contrapesos en al sociedad civil". (Eduardo Frei y Alberto Edwards, ob. cit., pág.254).

2. - EL DERECHO INTERNACIONAL.

Los Derechos Políticos son parte de la piedra angular de los denominados derechos esenciales de la persona humana, junto con el derecho a la vida, a la libertad y a la igualdad. Todos ellos poseen igual importancia.

Los Derechos Políticos están integrados por la libertad de opinión, de asociación, y los derechos de igualdad y de participación en el gobierno, es decir, el derecho a elegir y a ser elegido. La voluntad del pueblo en ese aspecto es proclamada fundamento de la autoridad del poder público.

Todos estos derechos y libertades se encuentran establecidos en el Derecho Internacional Público, en diversos instrumentos de carácter obligatorio para el Estado chileno, tanto por su calidad de tratados o convenciones como por constituir principios de derecho. Fundamentales son la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); también existen normas similares en la Declaración Americana de Derechos del Hombre de 1948 y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1970.

El artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ordena que "cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentran en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción, los derechos reconocidos en el presente Pacto Parte, sin distinción alguna...", y agrega que "cada Estado Parte se compromete a adoptar... las medidas oportunas para dictar las disposiciones legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en el presente Pacto..."

Esa misma obligación del Estado Parte es reproducida en el artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Por su parte, la Declaración Universal de Derechos Humanos, después de disponer en su artículo 28 el derecho de toda persona a exigir que "se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos", el artículo 29 señala el límite de la legitimidad del orden institucional y legal vigente en un Estado, indicando que "toda persona estará solamente sujeta a limitaciones establecidas por la ley" - para el ejercicio de sus derechos y el disfrute de sus libertades- "con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática".

Por lo tanto, todo ordenamiento institucional y legal que no hace efectivos los derechos humanos en los términos que los establecen las normas contenidas en los instrumentos internacionales citados o que limita su ejercicio en virtud de leyes que no satisfacen las exigencias de la moral, el orden público y el bienestar general propios a una sociedad democrática, implica la ausencia de un régimen de derecho que proteja los derechos humanos y debe considerarse como causante de impulsar a los hombres a asumir el supremo recurso a la rebelión contra la Tiranía y a la Opresión, tal como se indica en el considerando tercero de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Encabezando todos estos derechos y libertades se encuentra el Derecho a la Libre Determinación de los Pueblos. En virtud de él los pueblos tienen derecho a establecer libremente su condición política y proveer asimismo su desarrollo económico, social y cultural, por lo que en ambos Pactos se establece en el artículo primero y al definir su contenido ello recalca expresamente: "En virtud de este derecho (los pueblos) establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural". De allí que el ejercicio de la soberanía popular no puede dividirse, pues es una sola.

Gran importancia para asegurar su ejercicio por parte de los pueblos, reviste la prohibición de aplicar discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, "opinión política" o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, contenida en el artículo 2 N2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Estos instrumentos prohiben la introducción de toda forma de discriminación por parte de la ley e imponen a los Estados la obligación de proteger al individuo contra la discriminación, concediéndoles el derecho a recurrir por vía judicial contra la discriminación, (art. 2 PIDCP, art. 26 PIDCP y art. 8 DUDH.).

Todo ello reafirma que no puede privarse a ninguna persona del ejercicio de los derechos que "se desprenden de la dignidad inherente de la persona humana", como han sido definidos estos derechos en el segundo Considerando de ambos Pactos, pues ningún Estado, bajo pretexto alguno puede ofender esa dignidad esencial a la condición de los hombres y mujeres.

El Derecho a la Libre Determinación de los Pueblos comprende dos aspectos: por una parte, lo relativo al estatuto internacional, es decir, su derecho a la soberanía y a la independencia y, por otra, la condición política interna, o sea, llevar adelante libremente el sistema político interno que prefieran y que según ellos, corresponda a sus aspiraciones políticas. Según Rousseau, éste depende del derecho público interno, pero también interesa al derecho internacional y se traduce en el derecho al autogobierno, es decir, el derecho que tiene un pueblo a escoger la forma de gobierno que le convenga. En este aspecto se trata de un principio que en sus aplicaciones prácticas, varía según los regímenes constitucionales, pero que necesariamente implica la existencia de instituciones representativas, de un gobierno parlamentario responsable, del sufragio universal y del referéndum popular (Charles Rousseau, Derecho Internacional Público, Ed. Ariel, Barcelona, 1966).

Ahora bien, si como señala el artículo 21 N 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, "La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público" y como indican por igual los artículos primero del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "todos los pueblos tienen el derecho a la libre determinación" y "en virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural", de manera tal que la estructuración de un poder político autónomo y no originado en la voluntad popular y sin control democrático del pueblo, es una violación constitucional de los Derechos a la soberanía popular y a la libre determinación de los pueblos, de tal importancia, que somete a la voluntad de esas instancias a todo el pueblo anulando la posibilidad de originar cualquier orden democrático.

Derecho de especial importancia para el ejercicio del Derecho de los Pueblos a la Libre Determinación, es el de cada individuo a participar en el gobierno de su país, derecho que debe ejercerse directamente o por intermedio de representantes libremente elegidos. Este derecho se encuentra establecido en los artículos 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La voluntad del pueblo que constituye la base del gobierno debe expresarse por medio de elecciones públicas y auténticas, por sufragio universal e igual y por voto secreto o algún otro procedimiento de voto libre equivalente (art. 21 N 3 DUDH). El Derecho a Participar en el Gobierno del país supone asimismo para cada individuo el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas.

Un papel importante para hacer efectivos los derechos ya señalados tiene el derecho de toda persona a la libertad de opinión y el derecho de asociación. El derecho a la libertad de opinión incluye el derecho de todo individuo a no ser molestado a causa de sus opiniones, el investigar y recibir informaciones y opiniones sin limitaciones de fronteras y poder difundirlas (art. 19 DUDH, y art. 19 PIDCP). Este derecho que entraña deberes y responsabilidades podrá sujetarse a restricciones expresamente fijadas por la ley y que tengan por objeto asegurar el derecho o reputación de los demás y la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas. En este aspecto las únicas ideas que quedan prohibidas por el Derecho Internacional son las que signifiquen una propaganda en favor de la guerra y las que constituyan una apología del odio nacional, racial o religioso, que signifiquen incitación a la discriminación, la hostilidad y la violencia, las cuales deberán ser prohibidas por la ley (art. 20 PIDCP). Vinculado a la libertad de opinión se encuentra el derecho de reunión (art. 20 DUDH y art. 21 PIDCP). El ejercicio de estos derechos no puede ser objeto de restricción, salvo que se impongan de conformidad a la ley y sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional, la seguridad pública, el orden público o para salvaguardar la salud o la moral públicas o los derechos y las libertades de los demás (art. 22 PIDCP y art. 29 DUDH).

El Relator de Naciones Unidas para el Derecho a la Libre Determinación, señor Cristescu, señala: "La Libre determinación de los pueblos forma parte del grupo de derechos humanos y libertades fundamentales cuyo reconocimiento es parte esencial de los derechos humanos. No es posible separarlos. En efecto, sin libertad política no es posible respetar plenamente los derechos civiles y no es posible garantizar la igualdad de todas las personas ante la ley. Todos los derechos humanos tienen la misma base: el reconocimiento de la dignidad humana" (Aureliu Cristescu, El Derecho a la Libre Determinación, Naciones Unidas, New York, 1985).




DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES



Introducción

Los derechos forman entre sí una unidad interdependiente, inseparable e indivisible. Esta unidad que existe entre los derechos humanos es de tal naturaleza que la violación de uno de ellos implica o lleva consigo la violación de los otros. Ello se debe al hecho de que, al ser estos derechos inherentes a la naturaleza humana, cuando uno de ellos es pasado a llevar, es el hombre en su totalidad el que es pasado a llevar.

Sin embargo, la unidad consustancial que caracteriza estos derechos no impide que actualmente, tanto en la doctrina como en los documentos internacionales que los regulan, se distinga entre dos grandes categorías de derechos humanos: los derechos civiles y políticos, y los derechos económicos, sociales y culturales.

Los primeros, más antiguos en el tiempo (surgen con la Revolución Francesa y la Independencia de Estados Unidos, a fines del 1700), tienen como fundamento la protección de la vida (en su sentido físico-biológico), la seguridad y la libertad de las personas. Surgen para proteger al hombre de los abusos ejercidos por el poder político en su contra.

Los segundos en cambio, posteriores en el tiempo (surgen a lo largo del siglo XIX y durante el presente siglo con las luchas obreras y la dictación de las primeras leyes sociales) tienen como fundamento la protección de la vida digna que corresponde a todos los seres humanos, así como establecimiento de condiciones mínimas de igualdad que permitan al hombre el ejercicio de los derechos que le corresponden como tal. Surgen par proteger al hombre de las injusticias y desigualdades generadas por el orden económico y social, las que impiden el ejercicio pleno de los derechos fundamentales.

Entre los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) cabe mencionar el derecho al trabajo y a una remuneración justa, el derecho a sindicación y a huelga; el derecho la seguridad social; el derecho a la salud y a la alimentación; el derecho a la educación; el derecho a la vivienda; el derecho a los beneficios de la cultura; el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación; el derecho al respeto de las minorías; los derechos de la mujer, de los jóvenes y del niño.

La obligación del Estado respecto a los derechos civiles y políticos es la de no violarlos mediante su acción (obligación de no hacer).

Los DESC, son derechos que para ser realizados suponen una activa intervención del Estado. La obligación del Estado con respecto a estos derechos es la de brindar los medios materiales y la asistencia necesarias para su materialización (obligación de hacer). Sólo pueden ser exigidos frente al Estado de un modo relativo y gradual, de acuerdo con los recursos de que éste disponga en un momento determinado.

De esta manera, es distinto exigir al Estado que se ponga fin en forma inmediata a la práctica de la tortura, que exigirle que se dé solución, del mismo modo, al problema del déficit habitacional existente en una sociedad.

En la práctica, la fiscalización del cumplimiento de la obligación del Estado en la satisfacción de estos derechos, y la protección de los mismos, se ejerce a través del sistema político.

Es así como en las democracias, son las organizaciones sociales y políticas que representan a los distintos sectores de la sociedad las encargadas de velar, a través de los mecanismos institucionales existentes para tales efectos (parlamento, consejo económico y social, municipalidad, etc.) por la protección de estos derechos.












BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

DOCUMENTOS:

CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE. Edición oficial al 1 de junio de 1981, aprobado por decreto Nº 45 del 08.10.81 del Ministerio de Justicia. 1a. Edición. Sigo. Ed. Jurídica, 1981.Alfabeta.
CONVENCIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE SAN JOSÉ
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

OBRAS DE AUTORES EXTRANJEROS

Duverger, Maurice: "Instituciones Políticas y Derecho Constitucional", Editorial Ariel S.A., Barcelona, 1970.
Fernández Eusebio: "Teoría de la Justicia y Derechos Humanos", Edit. Debate, Madrid 1984
Hauriou, André: "Instituciones Políticas y Derecho Constitucional", Edit. Ariel S.A., Barcelona, 1980.
Lucas Verdú, Pablo: "Curso de Derecho Político" (Vol. I, II y III), Edit. Tecnos S.A., Madrid, 1978-1987.
Peces Barba, Gregorio "Derecho Positivo de los Derechos Humanos", Edit. Debate, Madrid, 1987.
Idem: "Derecho y Derechos Fundamentales" Edit. CEC, Madrid, 1993.

OBRAS DE AUTORES NACIONALES

Amunátegui Jordán, Gabriel: "Manual de Derecho Constitucional", Edit. Jurídica de Chile, Stgo. 1955
idem : "Regímenes Políticos"
Bernaschina, Mario: "Manual de Derecho Constitucional" (2 tomos), Edit. Jurídica de Chile, 1958
Cea Egaña, José Luis: "Tratado de la Constitución". Edit. Jurídica de Chile, 1989.
Verdugo, Mario, Nogueira, H. y Pfeifer, E.: "Manual de Derecho Constitucional" (2 tomos), Edit. Jurídica de Chile, 1994.
Silva Bascuñán, Alejandro: "Tratado de Derecho Constitucional" (3 tomos), Edit. Jurídica de Chile, 1963.
Quinzio Figueiredo, Jorge Mario: "Tratado de Derecho Constitucional", Ulare, 1992-1994.
Zapata L., Patricio, La Jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Corporación 2.000, Imprenta Vis Ltda. 1994, 286 pp.

TEXTOS DE CONSULTA

"Repertorio de Legislación y Jurisprudencia Chilena", Edición relativa a "Constitución y Leyes Políticas" de 1954 (a cargo de Mario Bernaschina y otros) y de 1993 (a cargo de Mario Verdugo y otros).

Fallos del Tribunal Constitucional. Tomo I de 1986 y Tomo II de 1993. Edit. Jurídica de Chile.

"La Constitución Chilena" (2 tomos); Edit. del Centro de Estudios y Asistencia Legislativa U.C.V. Valparaíso, 1990.

"Los Derechos Constitucionales" (2 tomos) de Enrique Evans de la Cuadra, Edit. Jurídica de Chile, 1986.

"La Constitución de 1925 ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado", de E. Acuña R., Editorial Jurídica de Chile, Stgo. 1971.

"Jornadas Chilenas de Derecho Público". En especial textos editados de Jornadas X, XII, XV, XVII, XX, XXI, XXII, XXIII y XXIV.

"Manual de derecho político", de Mario Justo López, Edit. Kaplusz, Buenos Aires, 1973, 474. pág.




BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA:



INFORMES:

COMISIÓN CHILENA DE DERECHOS HUMANOS: Informe Anual 1994.
AMNESTY INTERNATIONAL: Informe Anual 1990.

ARTÍCULOS:

BENADAVA, Santiago. "Las relaciones entre el Derecho Internacional y el derecho interno ante los Tribunales chilenos". Revista DE DERECHO Y JURISPRUDENCIA, tomo LX, 1962, Separata.

PRECHT PIZARRO, Jorge, "Los efectos de la vigencia del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y el derecho electoral chileno", Revista Chilena de Derechos Humanos en el Nº 11, 1989.
MUÑOZ, Oscar y ARRIAGADA, Ana María "Orígenes políticos y económicos del Estado empresarial en Chile". CIEPLAN, estudio N 16, septiembre 1973.


OBRAS especializadas:


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BUERGENTHAL, Thomas y otros, La protección de los derechos humanos en las Américas. San José, Editorial Juricentro, 1983, 431 pp.
COMISIÓN CHILENA DE DERECHOS HUMANOS, Las deudas de la transición. Santiago, Editora Nacional de Derechos Humanos, 1994.
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CEA EGAÑA, José Luis, Tratado de la Constitución. Santiago, Ed. Jurídica, 402 pp. 1988.(Índice, índice de personas, índice de preceptos, índice de conceptos)
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DERECHO CONSTITUCIONAL GENERAL

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LIBROS


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SOCIOLOGÍA POLÍTICA


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